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POR LA MUERTE DE 65 PRESOS COMUNES EN LA CÁRCEL DE DEVOTO EN 1978 Dos ex penitenciarios condenados por la masacre del Pabellón Séptimo: “ya no somos los bastardos sin gloria”

Por ldalbianco
15 diciembre, 2025
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Tras más de un año de juicio, la “Masacre del Pabellón Séptimo” tuvo condenas de 25 años para dos ex penitenciarios por el incendio en el que murieron 65 detenidos en el penal de Devoto el 14 de marzo de 1978. Los hechos abordados fueron declarados por el tribunal como graves violaciones a los derechos humanos, aunque no como delitos de lesa humanidad como pretendía la querella. Los condenados fueron el ex director de la unidad, Juan Carlos Ruiz, y el ex jefe de seguridad interna, Horacio Galíndez. En tanto, el ex celador Gregorio Zerda, de 74 años, fue absuelto. En su alegato, la fiscalía señaló que los hechos juzgados expresan dos dimensiones de violencia, la dictatorial y la carcelaria. ANDAR dialogó con una de las abogadas de la querella, Natalia D’Alessandro, y con el sobreviviente Hugo Cardozo sobre este fallo histórico.

ANDAR en la justicia

(Agencia Andar) El Tribunal Oral en lo Criminal Federal 5 de la Capital Federal condenó el pasado 11 de diciembre a dos de los tres ex penitenciarios que fueron juzgados por esta masacre, que durante décadas fue denominada “el motín de los colchones”, ocurrida en plena dictadura, en la que 153 detenidos fueron sometidos a tormentos y 65 de ellos murieron como resultado de la represión violenta y el incendio que se produjo en consecuencia en la Unidad Penitenciaria 2 de Devoto.

La pena es la misma que habían solicitado en sus alegatos el titular de la fiscalía general 2 ante los TOF, Abel Córdoba, y la querella que representa a sobrevivientes y familiares, a cargo de las abogadas Claudia Cesaroni, Natalia D’Alessandro y equipo. El tribunal, integrado por los jueces Nicolás Toselli (presidente), Daniel Obligado y Adriana Palliotti, impuso las condenas para Ruiz, de 93 años, y para Galíndez, de 92 años, en calidad de coautores funcionales del delito de imposición de tormentos reiterados en 88 oportunidades y tormentos seguidos de muerte reiterados en 65 oportunidades. Para el tercer imputado, que resultó absuelto, la fiscalía había solicitado 22 años de prisión por el mismo delito. El tribunal informó que el próximo 16 de marzo de 2026 se conocerán los fundamentos de la resolución.

Durante las tres audiencias de alegatos, los representantes del Ministerio Público Fiscal detallaron las circunstancias de la represión y el incendio provocados el 14 de marzo de 1978 en el Pabellón 7mo. de ese penal federal, situado en el barrio porteño de Villa Devoto, y analizó tanto las responsabilidades de los acusados como la actuación de las agencias estatales en el caso, tanto militares como judiciales hasta llegar al juicio. La fiscalía calificó los hechos como crímenes contra la humanidad de acuerdo a los requisitos del artículo 7 del Estatuto de Roma. Analizó que el contexto histórico es definitorio en ese análisis, al igual que la adscripción de los imputados al plan criminal en curso en la época. También puntualizó que para esa calificación prima la conducta de los acusados y no la condición de “presos comunes” de los detenidos.

El juicio comenzó en octubre de 2024 y, al mes siguiente, el tribunal, las partes y algunos testigos participaron de una inspección ocular en el penal, donde dos de los sobrevivientes reconocieron los sitios donde ocurrieron los hechos. La querella constató, además, que las condiciones actuales de detención son aún peores que las de aquel momento.

Bastardos con historia

“Todos fuimos golpeados por una parte de la sentencia, pero para mí fue un 70 a 30 porque de una pila de papeles viejos el equipo jurídico, los testigos y nuestros relatos en el juicio lograron dos condenas contundentes jurídicamente; Claudia, Denise, Natalia y otros colaboradores lograron algo que quedará en la historia, así que ya no somos los ‘bastardos sin gloria’”, dijo a ANDAR Hugo Cardozo, uno de los sobrevivientes, que al momento de los hechos tenía 19 años. Sobre la alusión a la película de Quentin Tarantino, estrenada en 2009 y protagonizada por Brad Pitt y Christoph Waltz, Hugo Cardozo explica: “en la segunda guerra mundial un grupo de bastardos lleva a cabo una acción heroica en un sector de Europa, pero nunca fueron reconocidos porque no eran parte del ejército sino condenados por delitos comunes. Así nos sentíamos nosotros presos comunes, en la cárcel de Devoto donde había mil presas políticas y en el contexto de aquel gobierno nefasto, nunca habíamos sido reconocidos, fue la peor masacre en la historia carcelaria del país, que se pudo cometer porque estábamos viviendo momentos de terror, así que luego de tantos años la sentencia es un reconocimiento”. En efecto, momentos antes del dictado de la sentencia el juez pronunció el nombre y el apellido de cada uno de los masacrados, y quienes sobrevivieron se sintieron por fin reivindicados.

Cardozo, que ahora tiene 66 años, había terminado preso en Devoto por el robo de un automóvil. Fue empleado público durante 30 años y ahora está jubilado. En la ropa que suele vestir lleva impreso el logo que Rocambole, el ilustrador de las portadas de los discos de los Redondos, hizo y donó para apoyar la lucha de los sobrevivientes. Aquel 14 de marzo en medio de las llamas que lo consumían, mientras sus compañeros morían quemados y los oficiales disparaban a quemarropas, sintió que abandonaba este mundo. Se despertó rodeado de cadáveres, pero todavía faltaba lo peor: la represión posterior al incendio.

El derecho como herramienta de lucha

“Estamos contentas con la finalización del juicio, nosotras habíamos pedido que fuera declarado como delito de lesa humanidad y reciban condena los tres imputados, y eso no sucedió, el tribunal resolvió que era una grave violación a los derechos humanos, lo cual también permite que sean hechos imprescriptibles y gracias a eso se condenó a los dos jefes, pero absolvió a Zerda en el entendimiento de que no tuvo poder de decisión”, relató a esta agencia la abogada Natalia D’Alessandro, parte del equipo de la querella. “Este caso estuvo mucho tiempo archivado como un motín, así que es una alegría haber logrado una condena, el tribunal dijo que se trató una masacre, lo cual es muy importante, fueron condenados dos ex funcionarios por su accionar durante el terrorismo de Estado en este hecho concreto, y es enorme la trascendencia que un fallo así tiene respecto a las violaciones a los derechos humanos que aún hoy se cometen en las cárceles”, sumó.

D’Alessandro admitió que en un primer momento se frustraron al no haber obtenido todo lo que pedían, pero con el paso de los días tomaron dimensión de la condena que se logró por la enorme repercusión que tuvo en los colectivos jurídicos que batallan en los procesos por los crímenes de lesa humanidad y organismos de derechos humanos. “Sin la lucha de familiares y sobrevivientes, y la nuestra que consideramos el derecho como una herramienta de lucha, esta causa seguramente hubiera continuado archivada, llena de polvo y de pis y caca de rata, así que para todos y todas fue muy trascendente haber llegado hasta acá”, expresó la abogada. “Valoramos haber tenido este final en un contexto tan adverso para la lucha de los derechos humanos, para el avance de las causas judiciales de lesa humanidad, justamente el mismo día que estábamos esperando se hizo la audiencia en el intento de avanzar contra compañeros y compañeras militantes de los ‘70, como es el proceso de Coordinación Federal, de modo que cobra una dimensión mayor, a dos semanas de las absoluciones en la causa Villazo”, reflexionó D’Alessandro.

Al mismo tiempo, recordó que hay una parte de la causa que sigue en la instancia de instrucción, con la imputación y el procesamiento del juez Guillermo Rivarola y de otros tres penitenciarios dispuesto por el juez federal Daniel Rafecas, resolución que está apelada pero que constituye el proceso Masacre del Pabellón 7mo., segunda parte.

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