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Violencia sexual, torturas y malos tratos en una clínica de salud mental de Quilmes

Por Ana Lenci
1 octubre, 2024
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Se trata de la clínica de psicopatología Phsiquis ubicada en San Francisco Solano. La Comisión Provincial por la Memoria (CPM), en su calidad de Mecanismo local de prevención de la tortura, relevó vulneraciones a los derechos de las personas allí alojadas: torturas, malos tratos y violencia sexual. Tras una inspección al lugar, el organismo presentó un habeas corpus colectivo que fue rechazado por la Dra. Carolina Stein, a cargo del Juzgado de Familia N° 4 de Quilmes. A partir de ese trámite, dependencias estatales fiscalizaron el dispositivo y relevaron las graves vulneraciones denunciadas, por lo que se presentó una denuncia penal que tramita en la UFIJ Nº 5 de Quilmes.

ANDAR en Quilmes

(Agencia Andar) A partir de una denuncia por violencia sexual de personal médico contra una mujer alojada, la Comisión Provincial por la Memoria, en su calidad de Mecanismo local de prevención de la tortura, se presentó en la Clínica de Psicopatología Phsiquis ubicada en San Francisco Solano de Quilmes.

Allí realizó un monitoreo integral en el que se relevaron una serie de vulneraciones de derechos e irregularidades: torturas, malos tratos, violencia física, verbal y psicológica, situaciones de violencia sexual, falta de atención médica clínica, personal insuficiente, ausencia de abordaje para personas con discapacidad, internaciones por cuestiones sociales y condiciones materiales irregulares y riesgosas.
En particular, y a partir de las entrevistas con las personas alojadas, la CPM relevó distintas situaciones de violencia sexual a la que se encuentran expuestas las usuarias de la clínica. Esos episodios no habían sido abordados por ningún profesional, de manera tal que “la posición institucional consiste en negar la situación y culpar a la víctima, revictimizando a las mujeres al exponerlas a estas situaciones de manera constante y sin intervención reparatoria”, analizaron desde el organismo.
Ante este escenario, la CPM interpuso una acción de habeas corpus colectivo ante el Juzgado de Familia N° 4 Departamental a favor de las personas allí alojadas, pero fue rechazado a partir de un informe interdisciplinario poco riguroso del equipo técnico del juzgado. El informe técnico- firmado por la Dra. Lorena Casavalle, la Lic. en Trabajo Social Nidia Bartoli, la médica psiquiatra Claudia Diaz y la Lic. en Psicología Agustina Barreto- hizo particular hincapié en la información y documentación administrativa aportada por autoridades de la institución y en las condiciones materiales del lugar. Solo se hace mención a las personas alojadas en los siguientes fragmentos: “También se ha advertido la presencia de enfermeros y de otros auxiliares de salud (auxiliar de farmacia), cada uno de ellos con funciones específicas, pero interactuando con los residentes de la clínica, con buena voluntad y trato cordial” (…) “Se advierte un trato afectuoso por parte de los pacientes ante distintos referentes institucionales, como también un reconocimiento y contacto personalizado de los profesionales de la institución hacia ellos”. A partir de la lectura se desprende que no se mantuvieron entrevistas confidenciales con las personas alojadas. Teniendo en cuenta la situación de vulnerabilidad en la que se encuentran resulta evidente que no comuniquen hechos de violencia delante del personal que cumple funciones de cuidado cotidianamente y  pueden ser los responsables  de las vulneraciones de derechos relevadas. Las entrevistas en privado con las víctimas de violaciones de derechos humanos son un principio básico que deberían respetar los equipos técnicos que intervienen en estos casos.
Sin embargo, en el trámite de ese habeas, también se informó a los organismos estatales responsables de abordar la complejidad de la situación, entre ellos a la Dirección de Registro y Habilitación Sanitaria del Ministerio de Salud.
Posteriormente, el Departamento de Fiscalización, remitió el acta de la última fiscalización realizada en el mes de agosto en la cual da cuenta de falencias administrativas, infracciones edilicias y varias de las cuestiones denunciadas por la CPM. Según informó el órgano de fiscalización, mantuvieron entrevistas con personas alojadas que afirmaron haber visto y/o ser víctimas de torturas y malos tratos: encierro, aplicación de medicación inyectable sin criterio terapéutico. Asimismo registró malas condiciones de aseo y limpieza, falta de mantenimiento del lugar, sanitarios incompletos y el insuficiente stock de alimentos, entre otras cuestiones. Ante lo relevado, los fiscalizadores se limitaron a dialogar con las autoridades.
En base al acta de fiscalización, y como no surgía de las actuaciones que se hubieran denunciado penalmente estos hechos, la CPM presentó una denuncia penal ante la UFIJ Nº 5 de Quilmes en la cual se retomó también lo denunciado en el habeas corpus colectivo rechazado. En paralelo a esta causa, tramita la investigación penal por el hecho de violencia sexual que originó la inspección de la CPM.

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