EL ÚNICO IMPUTADO ES EL EXJEFE DE PERSONAL Molinos Río de La Plata: comenzó un juicio por crímenes de lesa humanidad cometidos en la planta de Avellaneda

El jueves 10 se llevó a cabo, a instancias del Tribunal Oral Federal 2 de La Plata, la jornada de inicio del juicio en el que se ventila la responsabilidad penal de quien fuera gerente de Recursos Humanos y Jefe de Personal de la planta de Molinos en Avellaneda, Emilio Parodi, en torno al secuestro de tres trabajadores que hasta el día de hoy permanecen desaparecidos. Los hechos ocurrieron el 7 de julio de 1976, cuando las víctimas -Francisco Fernández, Santos Ojeda y Roberto José Rivolta Bonino- ingresaban a la fábrica. En otras causas en trámite se investiga la desaparición de otros 24 trabajadores de la misma firma, lo que muestra la profunda vinculación de sectores empresariales con el plan represivo de la última dictadura.
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(Agencia) De acuerdo al auto de elevación a juicio, en esta causa se encuentra probado -con el grado de certeza que exige la etapa previa al debate oral- que el 7 de julio de 1976 se produjo el secuestro de un grupo de trabajadores de la empresa Molinos Río de La Plata, de la planta de Avellaneda, como parte de un operativo ilegal llevado a cabo por las fuerzas de seguridad cuyos miembros ingresaron armados y portando listas que contenían nombre de trabajadores.
Las personas secuestradas fueron obligadas a subir a un camión del Ejército argentino sin que, hasta el momento, se conozca su destino. Tres de las más de 70 víctimas fueron Francisco Fernández, Santos Ojeda y Roberto José Rivolta Bonino, cuyos casos se ventilan en este juicio.
La primera jornada se realizó el jueves 10 desde el mediodía y a instancias del Tribunal Oral Federal 2 de La Plata -con la presidencia del magistrado Pablo Wilk y las vocalías de Nelson Jarazo y Yesica Sircovich- se dio lectura a la acusación del ministerio público fiscal respecto al único imputado: el exgerente de Recursos Humanos y Jefe de Personal de la planta de Molinos en Avellaneda, Emilio Parodi, quien habría señalado a los trabajadores que serían secuestrados y luego desaparecidos por el Ejército y la Policía Federal.
En este sentido, Parodi está siendo juzgado como coautor funcional del delito de privación ilegal de la libertad de Francisco Fernández, Santos Ojeda y Roberto José Rivolta Bonino, en virtud del rol y actividades desplegadas e inherentes al ejercicio de tareas gerenciales o de dirección de la empresa al momento de los hechos. Esas conductas facilitaron la ocurrencia de los hechos y consolidaron dicha situación a través del impedimento del acceso a la información por parte de los familiares de las víctimas.
De acuerdo a la acusación fiscal, más allá de la petición solicitada los hechos que se investigan constituyen delitos de lesa humanidad y en consecuencia son imprescriptibles para el ordenamiento jurídico argentino.
En cuanto a las víctimas que contempla esta causa, Francisco Fernández tenía 27 años, era militante gremial, afín al peronismo y a la organización Montoneros. Desde 1973 se desempeñaba en Molinos, turno mañana, en la sección mecánica de la planta fabril. El día del secuestro, por la tarde, un vecino del barrio se acercó a la casa de Fernández y le informó a su pareja sobre la detención y que podría ir a hablar al día siguiente con el jefe de personal de la planta.
Rivolta Bonino tenía 35 años cuando fue secuestrado. Era trabajador de administración y se lo llevaron al momento de comenzar su turno, a las 8 de la mañana.
Por su parte, Santos Ojeda tenía 24 años, era operario de Expedición y delegado de base. Salía de la planta a las 5 de la mañana cuando lo secuestraron. Según el relato de un compañero, Parodi lo identificó. Luego se lo llevó un grupo de Coordinación Federal de la PFA.
En este debate intervienen como representantes del MPF los fiscales Juan Martín Nogueira y Ana Oberlin y completan el bloque acusador las querellas de la Subsecretaría de Derechos Humanos de Provincia de Buenos Aires, la Subsecretaría de Derechos Humanos de Nación, la querella de la familia de Fernández representada por el abogado Pablo Llonto, el CELS, La Federación de Aceiteros y el Sindicato de Obreros y Empleados Aceiteros.
En esta primera jornada la parte acusadora solicitó que las audiencias próximas se realicen de forma presencial y no virtual, y que la periodicidad de las audiencias se acorte -ya que la próxima fecha del juicio fue anunciada para el 24 de septiembre- teniendo en cuenta las décadas que han debido atravesar las familias de las víctimas en busca de justicia y las constantes dilaciones a las que ya se enfrentan las causas por crímenes de lesa humanidad desde su apertura hasta el final de la instrucción.
Sobre esto último, vale destacar que en el juicio en trámite conocido como Saint Amant 4 la CPM solicitó recientemente a la Cámara de Casación Penal de la Nación que “conmine a los miembros del tribunal a fijar un cronograma de audiencias que se condiga con la importancia, lesividad y antigüedad de los hechos bajo proceso”.
Es que, solo considerando el alegato de cierre de la fiscalía, se utilizaron más de 15 jornadas de juicio -desde febrero a fines de agosto-, muchas de ellas con duración que no superó los 30 minutos. “La demora en la administración de justicia en proceso por graves violaciones a los derechos humanos importa una forma adicional de revictimización, incompatible con los deberes asumidos por el Estado argentino en materia de verdad, memoria y justicia”, destacó la CPM en su nota a Casación.
















