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Home›Novedades›La CPM había pedido una recalificación de los hechos Casación ratificó la condena a los policías responsables de la masacre de la comisaría 1° de Pergamino

La CPM había pedido una recalificación de los hechos Casación ratificó la condena a los policías responsables de la masacre de la comisaría 1° de Pergamino

Por Sole Vampa
12 junio, 2021
1813
0

La Sala 1° de Casación bonaerense ratificó ayer el fallo del Tribunal Oral de Pergamino en el juicio por la masacre de de la comisaría 1° ocurrida en marzo de 2017. Los jueces Natiello y Kohan rechazaron la pretendida rebaja de las condenas solicitadas por la defensa y, al mismo tiempo, se negaron a modificar la calificación legal de los hechos para que sean considerados homicidio, tal como había solicitado la CPM como patrocinante de las familias de las víctimas. De este modo, se confirmó la sentencia de primera instancia de diciembre de 2019 y los policías mantendrán las condenas oportunamente dictadas. Mientras tanto, una nueva causa derivada del debate original llega a juicio con dos nuevos agentes bonaerenses imputados.  

Andar en la justicia

(Agencia ANDAR) El fallo de los jueces Carlos Angel Natiello y Mario Eduardo Kohan, integrantes de la sala 1° de Casación Bonaerense, manifiesta que, en relación a los hechos ocurridos en la comisaría 1° de Pergamino el 2 de marzo de 2017 “se priorizó la seguridad por sobre la vida y la salud de las personas detenidas”. Quedó entonces confirmada la sentencia del Tribunal Oral N°1 de Pergamino, que en diciembre de 2019 reconoció que los policías imputados actuaron por omisión conociendo plenamente el desenlace que podían producir los hechos y que, por lo tanto, debían haberse representado el riesgo que estos significaban para la vida de las personas allí detenidas, y en consecuencia impartió la siguientes condenas: el comisario Alberto Donza, 15 años de prisión; Alexis Eva, 14 años; Brian Carrizo y Matías Giulietti, 11 años; Sergio Rodas, 8; y 6 años a Carolina Guevara.

El fallo de Casación, que examina extensamente recursos interpuestos tanto por la defensa como la querella, considera debidamente probado que “mientras el fuego comenzaba a extenderse los policías sólo atinaron a observar la situación, estando todos los uniformados enterados de lo que estaba sucediendo, sin embargo, priorizando la seguridad por sobre la salud y la vida de quienes estaban bajo su custodia en los calabozos de la comisaría, no dieron ninguna orden ni realizaron maniobras tendientes a salvaguardar la vida de los internos, que encerrados, sólo podían gritar por auxilio.”

De este modo, el fallo consolida lo ya resuelto por el Tribunal de juicio, en la medida que deja firmes las sentencias conocidas y no hace lugar a las pretensiones de los policías. Esto vuelve irreprochable la responsabilidad de los agentes bonaerenses en los hechos que terminaron con la vida de los jóvenes Sergio Filiberto, Federico Perrotta, Alan Córdoba, Franco Pizarro, John Mario Carlos, Juan José Cabrera y Fernando Emanuel Latorre, el 2 de marzo de 2017 en la comisaría 1° de Pergamino.

Sin embargo, el fallo rechaza un recurso presentado por la Comisión Provincial por la Memoria (CPM), que en su calidad de Mecanismo Local de Prevención de la Tortura representa a las familias de las víctimas, en el que se solicitaba la recalificación del hecho como homicidio simple y la imposición de una nueva pena, al considerar hubo “arbitrariedad en la valoración de la prueba, determinando una errónea calificación legal de los hechos”.

En este mismo sentido, tampoco se hizo lugar al pedido de revisión de las prisiones domiciliarias por considerar que no se ha acreditado, en opinión de Casación, cuáles son los riesgos procesales. Esto niega algo que se viene manifestando desde el desarrollo del propio debate y que se evidenció aún más con la causa iniciada ante los sucesos causados por el imputado Brian Carrizo quien, tras conocerse el fallo, arrojó de manera violenta una silla al sector de las familias de las víctimas y sus defensores

Respecto de esta decisión de Casación, Margarita Jarque, Directora del programa de Litigio Estratégico de la CPM, expresó: “entendemos que resulta adecuado no hacer lugar a la baja de las condenas requerida por las defensas, pero no conforma a las familias ni a la CPM que no se haya revisado la calificación legal de abandono de personas seguido de muerte que debería haber mutando a la figura de homicidio. Máxime cuando en un texto de su resolutorio el Tribunal refirió a una “trampa mortal” tendida por los policías imputados. Esto resulta por demás contradictorio ya que debe interpretarse, a las claras, el dolo que implica representarse el resultado muerte de los detenidos al mantenerlos encerrados durante el incendio y no hacer nada para evitarlo. Tampoco nos conforma la liviandad con la que se ha tratado el cumplimiento efectivo de la condena en el encierro.”

En las últimas horas también se conoció la elevación a juicio de una causa que se deriva del debate original  y constituye un  avance en el camino de justicia por la Masacre de Pergamino. Se trata una nueva causa en la que se acusa a los policías Eduardo “el Turco” Hamué y Renzo Giracci por haber brindado falsos testimonios durante el desarrollo del primer juicio en el tribunal pergaminense, con la intención de encubrir a sus compañeros en una clara demostración de espíritu cuerpo de la fuerza policial.

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