TRAS EL VEREDICTO CONDENATORIO DE UN JURADO POPULAR El policía bonaerense que mató a Bastian Escalante recibió la pena de 21 años de prisión

El niño fue asesinado cuando salía junto a su madre del club Barrio la Carne, en Avellaneda. Recibió un disparo del policía bonaerense Juan Alberto García Tonzo que tiraba indiscriminadamente por la espalda contra unos jóvenes que habían intentado robarle. A fines de septiembre un jurado popular lo encontró culpable y ahora la jueza María Angélica Sayago del Castillo definió el monto de la pena en 21 años de prisión más la de inhabilitación especial por diez años para desempeñar funciones como policía de seguridad pública o privada y/o de prevención, y también para tener o portar armas de fuego. La CPM intervino en la causa y el juicio como particular damnificado institucional en su calidad de Mecanismo Local de Prevención de la Tortura.
ANDAR en Avellaneda
(Agencia Andar) El policía fue hallado culpable por mayoría de votos del jurado por el delito de homicidio agravado por el uso de arma fuego contra Bastian y, por unanimidad, por el delito de homicidio en exceso de la legítima defensa en grado de tentativa contra los jóvenes que habían intentado robarle y ya huían dándole la espalda.
Ahora la jueza a cargo del Tribunal Oral Criminal N° 4 de Avellaneda definió que García Tonzo deberá cumplir 21 años de prisión y lo inhabilitó a ejercer cualquier tipo de función policial pública, privada o de prevención y a portar armas de fuego por diez años. En su sentencia además exhortó al poder Ejecutivo de la provincia de Buenos Aires, y al Municipio de Avellaneda a “gestionar y propiciar la atención integral con tratamiento médico, psicológico y psiquiátrico gratuito e inmediato para las víctimas y familiares” de forma coordinada y a colocar una placa conmemorativa o renombramiento de espacio público en la zona de los hechos “o acciones similares”, previamente consentida y consensuada con la familia. Este tipo de medidas de reparación integral fueron solicitadas por la Comisión Provincial por la Memoria en su función de particular damnificado institucional durante el debate oral y la audiencia de cesura que se realizó para determinar el monto de la pena.
La jueza valoró positivamente las pericias de la CPM -psicológicas y ambientales- como varios de los argumentos del equipo del organismo en torno a los agravantes del caso. En su fallo agradeció que “hayan podido dar espacio y libertad para que esta familia pueda contar como esta tragedia impacto en sus vida, y a la vez poner en evidencia no sólo la falla del sistema en entregar un arma de fuego a quien debía, sino también poner en resalto que poco se considera la reparación integral de las víctimas”.
Durante la audiencia de cesura, de acuerdo al veredicto emitido por el jurado popular, el Ministerio Público Fiscal, la CPM, y el abogado de la familia de Bastian habían solicitado penas de entre 25 y 35 años. Los tres actores coincidieron en señalar que la valoración de la actuación de García Tonzo debía considerar todos los agravantes aportados en la acusación: la condición de funcionario policial, el uso abusivo del arma reglamentaria, el lugar y contexto del hecho –por tratarse de un horario diurno y una zona con circulación de personas por estar cerca de varios establecimientos educativos y deportivos–, la pluralidad de víctimas en riesgo, el daño irreversible causado por la muerte de un niño de 10 años y la extensión del daño a sus familiares y la falta de auxilio posterior.
En su resolución la jueza María Angélica Sayago del Castillo dio por acreditado todos estos agravantes. “Fue poco tiempo que duró el hecho, pero suficiente para que García Tonzo tomara las decisiones que tomó, esgrimir el arma de fuego, disparar por la espalda a personas desarmadas y en huída, y seguir disparando cambiando de posición y lugar donde efectuar disparos”, señala la magistrada en la descripción del hecho. Y sobre el modo de actuar destaca la “persistencia y abuso de la utilización del arma de modo indiscriminado y sin medir riesgos” y que luego de disparar el policía en ningún momento se acercó a asistir a Bastian.
Como se mencionó, a petición de la CPM, la jueza Sayago del Castillo valoró las pericias sobre las afectaciones psicológicas que este caso produjo en la familia del niño: “devastados en su subjetividad”, sin acompañamiento y reponiéndose al dolor para poder encarar las prácticas cotidianas de subsistencia.
Por su parte la defensa de García Tonzo, durante la audiencia de cesura, volvió a insistir con que el ex policía sea penado con la carga de prisión que corresponde a un homicidio culposo; un pedido que fue desestimado por la jueza porque significaría desvirtuar el veredicto emitido por el jurado popular.
Cabe destacar que el fallo también ordena al Poder Ejecutivo bonaerense “que refuerce y amplíe la capacitación del personal policial, en materia de DDHH, uso racional de la fuerza, técnicas de respuesta racional en situaciones de “shock o stress” de enfrentamiento”.