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SOBREMEDICACIÓN Y SOMETIMIENTO A PRÁCTICAS VIOLENTAS Clausuraron una comunidad terapéutica sin habilitación de Moreno

Por ldalbianco
27 abril, 2026
896
0

A comienzos de marzo, la Comisión Provincial por la Memoria (CPM) -en su carácter de Mecanismo Local de Prevención de la Tortura- presentó un habeas corpus colectivo ante la jueza Silva Baéz, titular del Juzgado de Familia N° 3 de Moreno, y realizó la denuncia penal correspondiente para que se investigue la comisión de delitos en la comunidad terapéutica Priorizar. Luego de esto y en el marco de una constatación judicial, el municipio de Moreno clausuró el lugar. Se corroboró que hasta hace pocas semanas, permanecían  alrededor de 30 personas internadas sin que el lugar cumpla con los estándares establecidos por la ley nacional de salud mental, se sometía a torturas y malos tratos a las personas alojadas, en lugar de garantizar un abordaje integral y respetuoso de la dignidad. Además funcionaba sin habilitación de los organismos de Salud provincial o municipal.

ANDAR en Moreno

(Agencia) La información sobre graves irregularidades y vulneración de derechos en la comunidad terapéutica Priorizar, en Moreno, llegó a la CPM por intermedio de la Asociación de Reducción de Daños de Argentina (ARDA) y fue lo que motivó una jornada de inspección realizada el pasado 11 de marzo por el organismo, en su carácter de Mecanismo Local de Prevención de la Tortura (ley nacional 26.827).

Luego de esta, en base a entrevistas mantenidas con las personas alojadas allí, las autoridades y operadores, se presentó un habeas corpus colectivo que tramita ante el Juzgado de Familia N° 3 de Moreno, luego de constatar el suministro de psicofármacos y medicación en general sin prescripción médica y por personas no autorizadas; prácticas violentas, torturas, malos tratos, de castigo y de sometimiento como parte de la llamada “estructura”; falta de habilitación del Ministerio de Salud de la Provincia y del municipio correspondiente, así como un incumplimiento sistemático de las leyes de salud mental y de derechos del paciente, historia clínica y consentimiento informado.

“Las vulneraciones de derechos identificadas afectan e impactan negativamente en la subjetividad de cada una de las personas, dejando marcas muchas veces permanentes en la salud mental, profundizando el daño que debería pretender aliviar y generando nuevos padecimientos, llegando a poner en riesgo la vida”, afirmó la CPM en su presentación judicial.

Como derivación de la acción de habeas corpus el juzgado ordenó la realización de una constatación de la que participaron, además de la CPM, representantes de la Asesoría de Menores e Incapaces, de la Defensoría General, del área de Habilitaciones, Seguridad, Salud Mental y Desarrollo Social del municipio, y del área de Fiscalización Sanitaria del Ministerio de Salud bonaerense.

Todos los extremos denunciados originalmente en el habeas corpus de la CPM fueron constatados en esa inspección judicial, habiendo quedado asentadas en un informe las irregularidades y vulneraciones de derechos registradas por todos los organismos estatales intervinientes.

Las autoridades de la comunidad terapéutica desconocían cuántas personas había alojadas; admitieron que no contaban con habilitación municipal ni provincial y que habían iniciado el proceso de conformación de una asociación civil. Se tomaron testimonios de personas que fueron secuestradas de su casa por la fuerza y llevadas a la comunidad terapéutica. En cuanto a prácticas violentas, de torturas y malos tratos, se narraron golpizas, ingesta forzada de “jugo loco” –psicofármacos disueltos en agua- y aislamiento como formas de castigo. Ninguna de las personas pudo identificar un profesional de psiquiatría dentro de la institución.

Asimismo, se detectaron tres casos de personas con diagnóstico en salud mental y ninguno contaba con controles de salud desde que había ingresado a la comunidad; ninguna de las internaciones fue informada a órganos judiciales para su debido control de legalidad, tanto en los casos de menores de edad como en las internaciones involuntarias que habían superado el plazo previsto por ley.

Se registraron condiciones edilicias y de higiene deficitarias, instalaciones eléctricas precarias y riesgosas respecto a la seguridad de las personas alojadas.

Avanzada la jornada de constatación y, habiendo constatado todo lo anterior, el Departamento de Auditorías Técnicas, Industria y Comercio del municipio de Moreno resolvió el cese del funcionamiento de la comunidad terapéutica Priorizar hasta que se diera completo cumplimiento al trámite de habilitación.

A partir de dicha resolución se evaluó en el momento las necesidades de abordaje de cada persona y en función de ellos algunas se retiraron con sus referentes afectivos (entre ellos 3 jóvenes menores de edad) y otras fueron derivadas a dispositivos de salud habilitados a partir de la gestión municipal.

La derivación de las personas se concretó al día siguiente de la constatación judicial y, mientras continúa el trámite de habeas corpus y la denuncia penal correspondiente por la posible comisión de delitos, el área de auditorías del municipio colocó la faja de clausura.

Casos como este siguen poniendo en evidencia la necesidad de profundizar el relevamiento territorial de las instituciones que funcionan de esta manera y el fortalecimiento de la fiscalización del Estado provincial.

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