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EL DERECHO DE LOS PUEBLOS ORIGINARIOS DEBE PREVALECER POR SOBRE LOS INTERESES DEL MERCADO Y LOS EMPRESARIOS PODEROSOS Carta al gobernador de Chubut, Mario Das Neves

Por ezemanzur
14 enero, 2017
1024
0

La Plata, 12 de enero de 2017.-

Al Gobernador de la Provincia de Chubut

Sr. Mario Das Neves

Su despacho. Rawson:

 

Nos dirigimos a Ud.  con el fin de transmitir nuestra preocupación institucional y manifestar un enérgico rechazo ante los hechos de persecución, represión y vulneración de derechos que vienen sufriendo los miembros de la Comunidad del Lof en Resistencia del Departamento de Cushamen y que tuviera el pasado 10 de enero un nuevo episodio de brutal represión por parte de fuerzas federales y provinciales.

La Comisión por la Memoria ha intervenido en más de una oportunidad en el conflicto que mantiene el Lof con la Compañía de Tierras del Sud Argentino, propiedad de la familia italiana Benetton por tierras que la comunidad mapuche reclama por derechos ancentrales de posesión y propiedad. También con el conflictos desatado con el gobierno provincial por la obstrucción de lad vías de “La Trochita”.

La motivación de nuestra participación ha estado siempre orientada a la resolución pacífica del conflicto y a la protección de los derechos de los pueblos originarios. Fue así que hemos hecho innumerables presentaciones a la Justicia, nos hemos entrevistado con los operadores judiciales involucrados y también con los miembros de la comunidad.

Por tal motivo a mediados del 2016 hemos sido convocados como veedores de la Mesa de Dialogo oportunamente convocada por el Juez Federal Dr. Guido Otranto. En dicha instancia de diálogo se trató de encausar el conflicto entre la Comunidad del Lof en Resistencia del Departamento de Cushamen  y el gobierno provincial.

Luego de dos reuniones de la Mesa de Dialogo, de manera unilateral el día 17 de noviembre el Sr. Martín Bortagaray, en su carácter de Presidente de la Corporación de Fomento del Chubut (CORFO-CHUBUT) dio aviso al Sr. Juez Federal Guido Otranto de no continuar participando del proceso de diálogo, asimismo manifestó desconocer cualquier acuerdo preliminar, considerando por cerradas las conversaciones en el marco de las instancias de facilitación implementadas.

Luego de ello, el Dr. Otranto, dio por finalizado el intento de Mesa de Diálogo y ordenó a la Comunidad quitar cualquier obstáculo que se encontrara en las vías por donde circulara “La Trochita”. Como no hubo una respuesta del Pueblo, el Juez consideró que este hecho implicaba el comienzo de ejecución del delito previsto en el art. 194 del Cód. Penal, en la modalidad de impedir el normal funcionamiento del transporte ferroviario, y por lo tanto tomó la decisión de adoptar medidas destinadas a hacer cesar la obstrucción.

Por ello, el 22 de diciembre de 2016, dictó una resolución ordenando el procedimiento. El mismo se llevó a cabo el 10 de enero con más de 200 efectivos de la Gendarmería Nacional produciendo una violenta represión que implicó mucho más que la liberación de las vías de ferrocarril: se destruyeron viviendas, hornos, fogones de la comunidad mientras se golpeaba ferozmente a quienes intentaban proteger sus bienes.

Al mismo tiempo el juez provincial, José Colabelli ordenó la intervención de la policía montada de Chubut para reprimir a las comunidades indígenas del Maitén que se acercaban al lof desafiando el bloqueo a los accesos. El operativo y violencia ejercida contra el Pueblo Mapuche fue justificada por el juez provincial por una denuncia de abigeato. En ese operativo la policía usó balas 9mm y detuvo de manera ilegal a siete miembros de la comunidad; hombres y mujeres estuvieron encerrados en una misma celda sin recibir atención médica durante varias horas. Mientras tanto, los operadores judiciales negaban la violencia de la represión y la existencia de heridos;  una de las mujeres detenidas con una fractura expuesta fue llevada a la guardia médica recién a la madrugada.

Ambas represiones dejaron decenas de heridos y casas destruidas, los miembros de la comunidad también denuncian que se llevaron sus animales sagrados.

El día miércoles, también en la zona del Maitén, nuevamente sucedieron hechos violentos y represivos con intervención de la policía de Chubut donde volvieron a reprimir con balas de plomo a la Comunidad del Lof en Resistencia del departamento Cushamen. Este operativo de fuerzas de seguridad tuvo un nivel de violencia inusitado, mayor al de los días anteriores, dejando al menos dos personas heridas de gravedad producto de los impactos de las armas de fuego.

Por último tomamos conocimiento que hubo varios detenidos de los cuales se negó cualquier tipo de información a los familiares durante varias horas, momentos en los que permanecieron en condición de desaparecidos.

No podemos dejar de señalar que la forma en que se realizaron todos los procedimientos no tuvieron en cuenta la presencia de los niños, niñas y adolescentes de la Comunidad quienes fueron vulnerados en sus derechos incumpliendo con la Convención de los derechos del Niño en la que se prescribe actuar teniendo en cuenta el interés superior del niño.

Cabe reafirmar que el reclamo a las tierras ancestrales que viene llevando adelante la Comunidad del Lof en Resistencia del departamento Cushamen está reconocido por la Constitución provincial en su art. 34, por la Constitución Nacional en el art. 75 inc 17 y  por los Tratados internacionales de Derechos Humanos (Convenio 169 de la OIT, la Declaración de las Naciones Unidas sobre los Derechos de los Pueblos Indígenas) y numerosa jurisprudencia de la Corte IDH que reconoce este derecho.

El derecho a la posesión y propiedad de las tierras que tradicionalmente ocupan las comunidades indígenas reconocido en el art. 75 inc. 17 de la CN, se complementa con la regulación de la entrega de tierras aptas y suficientes para el desarrollo humano. Esta cláusula debe integrarse con los instrumentos internacionales suscriptos por el Estado Nacional, como el Convenio 169 de la OIT y la Declaración de las Naciones Unidas sobre los Derechos de los Pueblos Indígenas, que ya hemos mencionado.Ambos instrumentos destinan gran parte de su articulado a regular lo atinente al derecho de propiedad y posesión de las tierras, territorios y recursos naturales que tradicionalmente ocupan los pueblos indígenas.

No abundaremos en consideraciones jurídicas que presumimos son conocidas por Ud en virtud de  su investidura.  Los marcos normativas que garantizan derechos, y han sido de avanzada en nuestro país, lamentablemente son letra muerta en este conflicto.

Los hechos de violencia anteriormente descriptos son la peor constatación de que así es. Como también lo ha sido la decisión que, de manera unilateral, tomó  la provincia de abandonar la Mesa de Diálogo y la del Juez Federal de convertir el reclamo de tierras ancestrales por parte de la Comunidad de Cushamen en una causa penal enmarcada en el art. 194 del Código Penal.

El derecho de Participación y Consulta de los Pueblos Originarios es otro de los derechos fundamentales de los Pueblos Indígenas en relación a los asuntos que puedan afectarlos, el cual debe ser respetado en todos los ámbitos institucionales, es decir en la faz administrativa, legislativa y judicial.

A pesar de esta constatación sistemática del incumplimiento de los marcos normativos no podemos resignarnos a que una y otra vez se sigan vulnerando los derechos de los que el estado debe ser su garante.

Por ello nos dirigimos a Ud. a fin de reclamarle su intervención a favor de los vulnerados en sus derechos, por el abuso de los emprendimientos privados y la lógica cruel y mezquina del mercado. Es indispensable que sus políticas se orienten a la resolución pacifica de este conflicto, en clave de incluir a quienes han padecido años de marginación y sometimiento. 

La Provincia de Chubut debe implementar políticas efectivas que incluyan a las comunidades originarias y garanticen sus derechos humanos.

La criminalización, estigmatización y persecución sistemática de los integrantes del Lof en resistencia del departamento de Cushamen, presentándolos como delincuentes, violentos y  terroristas, no contribuyen a resolver el conflicto, sino a profundizarlo. 

Cara y dolorosa ha sido nuestra historia reciente cuando desde el estado se respondió a la protesta y a las aspiraciones emancipadoras con la mano dura de la represión.

Sin negar el conflicto, creemos que hay caminos para resolverlos. Dicha resolución debe enmarcarse en lo que mandan las constituciones nacional y provincial y los tratados internacionales. El código penal no puede usarse para restringir derechos, sino todo lo contrario, quien criminaliza una legítima protesta y la convierte en delito en realidad está violando la Constitución, y está poniendo en riesgo a la democracia.

En ese sentido, en su momento vimos al proceso de la Mesa de Diálogo como el espacio propicio donde  las partes involucradas en el conflicto buscaban una solución en las que todos estuvieran de acuerdo y se respetaran las leyes y tratados internacionales.

Por todo lo expuesto, solicitamos a Ud. que arbitre todos los medios a su alcance para resolver de manera pacífica el conflicto, donde debe primar el derecho de los pueblos originarios por sobre los intereses del mercado. En ese camino, reasumir la Mesa de Dialogo convocada por la justicia federal, es uno de los caminos.

Al mismo tiempo, exigimos que de manera urgente inicie las actuaciones administrativas pertinentes para investigar y sancionar a los responsables de la violencia desatada en el territorio del Lof en resistencia en Vuelta del Rio por las fueras de seguridad de la Provincia de Chubut, más allá de las actuaciones judiciales pertinentes.

Ningún otro interés puede anteponerse a la protección de la vida y la integridad de las personas. La represión sobre la comunidad mapuche debe cesar de inmediato, y deben abrirse canales de diálogo. Ud. puede hacerlo, es su deber como cabeza del estado de la provincia de Chubut.

Con la esperanza de que así sea, lo saludamos muy  atentamente.

 

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