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Home›Justicia›PRESENTACIÓN DE LA CPM Otra resolución para garantizar el derecho al voto en las cárceles

PRESENTACIÓN DE LA CPM Otra resolución para garantizar el derecho al voto en las cárceles

Por Ana Lenci
22 octubre, 2015
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El Juzgado de Ejecución Nº 2 de Mar del Plata, a cargo del Dr. Juan Galarreta, ordenó que se tomen las medidas necesarias para garantizar a los detenidos en la UP 15 de Batán información sobre el derecho al voto, publicidad de las propuestas de los partidos políticos y regularización de documentos. Estos requerimientos fueron solicitados por la CPM en una mesa de trabajo constituida con el fin de hacer efectivo el fallo de la Justicia que había declarado inconstitucionales los artículos que impedían votar a las personas condenadas.

ANDAR en las cárceles

(Agencia CPM) A principio de año, el Juzgado de Ejecución Nº 2 de Mar del Plata falló a favor de que pudieran votar los detenidos en el penal de Batán con condena firme. El dictamen dio lugar una presentación en 2013 de la Comisión Provincial por la Memoria solicitando la inconstitucionalidad de los artículos que limitaban el sufragio a personas condenadas (restricción prevista en los incisos 2.c, 3.a, b, c, d, e y g del artículo 3º del Código Electoral Provincial y del inc. 2 del art. 19 del Código Penal de la Nación, en función del art. 12 del mismo cuerpo legal).

En ese entonces, destacamos el fallo que significaba un avance en el reconocimiento de derechos para las personas privadas de libertad. Sin embargo, durante las PASO (primarias abiertas simultáneas y obligatorias), los funcionarios del Servicio Penitenciario Bonaerense informaron que estaba en condiciones de votar menos del 40% del padrón constituido en la UP 15 de Batán porque los demás los detenidos no figuraban en el padrón o no contaban con DNI. Entre los habilitados para votar, sólo 104 detenidos ejercieron su derecho (el 29% del padrón). De las 104 personas, casi el 20% eran condenados que votaron en razón del pedido de inconstitucionalidad presentado por la CPM en 2013. Por ese motivo, la CPM volvió a intervenir para que el Ministerio de Justicia y la Junta Electoral Provincial regularicen la situación con vistas a las próximas elecciones generales.

Con esa finalidad, en septiembre se constituyó una mesa de trabajo en la que los representantes de la CPM expusieron las acciones necesarias para garantizar información y transparencia en las próximas elecciones y permitir el efectivo e integral ejercicio del derecho al voto.

En esa línea, una nueva resolución del Juzgado de Ejecución Penal nº 2 de Mar del Plata, a cargo de Juan Galarreta, libró oficios al Ministerio de Justicia de la provincia de Buenos Aires y la Cámara Nacional Electoral tendientes a arbitrar las medidas necesarias para cumplir con estos requerimientos. En el dictamen, el juez Galarreta emitió órdenes operativas para distribuir entre los detenidos información referente al derecho al voto incluyendo tanto a procesados como a condenados, y la obligación de los internos al efecto de acompañar el documento de identidad respectivo, autorizar la distribución de material informativo vinculado a las propuestas formuladas por los distintos partidos políticos y solicitar que se remita el padrón electoral con la mayor anticipación posible.

Al mismo tiempo, en las audiencias que realiza la mesa de trabajo para control y seguimiento de las resoluciones adoptadas, se autorizó la presencia de un equipo compuesto por el Observatorio de Estudios  Electorales y Político Institucionales de la Facultad de Ciencias Jurídicas y Sociales de la UNLP y Carolina Ciorda, en representación de la CPM, que se encargará de monitorear el desarrollo de los comicios el próximo domingo con la finalidad de evaluar el proceso electoral y proponer nuevas medidas y herramientas para continuar el plan de trabajo de esta mesa en vista de lograr avances en línea con el fallo judicial.

En su momento, al realizar la presentación judicial declarando la inconstitucionalidad de los artículos que prohibían a los condenados a votar, expusimos que “los jueces no deben limitar el goce de este derecho, más aun cuando el grupo perjudicado resulta ser un colectivo particularmente vulnerable y afectado de modo ineludible por las decisiones de la mayoría representada”. Ese mismo argumento nos obliga a seguir interviniendo para que el novedoso fallo de la justicia sea efectivamente cumplido y el derecho ciudadano sea íntegramente reconocido.

La predisposición a sostener el trabajo que se viene realizando desde la mesa de trabajo y estas resoluciones judiciales, en consonancia con los reclamos que expusimos desde la CPM,  van en la dirección correcta y demuestran que existe una preocupación por atender y resolver los límites y dificultades que se observaron  durante las PASO y limitaron el efectivo cumplimiento del derecho al voto por parte de los detenidos.

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