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DELITOS REITERADOS CONTRA PACIENTES Ordenan la prisión preventiva para los dueños de una comunidad terapéutica clandestina

Por ldalbianco
23 julio, 2026
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El juez de garantías Walter Saettone dispuso la prisión preventiva de Rolando Ángel Alvisi y Michelle Esthefany Gómez Marrero, por graves delitos cometidos en la administración de una comunidad terapéutica clandestina llamada Nuevo Camino, ubicada en Presidente Derqui, partido de Pilar. Los imputados están acusados por estafas reiteradas, ejercicio ilegal de la medicina, privación ilegítima de la libertad y otras conductas ilegales. La medida de coerción había sido solicitada por el fiscal Germán Camafreita a partir de la prueba reunida en la instrucción. En marzo de este año, la Comisión Provincial por la Memoria (CPM), en su calidad de Mecanismo Local de Prevención de la Tortura, denunció graves violaciones a los derechos humanos en la comunidad terapéutica clandestina Priorizar, perteneciente a los mismos dueños y que funcionaba en el partido de Moreno. El organismo interviene en la causa como particular damnificado institucional.

ANDAR en la justicia

(Agencia) Luego de evaluar toda la prueba producida en la causa que se inició en 2023, el titular del Juzgado de Garantías N° 7 de Pilar Walter Saettone consideró que existen elementos probatorios suficientes e indicios vehementes para sostener que, con la fachada de operar una comunidad terapéutica para el tratamiento de adicciones, sus dueños Rolando Ángel Alvisi y Michelle Esthefany Gómez Marrero comandaban una asociación ilícita destinada a estafar a las personas allí internadas.

De esta manera, el juez Saettone convalidó lo actuado por el fiscal Germán Camafreita y ordenó la prisión preventiva de los imputados, acusados de ser coautores de los delitos de estafas reiteradas, ejercicio ilegal de la medicina, privación ilegal de la libertad, en concurso real con asociación ilícita en calidad de organizadores.

Por la gravedad de los delitos y la expectativa de pena alta, el juez justificó la medida de coerción ya que existe un indicador relevante de peligro de fuga; la posibilidad de obtener una condena alta de cumplimiento en prisión podría motivar a los imputados a eludir la acción judicial.

Al mismo tiempo, el juez de garantías reconoció que los imputados pueden realizar maniobras para entorpecer la investigación ya que conocen personalmente a las víctimas y testigos sobre quienes ejercieron funciones de control dentro de la comunidad terapéutica clandestina. “Tal situación les otorga una concreta capacidad de influir sobre las fuentes de prueba, ya sea mediante presiones, intimidaciones, coordinaciones de versiones o cualquier otra conducta orientada a obstaculizar el esclarecimiento de los hechos”, puntualizó en su resolución.

La causa fue impulsada por la Asociación de Reducción de Daños de Argentina (ARDA), por cuyo intermedio llegó el caso a conocimiento de la Comisión Provincial por la Memoria que, en su calidad de Mecanismo Local de Prevención de la Tortura, monitorea las comunidades terapéuticas. En marzo de este año, el organismo realizó una inspección en otra comunidad, ubicada en Moreno, que pertenecía al mismo dueño

En ese sentido, la investigación fiscal también remarca que luego de la clausura de la pretendida comunidad terapéutica Nuevo Camino, y a pesar de conocer el proceso penal que se seguía en su contra, Rolando Alvisi continuó con acciones de similar modalidad defraudatoria pero con otros operadores, conformando una nueva asociación destinada a desarrollar los mismos delitos.

Para ellos, la fiscalía incorporó fragmentos de aquella intervención de la CPM ante un juzgado de Familia de Moreno y en sede penal por la posible comisión de delitos en la comunidad terapéutica Priorizar. Se trata de una de las instituciones alternativas que Alvisi creó para continuar ofreciendo falsos tratamientos de recuperación frente al consumo de drogas y otras problemáticas vinculadas a la salud mental. “El nuevo nombre de fantasía no tenía otro fin que generar una apariencia de legitimidad, verificándose suficientes motivos para sospechar en la continuidad de las acciones ilegítimas que se desarrollaban en Nuevo Camino”, destaca la fiscalía.

Cómo operaba la comunidad clandestina

La causa penal se inició en 2023 con la denuncia de dos de las víctimas de la falsa comunidad terapéutica Nuevo Camino, de Pilar, que durante años promocionó tratamientos para personas con consumos problemáticos, proveyendo fármacos sin personal médico idóneo ni prescripción de recetas, y manteniendo a las personas alojadas sin la posibilidad de abandonar la internación de acuerdo a su voluntad. La Comunidad funcionaba sin habilitación municipal ni del Ministerio de Salud, no se respetaban los preceptos de la ley de salud mental ni la ley del paciente.

Los denunciantes declararon las agresiones físicas padecidas, la violencia, amenazas, la prohibición para recibir visitas de sus familiares y el suministro y aplicación de medicamentos sin recetas, diagnóstico ni tratamiento indicado por profesional médico, entre otras torturas y tratos degradantes y vejatorios, así como los de otras personas allí internadas.

Según la instrucción a cargo del titular de la Unidad Fiscal 4 de Pilar Germán Camafreita, “tanto Rolando Alvisi alias ‘Rolo’, director del lugar, Marrero Gómez como su mano derecha y administradora y el resto de los operadores (…) actuaron en forma conjunta para llevar a cabo las acciones relatadas y su responsabilidad encuentra sustento en los numerosos testimonios”.

La instrucción judicial determinó que al menos 36 personas fueron víctimas de esta organización delictiva: personas con problemas de adicciones o de salud mental cuyas familias pagaban todos los meses un servicio de asistencia que la comunidad no brindada. Además de carecer de habilitación legal, el lugar no reunía los mínimos requisitos para su funcionamiento: “inexistencia de profesionales de la salud y de un equipo interdisciplinario, la ausencia de control médico y psicológico de los pacientes, así como las deficientes condiciones edilicias, de seguridad, higiene, salubridad y alimentación, y la falta de protocolos de actuación ante emergencias, constatándose asimismo condiciones de hacinamiento”, enumera el fiscal.

Muchas de las víctimas declararon sobre el uso ilegal de fármacos como parte del falso tratamiento: los operadores suministraban de medicamentos ocultos en una bebida conocida por las mismas víctimas como “jugo loco”. La “ingesta era impuesta de manera compulsiva, valiéndose de violencia física y verbal mediante coacciones bajo la amenaza de un mal mayor como castigo (tales como ser sumergirlo a una piscina con agua helada y mantenerlos en la intemperie), todo ello sin intervención, tratamiento, prescripción ni supervisión de profesionales médicos”, señala la fiscalía.

La investigación también valora los testimonios de los familiares de las víctimas quienes declararon que muchos de ellos permanecían internados contra su voluntad bajo un régimen de vida restrictivo y la utilización de la modalidad premio-castigo. Los familiares destacaron, en particular, que no les permitían hablar a solas con las personas internadas, que siempre debía estar presente algún operador o funcionario de la comunidad. También declararon que desde la comunidad les solicitaban la compra de medicamentos de todo tipo, ropa y alimentos que luego eran distribuidos entre los operadores terapéuticos.

La Comisión Provincial por la Memoria, en su calidad de Mecanismo Local de Prevención de la Tortura, monitorea desde hace años estas mal llamadas comunidades terapéuticas y denuncia las graves violaciones a los derechos humanos que allí se cometen contra víctimas que, por razones de salud mental, se encuentran en un particular estado de vulnerabilidad.

En ese marco, resulta indispensable que el Ministerio de Salud fiscalice de manera rigurosa estas comunidades terapéuticas que funcionan en la clandestinidad y ordene las clausuras definitivas o hasta completar el trámite de habilitación para que se respeten los derechos de los usuarios.

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