SIN TECHO, SIN BAÑOS, SIN AGUA Y SIN COLCHÓN Prohíben alojar detenidos en un jaulón de la Comisaría 1a de Bahía Blanca

La Sala 1 de la Cámara de Apelación y Garantías del departamento judicial Bahia Blanca, revocó con el voto de los jueces Christian Alberto Yesari y Gustavo Ángel Barbieri, el fallo del Tribunal Oral Criminal 2 departamental que había rechazado un habeas corpus colectivo presentado por la Comisión Provincial por la Memoria (CPM), en su carácter de Mecanismo Local de Prevención de la Tortura (MLPT). En ese sentido, la Cámara prohibió el alojamiento de personas en el sector denominado comúnmente “jaulón” de la comisaría 1° de la Policía Bonaerense, por el agravamiento de las condiciones de detención. Se trata de un pequeño espacio enrejado y sin techo, y las personas pasan la noche a la intemperie en camastros de cemento, sin poder ducharse y sin elementos de limpieza. En su apelación, la CPM había cuestionado la contradicción del tribunal de origen que reconoció la inhabitabilidad del sector pero evitó dictar la prohibición total de alojar personas.
ANDAR en la justicia
(Agencia) El habeas corpus colectivo en favor de los detenidos en la Comisaría 1a de Bahía Blanca había sido interpuesto el 30 de enero pasado, tras una jornada de monitoreo en la que se habían constatado gravosas condiciones de alojamiento y del régimen de vida en los calabozos, y principalmente en un pequeño espacio cerrado llamado “jaulón”: sin techo, módulos sanitarios, colchón, agua corriente y otros elementos mínimos de habitabilidad. De las 9 personas detenidas en esa dependencia, una había pasado toda la noche en el jaulón y los demás permanecían amontonados en los calabozos.
Tres días después, el 2 de febrero, se realizó una jornada de constatación judicial a instancias del Tribunal Oral Criminal 2 de Bahía Blanca; las magistradas que asistieron al lugar pudieron observar lo mismo que lo denunciado por la CPM en el habeas corpus colectivo. En efecto, los testimonios recogidos indicaron la falta de colchones, asistencia médica y de elementos de higiene personal y limpieza de los calabozos, escasa cantidad de comida provista por la dependencia policial, poca variedad y de mala calidad, entre otros agravantes.
Sin embargo, en su resolución del 4 de febrero, el mismo tribunal rechazó la acción de habeas corpus colectivo y se limitó a dictar “la prohibición estricta de alojar personas en el sector denominado normalmente como ‘jaulón’ por más de 12 horas, toda vez que no reúne las condiciones mínimas para recibirlos dignamente (…) Ordenar la entrega de colchones a todas las personas alojadas en la dependencia, ya que la autoridad ha admitido que existen suficientes pero se desconoce por qué razón hay quienes duermen en el piso”.
Es por ese motivo que la CPM presentó un recurso de apelación por considerar que se produjo una deficiente valoración de la prueba, teniendo en cuenta que todos los actores intervinientes en el proceso -incluso las autoridades policiales de la Comisaría- reconocieron que el ‘jaulón’ se utilizó y se sigue utilizando de forma constante y habitual.
Para el organismo de derechos humanos no resulta razonable ni legítima la resolución del tribunal, para el que aparece como jurídicamente válido que se alojen personas en un espacio “a la intemperie” que no cuenta con baño, suministro de agua corriente ni calefacción.
Al decir en su fallo que “…estamos en condiciones de concluir que tal agravamiento al día de hoy no existe, y que la acción de habeas corpus como tal no puede prosperar”, el tribunal cae en la contradicción lógica sobre sus propios razonamientos y concluye en una arbitrariedad, debido a que tanto en la jornada de constatación judicial como en sus propia resolución admite las características de inhabitabilidad de ese espacio.
El 19 de octubre, finalmente, se conoció el fallo de la Sala 1 de la Cámara de Apelación y Garantías, firmado por los jueces Christian Alberto Yesari y Gustavo Ángel Barbieri, que revocó el fallo del TOC 2 de Bahía Blanca y dispuso la prohibición de alojar personas en el sector denominado comúnmente “jaulón” de la Comisaría 1a por los argumentos denunciados originalmente por la CPM y verificados en distintas ocasiones durante la tramitación de la causa.
Las comisarías bonaerenses continúan siendo lugares inhabitables donde se reproducen graves violaciones de derechos humanos. Si bien la población alojada en ellas descendió hasta 1.386 personas en 2025, en el mes de septiembre del 2026 trepó a 1.733 detenidos en 1.159 lugares informados por el Ministerio de Seguridad. Esos cupos no cumplen con los estándares dispuestos por los organismos internacionales de derechos humanos y el Comité Nacional de Prevención de la Tortura. Un ejemplo es el lugar finalmente clausurado de la Comisaria 1ª que se contabilizaba entre estos. Para más información sobre el estado de las comisarias bonaerenses, consultar en: https://www.comisionporlamemoria.org/datosabiertos/comisarias-datos/

















