Otorgaron prisión domiciliaria a los condenados por la Masacre de Quilmes
Cuatro días duró la cárcel común y efectiva para el ex comisario Soria y los oficiales D’ Elia, Fernando Pedreira, y Juan Carlos Guzmán. Las defensas, encabezadas por Rojo, la mujer del ex comisario Soria, presentaron un hábeas corpus solicitando el beneficio de la prisión domiciliaria. Los policías fueron encontrados responsables por los delitos de torturas, apremios ilegales y la muerte de 4 adolescentes -Elías Giménez, Diego Maldonado, Miguel Aranda y Manuel Figueroa-, en la comisaría 1° de Quilmes, en octubre de 2004. Los jueces de la Cámara de Apelaciones II de Quilmes –Dr. Rousseau y el Dr. Falcón- aceptaron el recurso presentado.
ANDAR en Quilmes
(Agencia) El pasado lunes el TOC 3 de Quilmes condenó a 10 años de cárcel efectiva al comisario Juan Pedro Soria y al oficial D’ Elia, a 19 años a Fernando Pedreira, a 9 años a Juan Carlos Guzmán y a penas de entre 3 y 4 años a los agentes restantes: Basilio Vujovich, Jorge Gómez, Franco Góngora, Gustavo Altamirano, Humberto Ávila y Elizabeth Grosso. El TOC3 dispuso que quienes cumplirían las condenas menores se les otorgara prisión domiciliaria monitoreada con pulsera. Luego de la presentación esta semana del habeas corpus, la Cámara de Apelaciones revocó la decisión del Tribunal de primera instancia y otorgó el beneficio a los condenados. Esta tarde, Soria, D´Elía, Pedreira y Guzmán serán trasladados desde los distintos penales provinciales a sus domicilios particulares. Luego de 11 años, los familiares de las víctimas y los sobrevivientes, que el lunes pasado sintieron un poco de alivio y justicia por lo sucedido, hoy no dejan de sorprenderse ante las influencias de las fuerzas de seguridad dentro de los tribunales de Quilmes.
Los jueces Rousseau y Falcón fundamentaron que las condenas dispuestas a los oficiales Soria, Guzmán, Pedreira y D´Elía aún no son condenas firmes y entendieron que no pueden aplicarse “restricciones rigurosas”, como el encarcelamiento en unidades penales. También consideraron que no hay riesgo de fuga de los imputados si los mismos obtuvieran otro tipo de reclusión- este fue un pedido de la fiscalía durante los alegatos- y razonaron que las medidas cautelares tomadas por el TOC 3 en su fallo condenatorio fueron de aplicación “arbitraria” y sin la fundamentación requerida para sostener la reclusión efectiva dentro de una unidad penal.
Finalmente, la Cámara de Apelaciones II resolvió revocar lo decidido por el TOC 3 en relación a la detención dispuesta, hacer lugar al habeas corpus y disponer que el ex comisario Soria y los oficiales Pedreira, D´Elía y Guzmán obtengan, a partir de esta tarde, el beneficio de detención domiciliaria con monitoreo electrónico como los demás policías condenados.
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