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ESTE MIÉRCOLES Y JUEVES ALEGÓ EL BLOQUE ACUSADOR Juicio por fumigaciones en Pergamino: “La salud colectiva no puede depender de la voluntad del agronegocio”

Por Ana Lenci
28 mayo, 2026
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Este jueves 27 y viernes 28 de mayo, el Ministerio Público Fiscal y las querellas alegaron en el juicio que investiga la contaminación por agrotóxicos en Pergamino y sus secuelas en la salud de las personas que vivían en cercanía de los campos fumigados. El bloque acusador solicitó penas que van de los 3 a los 10 años de prisión para los productores imputados por estos delitos y pidió que la medida cautelar vigente en Pergamino, donde se establece una zona de exclusión de 1.095 metros para las fumigaciones, se extienda a todo el territorio bonaerense.

ANDAR en Pergamino

(Agencia) Pasaron 60 personas en las 16 audiencias que ya lleva el juicio por agrotóxicos en Pergamino, que tras la inspección ocular entró en su etapa final con los alegatos de las partes ante el Tribunal Oral Federal 2 de Rosario, que se realizaron este 27 y 28 de mayo y finalizarán el próximo jueves. El TOF 2 no precisó aún la fecha en que emitirá la sentencia.

Con miras a marcar un hito jurídico junto al pedido de penas, la Fiscalía solicitó el decomiso de los campos de los imputados. A los pocos minutos de terminar de alegar, uno de los abogados de la querella se fundió en un abrazo con la víctima y a su vez abogada querellante Sabrina Ortiz, que descargaba en llanto la tensión de la labor de casi una década. “Fue mucho tiempo de trabajo, desde 2018, y aunque la sentencia pueda salir pato o gallareta, como se dice, haber llegado al alegato como un bloque de lo que somos, dos madres (Ortiz y Alejandra Bianco) y dos abogados, y Sabrina en su doble rol, es un acontecimiento inédito por donde se lo vea, algo trascendental para este tipo de juicios atravesados por la perspectiva de derechos humanos”, confió a ANDAR el abogado querellante Carlos González Quintana.

El pasado miércoles 27 fue el turno de los alegatos de la querella, que solicitó penas que van de 3 a 5 años de prisión efectiva para seis productores agropecuarios, acusados por contaminar con agrotóxicos peligrosos para la salud y el ambiente, en campos de su propiedad cercanos a escuelas y viviendas. También solicitaron una pena diferenciada para un empleado rural, que trabajaba como aplicador en uno de los campos. Otra de las solicitudes fue que la medida cautelar hoy vigente, que prohíbe fumigar a menos de 1.095 metros de la zona urbana de Pergamino, se amplíe a todas las escuelas rurales y pueblos del partido bonaerense. “Nos propusimos probar responsabilidades penales concretas, con dominio material del hecho e imputaciones subjetivas debidamente acreditadas y un delito que tiene un bien protegido doble: el aire, agua y suelo contaminados que afectan a la salud de las personas”, comenzó González Quintana. “Para la querella está comprobada la contaminación y acreditado el daño que se ocasionó en los vecinos y vecinas de los barrios afectados de Pergamino”, aseguró a su turno Fernando Cabaleiro, otro de los abogados querellantes.

En tanto, el jueves 28 el fiscal general Federico Reynares Solari acusó a siete productores y a dos funcionarios municipales solicitando penas en expectativa de 3 a 10 años de prisión. También requirió, como medida reparatoria, el decomiso de los campos de los imputados.

El representante del Ministerio Público expuso con la asistencia del fiscal auxiliar Ignacio Falconi, quien hizo un minucioso y detallado repaso de la prueba y mencionó la intervención del Municipio de Pergamino, que en su momento vetó la zona de exclusión de 100 a 50 metros, lo cual fue rechazado por el organismo legislativo. “A la dirección política del partido de Pergamino no le interesaba en lo más mínimo la cuestión ambiental”, había dicho Reynares Solari pocos minutos antes. Falconi remarcó que los testimonios son “coincidentes” en cuanto al tipo de afectación que tuvieron las víctimas, como los que aportaron Erika y Paola Díaz. “Paola contó que había que cerrar las ventanas y meter a los chicos en la casa, pero cuando salían de nuevo uno de ellos volvía sin poder respirar, otros contaron que al bañarse les quemaba el cuerpo, y Díaz relató que su hija falleció de leucemia con solo 11 años”, enumeró el fiscal. “Alrededor de estos campos se repiten enfermedades y muertes, no es algo casual”, sentenció.

Los imputados son los productores Fernando Cortese, Víctor Tiribó, José Luis Grattone, Carlos Sabbatini, Hugo Sabbatini, Mario Reinero Roces y Cristian Taboada, junto a los funcionarios de la Dirección de Ambiente Rural, Guillermo Naranjo y Mario Daniel Tocalini. Se los acusa de infringir el artículo 55 de la ley 24.051 de residuos peligrosos –contaminación ambiental con sustancias peligrosas– y el artículo 248 del Código Penal, que implica el incumplimiento de los deberes de funcionario público. Como agravante al productor Fernando Cortese se le suma una imputación adicional por el delito de coacción, es decir amenazas, contra un familiar de una de las víctimas.

En el comienzo de su alegato, Reynares Solari expresó que “la cuestión es vivencial y existencial, en la inspección ocular pudimos observar que entre los campos en los que se realizó la actividad cuestionada y los predios colindantes de los afectados, una ósmosis permanente, hubieran podido relatar un partido de tanta cercanía que había”. En su mirada, “el sistema penal llega cuando estos hechos ya sucedieron, a partir de las denuncias de personas que vivían enfrente de los campos. Se entiende que esto es un juicio y no hay acercamientos emotivos, pero la sana crítica racional nos permitirá afirmar que toda la evidencia científica apuntan a lo mismo, el sentimiento de vejación, porque la puesta en peligro del ambiente ha sucedido”.

El fiscal resaltó que los involucrados son personas expertas en sus tareas, entonces no cabe el argumento de la defensa de que “se excedieron”, porque “se han beneficiado del medio ambiente, por lo tanto tampoco pueden argumentar que son responsables solo de tal metro cuadrado, a tal parcela catastral”. Reynares Solari precisó que Sabrina Ortiz es la víctima, pero no es la única persona afectada del bien jurídico que ha sido violentado. “Esto es intergeneracional, sus hijos sufrieron las consecuencias. Todos somos titulares del ambiente, como ciudadanos, no sería descabellado pensarlo, la titularidad es impersonal y pluriofensiva”, argumentó.

Por otra parte rebatió el cuestionamiento a los querellantes por participar de “agrupaciones”, a lo cual dijo: “Son los que estaban en mejor condición de medir el daño, armaron un grupo con total legitimidad”. También aclaró que “no cuestionamos la actividad en sí, ni siquiera el modelo de cultivo, sino puntualmente cómo la llevaron adelante en el partido de Pergamino, que afectaron al acuífero pampeano. Los plaguicidas tienen la capacidad de llegar hasta las napas de agua”.

Para el fiscal general, “está probado que hubo daño de contaminación, lo que hay que debatir es si se alcanzó el estándar de peligro para la salud de las personas, que lo sienten en sus cuerpos, las consecuencias los han afectado. Lo dice la OMS, que la afectación debe ser considerada en un modo amplio e integral”.

En imágenes la fiscalía mostró, por ejemplo, que el campo Roses está separado apenas por una calle de las viviendas de algunos de los querellantes, como Sabrina y Pedro Ortiz, e Isabel Muñoz. Ortiz relató que en forma coincidente con la fumigación entró olor a veneno a sus casas, al punto que tuvieron que abandonarlas, con ardor en la garganta, picazón, ronchas en la piel, incluso un forúnculo en un brazo. Los pedidos de que no fumigaran fueron ignorados. Entre las pruebas están los estudios médicos, por caso del hijo de Sabrina Ortiz, en cuya orina aparecieron rastros de glifosato y AMPA (ácido aminometilfosfónico), principal metabolito y residuo de degradación del glifosato. Otros afectados tuvieron broncoespasmo e incluso cáncer. La respuesta que tuvo Sabrina Ortiz ante su pedido de que paren de fumigar fue que le mataron el perro. En la causa consta que el dueño del campo, Roses, tenía diversas armas en su poder. Fueron varios los relatos de casos en base a las pruebas de los testigos afectados.

“Actitud temeraria”

Dos horas cuarenta minutos empleó la querella de los abogados Cabaleiro, de la ONG Naturaleza de Derechos, y de González Quintana. Solicitaron cinco años de prisión efectiva para los productores agropecuarios Fernando Cortese y Mario Roses. Los abogados argumentaron una “participación activa y consciente” en la contaminación por medio de fumigaciones realizadas en condiciones incompatibles con las leyes que protegen el ambiente y la salud pública. También les atribuyen una “actitud temeraria” por diversas amenazas y hostigamientos contra los vecinos afectados. Además, solicitaron cinco años de prisión para el ingeniero agrónomo José Luis Grattone, argumentando que no podía desconocer la afectación causada, a partir de sus saberes técnicos en la materia.

En tanto, para Víctor Tiribó pidieron una pena de cuatro años de prisión. La querella reconoció en el imputado “una conducta más reflexiva”, destacando la modificación en las formas de producción en su campo. Para los hermanos Carlos y Hugo Sabatini, la querella solicitó tres años de prisión, el mínimo previsto para este tipo de delitos. En algunos casos, las penas están acompañadas por un pedido de inhabilitación temporal para ejercer actividades agrícolas y el pedido de decomiso de los elementos utilizados para la concreción de los delitos, que van desde maquinarias hasta sustancias utilizadas para la fumigación.

Otro de los imputados es Cristian Taboada, un empleado rural que realizaba prácticas de aplicador. En su caso, la querella consideró que tuvo una participación secundaria en los delitos imputados. “No era propietario, ni arrendatario, tampoco tenía un beneficio o una renta producto del fruto que ese campo daba; no decidía qué aplicar, ni bajo qué condiciones operativas había que hacer la tarea. Iba y lo hacía”, explicó González Quintana en su parte del alegato.

“Para los productores especificamos penas y para Taboada pedimos una pena diferenciada, que deberá determinar la Fiscalía. En el caso de los funcionarios públicos nosotros alegamos que hay responsabilidad penal y que quedó comprobada en las audiencias, pero la querella no tiene facultad para pedir condenas en ese caso. Es una facultad que le corresponde a Fiscalía”, apuntó Cabaleiro.

Un aspecto fundamental que esperan sea tenido en cuenta por el tribunal –integrado por Elena Beatriz Dilario, Román Pablo Lanzón y Eduardo Daniel Rodríguez Da Cruz– es la solicitud de la ampliación de la medida cautelar vigente desde agosto de 2019, donde se establece una zona de exclusión para las fumigaciones de 1.095 metros. El planteo es que eso se haga extensivo a todos los pueblos del partido de Pergamino. Es una medida que sirvió para alejar las fumigaciones de la zona urbana de la ciudad. La ordenanza dictada por el Concejo de Pergamino establecía una distancia de 100 metros de las viviendas.

En su sitio web, Naturaleza de Derechos resumió: “Alegamos porque la salud colectiva no puede depender de la voluntad del agronegocio. Alegamos porque fumigar sobre casas, escuelas, patios y fuentes de agua no puede ser una infracción administrativa ni una desgracia inevitable. Es violencia ambiental. Es impunidad productiva. Es sacrificar los cuerpos-territorios. Es delito. Pergamino es una frontera ética. De un lado, la impunidad del agronegocio. Del otro, pueblos fumigados organizados, exigiendo verdad, justicia y no repetición. Y de ese lado nos paramos y alegamos: Paren de Fumigar.

A modo de síntesis, Ana Lucchesi, del Encuentro de Pueblos Fumigados, comentó a Andar que los alegatos de Cabaleiro y González Quintana fueron “tremendamente emotivos por los relatos, conmovedores por la sensibilidad y la empatía que tuvieron, y además contundentes, se ve compromiso y la fuerza con que han sostenido el juicio, además de las asambleas y medios que han acompañado. Sentí mucha esperanza”.

Se estima que el veredicto se conocerá a finales de junio. “Es un recorrido de ocho años. Estamos ante una causa que es emblemática en donde, por primera vez, pudimos desplegar toda la prueba de la ciencia digna. Fue un debate amplio, donde los acusados pudieron ejercer ampliamente su derecho de defensa y creemos que se hizo un auténtico juicio oral y público. Eso es muy saludable”, celebró Cabaleiro. Y sentenció: “Esperemos que también tenga una sentencia emblemática para los pueblos fumigados de la Argentina”.

Al cierre de esta edición, comenzaba el alegato de la defensa. Uno de sus abogados de 4 de los imputados, Juan Carlos Marchetti, cuestionó la transmisión del juicio a través de la agencia La Retaguardia, y la cobertura colaborativa con revista Cítrica y agencia Tierra Viva. “Ayer hasta hubo aplausos, pero son medios afines a una tendencia alejada de la objetividad, que se atrevieron a cambiar la denominación de productos fitosanitarios por ‘agrotóxicos’, pero tenemos confianza de que esa prédica mediática no va a mellar la decisión jurisdiccional”, expresó Marchetti.

 

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