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Home›Violencia policial›Por el asesinato de Gastón Duffau Prisión perpetua para cinco policías bonaerenses por torturas seguidas de muerte

Por el asesinato de Gastón Duffau Prisión perpetua para cinco policías bonaerenses por torturas seguidas de muerte

Por Ana Lenci
16 julio, 2016
1648
0
La sala VI del Tribunal de Casación de la Provincia de Buenos Aires dictó prisión perpetua para cinco policías bonaerenses por el delito de torturas seguidas de muerte. Es por el asesinato de Gastón Duffau ocurrido en febrero del 2008 en Ramos Mejía. En 2013, la CPM acompañó a la familia y la querella con un amicus curiae en el que pedía al Tribunal revisar el fallo de primera instancia y denunciaba “una práctica de encubrimiento, complicidad o, cuanto menos, negligencia en el accionar de fiscales y jueces”. 
Andar en la Justicia
(Agencia) Los policías bonaerenses Mauro Adrián Ponti, Luis Alberto Acuña, Rubén Darío Steingruber, Leonardo Ezequiel Brandan y Natalio Hernán de Nardos fueron condenados a prisión perpetua por el asesinato de Gastón Duffau, ocurrido en febrero del 2008 en Ramos Mejía. La sala VI del Tribunal de Casación bonaerense, integrada por Ricardo Maidana y Mario Eduardo Kohan, consideró a los tres primeros como coautores y los otros dos como participes necesarios por el delito de torturas seguidas de muerte. La decisión revoca un fallo del Tribunal Oral en lo Criminal Nº 4 de La Matanza que en 2013 los había absuelto.
En aquel momento, la CPM acompañó a la familia de Duffau con un escrito en el que solicitó al Tribunal de Casación la revisión de fallo por considerar que habían existido irregularidades en la investigación que evidenciaban la connivencia policial-judicial, “al no respetarse, por ejemplo, la Resolución 1390 de la Procuración, la cual dispone que en casos en los que esté involucrado personal policial, ninguna diligencia investigativa puede ser realizada por miembros de esa fuerza de seguridad”.  
 
Además del señalamiento de las responsabilidades y el establecimiento de las condenas, la reciente resolución del Tribunal de Casación es altamente significativa por la caracterización del delito de torturas que realiza a lo largo de sus 62 páginas, retomando tratados internacionales y recorriendo parte de la jurisprudencia nacional. En este sentido, en relación con el asesinato de Gastón Duffau concluye que: “Existen en el presente caso evidencias numerosas y concurrentes de que la integridad personal de G. D. fue vulnerada y de que fue víctima de torturas físicas por parte de agentes del Estado y, más concretamente, por miembros de la policía bonaerense, antes de sufrir la muerte por un mecanismo de asfixia mixta”.  
Desde la CPM la consideraron positiva ya que “los juicios fueron simulacros que demostraron la complicidad de la justicia con la tortura, la consagración de la impunidad y como la violencia institucional adopta diversas formas que se enlazan para favorecer a los policias asesinos”
‎
Los mismos policías habían sido juzgados por primera vez en el año 2010. En aquella oportunidad el fallo fue absolutorio, pero la Sala II del Tribunal de Casación bonaerense lo anuló en agosto del mismo año y ordenó un nuevo juicio que se realizó en 2013. Allí todos fueron nuevamente absueltos por los jueces Nicolás Grappasonno, Matías Jorge Rouco y Alberto Oscar Saibene (TOC Nº 4, La Matanza) a pesar de la contundencia de la prueba presentada. Entre otras cuestiones, ya estaba acreditado que Gastón Duffau había fallecido en una camioneta de la policía mientras era trasladado de la comisaría de Ramos Mejía al Hospital Interzonal de Agudos de Haedo.
En este sentido, el escrito presentado por la CPM en 2014 después del segundo juicio remarcaba que “en la presente causa nos encontramos ante  un evidente caso de violencia policial (…) y que existen suficientes elementos probatorios que avalan esta lectura de los hechos y que, sin embargo, los jueces intervinientes, en un proceder por demás reprochable, sólo toman la versión policial de los hechos, pretendiendo garantizar de este modo la impunidad en un caso de intensa gravedad institucional por tratarse, los victimarios, de agentes estatales”.
Si bien los autores de estos delitos aberrantes no fueron detenidos‎, se espera que el tribunal interviniente disponga su inmediata detención.

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