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DOCUMENTACIÓN APORTADA A LA CAUSA POR PARTE DE LA CPM Operación Murciélago: los registros DIPPBA sobre la persecución a la Contraofensiva

Por Sebastian Pellegrino
2 mayo, 2019
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El próximo martes 7 de mayo, a casi un mes del inicio del debate oral y público en el que se ventilan los crímenes cometidos entre 1979 y 1980 contra 93 integrantes de la organización peronista Montoneros, brindará su testimonio ante el TOF 4 de San Martín la directora del programa Justicia por delitos de lesa humanidad de la CPM, Claudia Bellingeri, con el objeto de explicar, contextualizar y responder preguntas técnicas respecto a la documentación de la DIPPBA aportada a la causa. Allí quedaron registrados el accionar de la inteligencia militar y de las fuerzas de seguridad, el despliegue represivo en países limítrofes y pasos fronterizo e información sobre las víctimas, entre otros ejes de interés para el juicio.

ANDAR en San Martín

(Agencia) Hacia 1978 y comienzos del año siguiente, la Comunidad Informativa –nombre que designa la articulación de las agencias de inteligencia militar y de fuerzas de seguridad durante la última dictadura- consideraba que la “Banda Subversiva Montoneros” atravesaba un momento de desgaste casi total, como quedó registrado en un legajo de Prefectura Naval hallado en el Archivo DIPPBA: “No posee actualmente infraestructura orgánica política y/o militar. Persisten elementos diseminados que no tratan de reunirse por razones de seguridad, estimándose su incidencia en los ámbitos estudiantil, sindical y religioso”.

Sin embargo, con respecto a militantes de la misma organización pero residentes en el exterior, las mismas agencias consideraban “que la organización Montoneros se encontraría abocada a la concreción de un plan de regreso de sus dirigentes”, de los que tenían identificados al menos a 24 de ellos, con fotografías y fichas personales: Horacio Campiglia, Julio César Ramírez, Armando Croatto, entre otros. Frente a esa posibilidad, las agencias emprenden una “tarea de acopio de información sobre todo conflicto o circunstancia que lo pueda provocar, y dirigentes”.

De allí surge, fechado el 14 de mayo de 1979, el informe especial de inteligencia sobre “Accionar Subversivo en el Ámbito Internacional” que registra minuciosamente las reuniones del consejo de la agrupación Montoneros en Europa. Comienzan los llamados operativos en guardamuebles en todo el territorio bonaerense, ya que las agencias de inteligencia consideraban que Montoneros buscaba “mantener los domicilios (personales) libres de efectos y documentación comprometedora”.

En el legajo 15671, de la mesa Delincuentes Subversivos, VARIOS, del archivo DIPPBA, se consigna la evaluación que hacia 1980 tenía la comunidad informativa respecto al ingreso de militantes desde el exterior: “No consideran confiables sus pasaportes apócrifos para su utilización en el ingreso a Argentina (…) Por lo tanto, las vías de ingreso quedan reducidas a los medios terrestres desde países limítrofes, en particular Brasil por cualquiera de sus fronteras; Paraguay, por todas sus fronteras terrestres; Chile, en particular por Mendoza y Bariloche; y Uruguay”.

Entre el acervo documental aportado a la causa, se consigna el legajo DIPPBA “Dossier SECRETO” con un pormenorizado relato de  la información que forma parte de la Comunidad de Inteligencia referida a la organización Montoneros a partir de octubre de 1978.

De acuerdo al informe, se llevó a cabo en Cuba una reunión en la que se resolvió el cambio en la conducción nacional de la organización, resultando integrada la comandancia por Mario Firmenich y Cirilo Perdía, entre otros. En esa reunión también se habría resuelto el cambio de la consigna, desde el “repliegue estratégico” a la “contraofensiva popular”, creándose desde ese momento las Tropas Especiales de Infantería por un lado, y las Tropas Especiales de Agitación por el otro.

Esta diferenciación de los frentes de acción no tenían conexión entre sí: las TDI actuarían con operativos militares sobre el equipo económico de Martínez de Hoz; mientras que las TDA se enfocarían, entre otros objetivos, en la intervención de señales de televisión y difusión de proclama política.

Cabe destacar que el creciente interés de la Comunidad Informativa y de las fuerzas armadas en general respecto a la nueva estrategia de Montoneros derivó en una orden especial del Comandante en Jefe del Ejército 705/80 (Operación Especial de Inteligencia para la detección, identificación y detención de DDTT –delincuentes terroristas-) dictada en marzo de 1980, la cual recién sería llamada “Operación Murciélago” por primera vez en un documento en octubre de ese mismo año.

Una parte importante de la documentación DIPPBA agregada a la causa se refiere a la articulación entre fuerzas armadas de Argentina con sus pares de Bolivia, Brasil, Chile, Perú y otros países donde se llevaron a cabo acciones de inteligencia y secuestros sobre militantes de Montoneros exiliados.

Así, el legajo 15852 titulado “Procedimiento efectuado sobre la B.D.T. Montoneros en Perú” describe que en el país andino fueron detenidos Noemí Gianotti de Molfino, Julio César Ramírez y Julia Inés Santos, pero que luego se frustró el traslado a la Argentina por denuncias realizadas por un diputado por la Unidad Democrática Popular.

“Ante esta circunstancia y a solicitud de las autoridades peruanas, la Comisión Argentina debió dejar a los D.T. (delincuentes terroristas) y regresar al país. Se habría acordado que los detenidos serían deportados a Bolivia, donde el Ejército boliviano se habría comprometido a entregarlos a los militares argentinos, operación que se llevaría a cabo en los primeros días del corrientes mes”, detalla el legajo.

Para la sistematización de los documentos DIPPBA que serían aportados a la causa se examinaron y evaluaron más de 60 fichas personales del Archivo con información sobre la persecución y secuestro de la mayoría de las víctimas cuyos casos ahora se ventilan en el juicio a instancias del TOF 4 de San Martín.

Desde el programa Justicia por delitos de lesa humanidad de la CPM aclaran en el informe remitido a la justicia que “teniendo en cuenta que toda documentación demanda una serie de recaudos por parte de los investigadores, es decir, una operación a través de la cual se aplica la crítica del documento –la veracidad, la verosimilitud, la autenticidad, la intencionalidad del productor de la documentación, etc.; los documentos seleccionados van acompañados de un informe técnico que le otorgan sentido y, de ese modo, favorecen a la construcción de la prueba judicial”.

“En el caso específico de documentos producidos por organismos de inteligencia deben ponderarse por varias razones. En los mismos, existen formas de lo que aquí llamaremos enmascaramiento de la represión ilegal, que van desde las supuestas ‘declaraciones espontáneas’ de los detenidos hasta los enfrentamientos fraguados entre las fuerzas de seguridad y ‘delincuentes subversivos’, o los enterramientos como NN de personas de las que las fuerzas armadas y de seguridad conocían la identidad”, agregan.

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