“Te voy a hacer la vida miserable”: torturas y malos tratos en hogar convivencial de Balcarce

La justicia hizo lugar a un habeas corpus presentado por la Comisión Provincial por la Memoria (CPM) que, tras una inspección en su calidad de Mecanismo Local de Prevención de la Tortura, denunció graves vulneraciones a los derechos humanos en el Hogar Protección de la Infancia, ubicado en la ciudad de Balcarce, donde se alojan 23 niños y niñas de 2 a 12 años. El Juzgado de Familia N° 3 de Mar del Plata ordenó al Organismo Provincial de Niñez y Adolescencia prohibir el ingreso de nuevos niños, niñas y adolescentes, y le dio un plazo de 30 días para presentar un plan de restitución de derechos que integre medidas de reparación, elaboración subjetiva y garantías de no repetición disponiendo de capacitaciones y recursos para el Hogar. La directora y otra operadora, además, afrontan una denuncia penal por violencia verbal, amenazas y lesiones.
ANDAR en Balcarce
(Agencia Andar) El caso trascendió por la difusión de un audio de 40 minutos de la presidenta de esa institución y una empleada insultando y humillando a niños y adolescentes que estaban bajo su “protección”, con frases y amenazas tales como “te voy a hacer la vida miserable” o “te rompo la cara de una cachetada si me llegás a escupir, te rompo en veinte, gran paliza te hago dar y no se da cuenta nadie”. El conflicto grabado por otra empleada comienza porque uno de los niños había roto un vidrio en medio de una crisis emocional porque lo iban a separar de su hermano, que iría a otro hogar.
Luego de tomar conocimiento de este audio, y a partir del trabajo conjunto con el Comité Nacional de Prevención contra la Tortura (CNPT), la CPM inspeccionó el hogar convivencial, un establecimiento privado que funciona bajo jurisdicción del Estado provincial, y detectó graves vulneraciones de derechos: hechos de torturas, tratos crueles, inhumanos y degradantes, falta de personal y ausencia de una abordaje restitutivo de derechos que tengan en cuenta la particular situación de vulnerabilidad de los niños y niñas alojados en el lugar.
A esto se suma la casi inexistencia de controles por parte del Servicio Zonal de Mar del Plata, responsable estatal de la supervisión de la institución en el marco del convenio vigente con el Organismo Provincial de Niñez y Adolescencia. Más grave aún, al momento de la inspección realizada por la CPM, la coordinadora del Servicio Zonal, Verónica Lago, cuestionó y obstaculizó las tareas de monitoreo que la CPM debía realizar como Mecanismo Local de Prevención de la Tortura, queriendo impedir que los niños fueran entrevistados.
A partir de esta inspección, y tras constatar las graves vulneraciones de derechos en que se encontraban los 23 niños y niñas alojadas en el hogar, la CPM presentó un habeas corpus colectivo que quedó radicado en el Juzgado de Familia N° 3 de Mar del Plata. Rápidamente la jueza Amelia Dorado dio curso al habeas, dispuso la prohibición de nuevos ingresos y ordenó OPNyA, a través del Servicio Zonal de Mar del Plata y/o la Subsecretaría de Promoción y Protección de Derechos, la presentación de plan de restitución de derechos de los niños y niñas alojados en el Hogar, con medidas reparatorias y garantías de no repetición para un abordaje adecuado al daño subjetivo provocado.
Además del trámite del habeas, se encuentra en instrucción la denuncia penal realizada por profesionales del Hogar por hechos de violencia ocurridos el 25 de noviembre pasado.
La presidenta de la Sociedad de Protección a la Infancia –que gestiona el Hogar–, Alejandra Género, y una operadora del lugar, Marisa Benaduche, están procesadas por los delitos de lesiones, amenazas y coacción. La imputación está a cargo de los fiscales Rodolfo Moure y Laura Molina, de la fiscalía descentralizada de Balcarce, con intervención del juzgado de Garantías 2 de Mar del Plata. Además del procesamiento, el juez Saúl Errandonea dictó una medida de restricción de acercamiento a los niños involucrados.
Durante las entrevistas realizadas por la CPM a los niños surgieron relatos coincidentes con la situación de violencia denunciada consignada en la denuncia penal. Uno de los niños refirió que se encontraba en la cocina cuando Marisa, cuidadora del Hogar, ingresó al sector, lo empujó y le gritó “dejá de patear cosas”. El niño explicó que estaba pateando una “Croc” (marca de calzado) y que le respondió “si vos no las comprás, las dona la gente”. A partir de esa respuesta, relató que Marisa lo empujó y que, al intentar empujarlo nuevamente, se cayó, lo que “la enojó”. Indicó que luego lo rasguñó, mostrando marcas en sus brazos y señalando que tenía otras lesiones en distintas partes del cuerpo. Asimismo, manifestó que Marisa volvió a empujarlo contra la pared, provocándole un golpe del cual le salió un “huevo en la cabeza”.
Según su relato, tras este episodio, la operadora llamó a la presidenta de la Comisión Directiva, la otra imputada, quien se presentó en el Hogar sin autorización de la directora del dispositivo. Esta persona no tenía facultades de intervención con los niños y niñas, a quienes ni siquiera conocía. Al ingresar, Alejandra comenzó a gritarles, amenazarlos e insultarlos de manera muy violenta a él y a otro grupo de niños. Les decía que les iba a pegar, a ordenar que personas más grandes los “caguen a palo”, que alguien les “meta la parte íntima en la garganta” y que a uno de ellos le dijo que iba a hacer que “se chupe el dedo con su caca”. También relataron que, en ese contexto, uno de los niños rompió un vidrio durante una crisis y que “Alejandra le dijo que lo iba a cambiar de Hogar y a separarlo de sus hermanos”.
Otro de los niños, al ser consultado sobre lo sucedido, expresó que “Alejandra nos dijo cosas feas, nos maltrató y la denunciamos, ahora estamos viendo si la meten presa o no”. Agregó además “yo tenía mamá nueva, ella me dijo que me la iba a sacar, ahora mi mamá no está”, haciendo referencia a una vinculación reciente que se encontraba en curso con una persona adoptante.
En el habeas corpus presentado ante el Juzgado de Familia, la CPM señaló especialmente la responsabilidad estatal de lo acontecido, ya que a pesar de tratarse de una institución privada, esta mediante un convenio por el cual el Organismo Provincial de Niñez y Adolescencia, órgano de aplicación de la normativa vigente, delega el cuidado y la protección de los derechos de los niños, niñas y adolescentes sin cuidados parentales. De esta manera, puso de manifiesto la deficiente supervisión previa del Servicio Zonal que generó las condiciones que propiciaron este grave episodio. La ausencia de escucha de niños y niñas por parte del Servicio Zonal previamente imposibilito identificar episodios de violencia verbal y castigos severos que, según afirmaron los niños y niñas entrevistados, ya venía ejerciendo una de las denunciadas. También señaló los déficits en el funcionamiento del Hogar: “poco personal –dos personas por turno para 29 niños–, pésimas condiciones de trabajo que desgastan la calidad de cuidado, ausencia de formación actualizada y herramientas para el abordaje de crisis, falta de criterio en las funciones de los distintos actores tales como la Comisión Directiva y el personal del Hogar”.
En el habeas corpus presentado ante el Juzgado de Familia, la CPM señaló especialmente la responsabilidad estatal de lo acontecido, ya que a pesar de tratarse de una institución privada, esta mediante un convenio por el cual el Organismo Provincial de Niñez y Adolescencia, órgano de aplicación de la normativa vigente, delega el cuidado y la protección de los derechos de los niños, niñas y adolescentes sin cuidados parentales. De esta manera, puso de manifiesto la deficiente supervisión previa del Servicio Zonal que generó las condiciones que propiciaron este grave episodio. La ausencia de escucha de niños y niñas por parte del Servicio Zonal previamente imposibilito identificar episodios de violencia verbal y castigos severos que, según afirmaron los niños y niñas entrevistados, ya venía ejerciendo una de las denunciadas. También señaló los déficits en el funcionamiento del Hogar: “poco personal –dos personas por turno para 29 niños–, pésimas condiciones de trabajo que desgastan la calidad de cuidado, ausencia de formación actualizada y herramientas para el abordaje de crisis, falta de criterio en las funciones de los distintos actores tales como la Comisión Directiva y el personal del Hogar”.
“Que el lugar que debe cuidarlos vuelva a propiciar hechos semejantes a los padecidos con anterioridad no puede pasar por desapercibido en el relato, el encuadre y la mirada que se les ofrece desde el Estado a los niños y niñas. Preocupa la inexistencia de una estrategia reparatoria que elabore lo sucedido y brinde posibilidades para una salida con mejoras significativas que se traduzcan en saldos positivos en beneficio de los derechos de los niños y niñas”, señaló la CPM en el habeas corpus colectivo.
“A partir de lo relevado es posible afirmar que el Organismo Provincial de Niñez y Adolescencia y concretamente el Servicio Zonal no han tenido una participación proactiva en el monitoreo del Hogar y tampoco en la asistencia a la necesidades del mismo. No se le prestó al Hogar la asistencia que se requiere a partir del convenio celebrado, ni se le hicieron las observaciones pertinentes que podrían haber servido para prevenir la producción de hechos de violencia”, concluyó la CPM en el habeas corpus.
Además del trámite colectivo, en su carácter de Mecanismo Local de Prevención de la Tortura, también realizó presentaciones individuales a Servicios Locales y Juzgados de Familia intervinientes por los niños a cargo, y se presentará como particular damnificado institucional en la causa penal contra la ex presidenta de la Comisión Directiva y una de las cuidadoras del lugar. Frente a esta situación crítica se cambiaron las autoridades de la institución conveniada.
“A partir de lo relevado es posible afirmar que el Organismo Provincial de Niñez y Adolescencia y concretamente el Servicio Zonal no han tenido una participación proactiva en el monitoreo del Hogar y tampoco en la asistencia a la necesidades del mismo. No se le prestó al Hogar la asistencia que se requiere a partir del convenio celebrado, ni se le hicieron las observaciones pertinentes que podrían haber servido para prevenir la producción de hechos de violencia”, concluyó la CPM en el habeas corpus.
Además del trámite colectivo, en su carácter de Mecanismo Local de Prevención de la Tortura, también realizó presentaciones individuales a Servicios Locales y Juzgados de Familia intervinientes por los niños a cargo, y se presentará como particular damnificado institucional en la causa penal contra la ex presidenta de la Comisión Directiva y una de las cuidadoras del lugar. Frente a esta situación crítica se cambiaron las autoridades de la institución conveniada.

















