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Home›Justicia›LA CPM APELÓ LA DECISIÓN Masacre de Pergamino: Niegan a las familias presentarse como damnificadas en una causa vinculada al juicio

LA CPM APELÓ LA DECISIÓN Masacre de Pergamino: Niegan a las familias presentarse como damnificadas en una causa vinculada al juicio

Por ldalbianco
12 abril, 2021
1350
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Brian Carrizo, uno de los seis ex policías condenado por la masacre de la Comisaría 1ª de Pergamino, está acusado y fue indagado por el delito de agresión por haber arrojado el día de la lectura de sentencia una silla hacia donde estaban las familias y abogados y abogadas de las víctimas. El juez de garantías Fernando Ayestarán rechazó la presentación como particulares damnificadas en la causa de tres familiares; una decisión arbitraria, también sostenida por la fiscal, que desconoce o cuanto menos minimiza la tentativa de agresión del imputado y niega la participación en la investigación de las víctimas. La Comisión Provincial por la Memoria (CPM) patrocina a las familias y apeló la decisión ante la Cámara.

ANDAR en Pergamino

(Agencia Andar) En dos oportunidades, el titular del Juzgado de Garantías N° 3 de Pergamino, Fernando Ariel Ayestarán, negó a familiares de las víctimas de la masacre de Pergamino presentarse como particulares damnificadas en la causa que investiga el intento de agresión de uno de los condenados durante la audiencia de lectura de sentencia. Para el juez, las familiares no tienen legitimidad para intervenir en el proceso en calidad de víctimas.

El 20 de diciembre del 2019, el Tribunal Oral Criminal N° 1 de Pergamino condenó a seis ex policías por la muerte de siete jóvenes en la masacre de la comisaría 1ª de esa ciudad, ocurrida el 2 de marzo de 2017. Durante la lectura de la sentencia, la audiencia debió levantarse abruptamente porque las personas que acompañaban a los policías provocaron e insultaron a las familias de las siete víctimas.

Peor aún, durante ese ataque, Brian Carrizo, uno de los condenados, arrojó una silla de la sala del tribunal contra el estrado donde estaban sentadas las madres de las víctimas, sus abogados y abogadas. La silla impactó en un agente del Servicio Penitenciario que estaba formando un escudo humano para proteger la integridad de las personas allí sentadas.

El hecho fue denunciado por la Comisión Provincial por la Memoria (CPM), que patrocinó a cinco de las familias, y por el presidente del Tribunal Guillermo Burrone. En marzo del 2020, el juez remitió las actuaciones a la UFIJ N° 6 de Pergamino para que se investigue el delito de “Perturbación en el ejercicio de las funciones públicas”. Tras siete meses de instrucción, la fiscal Patricia Fernández archivó la causa.

Sin embargo, el Fiscal General de Pergamino Mario Daniel Gómez ordenó la reapertura de la investigación porque, entendía, podía haber otro delito. Tras la excusación de Fernández, la causa recayó en la UFIJ N° 7, a cargo de Alejandra Giotti, que calificó los hechos bajo el delito de agresión con arma en los términos del art. 104 tercer párrafo del Código Penal e indagó al ex policía Brian Carrizo por la agresión.

Las cámaras que estaban filmando y transmitiendo la audiencia grabaron el momento de la agresión, el mismo acusado reconoció haber arrojado la silla aunque se excusó, durante la indagatoria, en un episodio de nervios.

A pesar de toda esta prueba, el Juez de Garantías Fernando Ayestarán rechazó arbitrariamente la presentación de las familiares de las víctimas de la masacre, víctimas ellas mismas del intento de agresión por Carrizo.

La arbitrariedad es tal que, por ejemplo, en el primer rechazo, el juez Ayestarán funda su decisión en base a un análisis sobre una hipótesis que no corresponde a la investigación. En ese momento, Ayestarán adujo que las familiares no tenían legitimidad para ser particulares damnificadas porque en el delito de “Perturbación en el ejercicio de las funciones públicas” no es un delito contra las personas. Cuando el juez tomó esa decisión, la causa ya se investigaba como agresión.

La CPM, que patrocina a las tres familiares, interpuso un recurso de reposición y subsidiariamente la apelación. Frente a esta presentación es que el juez Ayestarán niega por segunda vez la calidad de víctimas de las familiares. Esta vez, compartiendo argumentos con la fiscal Giotti, que interviene en el recurso porque el juez le corrió vista para que opine.

En esta oportunidad, el argumento de la fiscal y el juez es que en última instancia la víctima de la agresión de Carrizo es el personal de custodia; una interpretación de los hechos que desconoce el contexto en que esa agresión se produjo y la intención del imputado de agredir a las familias de las víctimas del crimen por el que estaba siendo condenado.

Al rechazar el pedido de reposición, el juez Ayestarán remitió las actuaciones a la Cámara de Apelaciones de Pergamino que, ahora, deberá resolver sobre la apelación y decidir si las familiares, a quienes Carrizo intentó agredir, pueden presentarse como particulares damnificadas en calidad de víctimas o no.

El 20 de diciembre de 2019, Brian Carrizo fue condenado a 11 años de prisión por el delito de de abandono de personas agravado por el resultado de la muerte; a pesar de la gravedad institucional del hecho, Carrizo y otros tres de los ex policías imputados cumplen la pena en prisión domiciliaria.

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