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LOS FUNDAMENTOS SE DARÁN A CONOCER EL 10 DE AGOSTO Sentencia en juicio “Contraofensiva”: 5 condenas a prisión perpetua y un imputado que logró retrasar 10 días el veredicto en su contra

Por Sebastian Pellegrino
10 junio, 2021
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Las víctimas sobrevivientes, familiares, militantes políticos y espacios de derechos humanos que colmaron la sala virtual por la que se transmitió la jornada final del juicio coinciden en calificar como “histórica” y “correcta” la pena impuesta a cinco de los imputados: prisión perpetua de cumplimiento inmediato en cárcel común para Curto Marcelo, Jorge Bano, Eduardo Ascheri, Luis Ángel Firpo y Roberto Dambrosi. Como se preveía, debido a la pertenencia de todos ellos a distintas agencias de inteligencia militar que articularon para la comisión de los delitos ventilados en esta causa, recibieron la misma condena y la máxima prevista en el código penal. Aún así, esta jornada dejó un sabor amargo en cuanto a la dilatación de la lectura del veredicto respecto a Jorge Norberto Apa, quien logró que el tribunal dispusiera una junta médica para evaluar si está en condiciones de formular sus últimas palabras antes de la sentencia.

ANDAR en San Martín

(Agencia) Luego de una extensa jornada que comenzó a las 9:30 con las palabras finales de los imputados y el anuncio del Tribunal Oral Federal (TOF) 4 de San Martín –presidido por Esteban Rodríguez Eggers y con las vocalías de Matías Alejandro Mancini y María Claudia Morgese- respecto a la postergación del veredicto sobre el imputado Apa, este jueves 10 de junio se conoció, finalmente, la sentencia en el juicio conocido como “Contraofensiva”.

En este sentido, el exjefe de la Compañía de Actividades Psicológicas del Batallón 601 de Inteligencia, Roberto Dambrosi; el exjefe de la Central Contrainteligencia y jefe de la División Seguridad del Batallón de Inteligencia 601, Luis Ángel Firpo; el exjefe de Actividades Especiales de Inteligencia y Contrainteligencia del Destacamento de Inteligencia 201, Marcelo Curto;  además de Eduardo Ascheri y Jorge Bano, quienes integraron la Sección Operaciones Especiales (S.O.E.) de Campo de Mayo, recibieron la condena a prisión perpetua con inhabilitación absoluta y perpetua, pago de costas del proceso y suspensión definitiva de cualquier jubilación o pensión que siguieran cobrando.

Sus condenas máximas se justificaron –según los considerandos del fallo- en los delitos que fueron suficientemente probados durante el debate oral y que concurren materialmente entre sí, como el de homicidio con alevosía agravado por el concurso de dos o más personas; privación agravada de la libertad por mediar violencia, amenazas, abuso funcional y por la condición de ser perseguidos políticos las víctimas, entre otros.

Todos los hechos ilícitos de la causa que fue objeto del debate constituyen, de acuerdo a esta sentencia, delitos de lesa humanidad por lo que muchas de las nulidades pretendidas por las defensas fueron rechazadas.

Asimismo, el TOF 4 resolvió que, previa evaluación médica, deberán ser revocadas las prisiones domiciliarias que varios de los imputados gozaban hasta hoy y ser trasladados inmediatamente a la órbita del Servicio Penitenciario Federal (SPF). En cuanto al pago de las costas del proceso, deberá hacerse efectivo dentro de los próximos cinco días hábiles.

Entre los pedidos de las querellas –la mayoría de ellas, representadas por el abogado Pablo Llonto-, el TOF resolvió no hacer lugar a la petición de que se ordenara la publicación de la sentencia en medios de comunicación de alcance nacional, un punto relevante desde el punto de vista histórico y reparatorio teniendo en cuenta la complicidad de los discursos mediáticos de la época con la versión de los hechos producida por la dictadura. Por último, los fundamentos de la sentencia, se darán a conocer el próximo 10 de agosto.

Cabe recordar que esta causa tenía otros imputados y que por sus fallecimientos quedaron fuera del proceso. Se trata de Raúl Guillermo Pascual Muñoz, quien fuera jefe del Departamento Personal del Estado Mayor del Comando de institutos Militares; Alberto Daniel Sotomayor, exjefe de la Sección Primera  del Departamento de Inteligencia 201 del Comando de Institutos Militares; y Carlos Blas Casuccio; quien fuera segundo jefe del Departamento 201 de Inteligencia del Estado Mayor del Comando de Institutos Militares.

La suspensión del veredicto para Apa

Más allá de que terminará siendo condenado –y con gran probabilidad de recibir la misma pena que el resto-, Jorge Norberto Apa logró un primer cometido, tal como lo interpreta el abogado de la mayoría de las querellas, Pablo Llonto: que con esta lectura del veredicto no apareciera su nombre asociado directamente a los crímenes por los que se lo juzgó hasta hoy. Incluso, planteó el abogado Llonto durante una nota del proyecto periodístico La Retaguardia, “si lo llegaran a declarar momentáneamente incapaz para seguir en juicio podría llegar a evitar la condena”.

En efecto, la suspensión del juicio por 10 días respecto a Apa tuvo su origen en una presentación que realizó ayer el abogado particular del imputado, en la que alegó problemas de salud que impedían a su asistido presenciar la última jornada del debate y hacer uso de su derecho a las últimas palabras.

En virtud de esa presunta cuestión de salud –la que justificó con certificado médico-, el TOF debía resolver un aspecto procesal importante durante la jornada de hoy: si seguía con lo previsto y eventualmente Apa resultaba condenado sin hacer uso de sus últimas palabras; o si accedía al pedido del abogado defensor Hernán Corigliano.

La resolución del tribunal fue  finalmente comunicada por su presidente, Rodríguez Eggers, y  alcanzada de forma unánime por los tres magistrados: “La cuestión plantea un cuello de botella porque sin esas últimas palabras (de Apa) entendemos que es imposible llevar adelante el veredicto. El defensor de uno de los imputados dice: mi pupilo no puede dar sus últimas palabras, y acompaña su presentación de un certificado. Motivo por el cual vamos a suspender por 10 días el proceso respecto del señor Apa, convocando urgentemente a una junta médica. Así las partes pueden presentar sus peritos, sin perjuicio de que continuará el juicio respecto de los otros 5 imputados según la agenda que habíamos planteado”.

Terminada la cuestión, la fiscal adjunta Gabriel Sosti pidió la palabra para solicitar que la junta médica sea convocada y realizada de forma urgente, pedido que fue acompañado por todas las querellas y convalidada por el TOF: dentro de los próximos 5 días hábiles deberá estar resuelta la evaluación del imputado en cuanto a su capacidad de discernir y comprender el paso procesal de su derecho a las últimas palabras. Y allí se abrirá el camino para la lectura de su veredicto.

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