MASACRE DEL PABELLÓN SÉPTIMO Las querellas pidieron condenas y reparación de las víctimas: “cuando ocurrió nadie pedía por ellos”

Mientras se disponen a realizar sus alegatos las defensas en el juicio por los crímenes cometidos en la denominada masacre del Pabellón 7mo –ocurrida en plena dictadura en la cárcel de Devoto con el asesinato de 65 presos comunes y graves padecimientos físicos de otros 88–, la querella encabezada por las abogadas Claudia Cesaroni y Natalia D’Alessandro ya presentaron sus argumentos en sendas audiencias ante el Tribunal Oral Federal 5, integrado por los jueces Nicolás Toselli, Adriana Palliotti y Daniel Obligado, que inició este proceso el 9 de octubre de 2024. El Ministerio Público Fiscal representado por el fiscal general Abel Córdoba, y las auxiliares fiscales María Laura Grigera y Viviana Sánchez también pidieron la condena de los imputados. Los enjuiciados son el ex director del Instituto de Detención de Devoto, Juan Carlos Ruiz; el ex jefe de la División Seguridad Interna, Horacio Martín Galíndez; y el ex celador de la División Seguridad Interna, Gregorio Bernardo Zerda.
ANDAR en la justicia
(Agencia Andar) Las abogadas de la querella Cesaroni y D’Alessandro construyeron el caso como delito de lesa humanidad enmarcado dentro de las políticas de exterminio de la dictadura genocida. En ese contexto, el objetivo de su alegato fue convencer al tribunal de que una masacre de presos comunes –que no eran los objetivos caracterizados como enemigos de la dictadura porque no eran militantes populares, no eran activistas sindicales, ni barriales o estudiantiles, eran presos comunes o sociales– es un crimen de lesa humanidad. Éste ha sido el centro del trabajo que vienen haciendo ambas letradas desde hace 12 años.
“En el alegato reiteramos argumentos para construir el relato de los hechos de manera de describir que no fue una requisa común eso que pasó el 14 de marzo de 1978, y que los presos se negaron a que los requisaran, y que prendieron ellos, que es la narrativa penitenciario-judicial de aquel momento, y se quemaron vivos porque ni siquiera permitieron que les apagaran el fuego. Esa es la narrativa oficial desde aquel momento”, dijo Cesaroni en diálogo con Andar.
Las letradas reconstruyeron ese hecho con todos los testimonios de sobrevivientes y de testigos. “Muchas ex presas políticas vieron lo que pasó y hubo testimonios de presos de otros pabellones: en ese pabellón hubo una situación de rebeldía, por la negativa de un preso de apagar la televisión la noche anterior, Jorge Omar Tolosa, a la madrugada lo fueron a buscar, una patota penitenciaria como si hubieran ido a buscar a un compañero a la fábrica o a su casa, para sacarlo y torturarlo. Él se negó a salir y esa doble negativa lo pone en el lugar de un enemigo y de un rebelde que el Servicio Penitenciario no podía tolerar”, describió Cesaroni.
Por esta razón, a la mañana siguiente ingresó una requisa inusualmente violenta para llevárselo. Ahí se produce la reacción de los presos en defensa de su compañero y de sus propias vidas, porque la requisa fue brutal. Entraron golpeando con una violencia desmedida, mucho más que la habitual, y por eso reaccionaron corriendo a la requisa. “Tratamos de mostrar de la manera más gráfica posible que en marzo del ‘78 presos comunes empujan a la requisa hacia afuera; no los lastimaron, no tomaron rehenes ni pusieron en riesgo a los penitenciarios, simplemente los empujaron para que se fueran”, expresó la letrada.
Esa actitud fue correspondida con una masacre: disparos y gases lacrimógenos. “Mencioné el caso de Pablo Grillo, hemos visto lo que puede provocar una granada de gas lacrimógeno disparada a 60 metros en la vida de una persona. Acá estaban encerrados en un pabellón de 30 metros por 8, sin posibilidad de fuga, y les dispararon decenas de granadas de gas lacrimógeno y también usaron ametralladoras, se transformó en un pandemonium que se cobró 65 vidas”, apuntó Cesaroni.
“Peor ahora que hace 47 años”
En la segunda parte del alegato, Cesaroni y D’Alessandro avanzaron en la cobertura judicial que tuvo el crimen, que consolidó su impunidad. “Todo el sistema judicial encabezado en su momento por el juez (Guillermo) Rivarola, el mismo de la masacre de los curas palotinos, que fue parte de la construcción de esa narrativa del motín, y de que la culpa fue de los propios presos”, dijo.
También hicieron hincapié en que paradójicamente estos detenidos que no tenían causas políticas ni estaban a disposición del PEN sino de jueces, es decir que sus detenciones habían sido legales, tenían una situación de mayor vulnerabilidad porque no tenían un colectivo que las respaldara como las presas políticas, que además se acompañaban y respaldaban entre ellas. “Nadie pedía por ellos a nivel internacional, ni los visitaba la Cruz Roja o la CIDH, y eso se extiende al presente, por ejemplo llevamos a Roberto Cipriano García [secretario ejecutivo de la Comisión Provincial por la Memoria] que contó la situación de Magdalena, que es muy parecida, todavía hay mucho que explicar porque el mundo judicial desconoce lo que pasa en las cárceles, ni siquiera van”, mencionó. En tal sentido, Cesaroni remarcó que muchos de estos episodios empiezan por motivos sutiles, en aquel caso una película que los presos estaban mirando tranquilamente y vino un celador, el imputado Zerda, a ordenarles de mala manera que apagaran el televisor.
La Comisión Provincial por la Memoria, Mecanismo Local de Prevención de la Tortura bonaerense, inspecciona lugares de encierro de forma periódica desde 2005, por esa labor y experiencia, Roberto Cipriano García fue convocado como testigo de contexto en el juicio. “En el caso de Magdalena, Roberto contó que era el día de la madre y hubo una pequeña discusión sobre quién usaba el horno, pero eso que parece tonto tiene que ver con las condiciones de detención, con el hacinamiento, en Pabellón 7mo eran 160 presos para un lugar que como mucho podía tener 60, y cuando fuimos a hacer la inspección ocular en noviembre del año pasado con el Tribunal vimos que están peor ahora que hace 47 años, las condiciones materiales son peores, es una toldería”. Sin embargo, no toda la circunstancia carcelaria es igual. Cesaroni destacó que “cuando sucedió lo de Magdalena, a los tres días estaba la Comisión Provincial por la Memoria entrevistando a los sobrevivientes”.
Pedido de penas y reparaciones
El juez federal Daniel Rafecas procesó a Ruiz, Galíndez y Zerda por tormentos y tormentos seguidos de muerte, según el código penal que regía en la dictadura, y la querella pidió 25 años de cárcel para Ruiz y Galíndez, y 22 años para el ex celador Zerda. “Si el hecho hubiera sido cometido ahora, la tortura seguida de muerte tiene pena de prisión perpetua, se agravó con el retorno de la democracia”.
Más allá de tener una buena expectativa respecto a que haya una sentencia condenatoria, en tanto la masacre del Pabellón 7mo sea considerado un delito de lesa humanidad, Cesaroni enfatizó la importancia de que el TOF 5 acceda también a los pedidos de reparaciones, sobre todo la solicitud para que las personas alojadas en la ex cárcel de Devoto tengan garantizadas condiciones dignas de detención, y que el viejo edificio de esa institución no sea derribado sino conservado para que allí haya un sitio de Memoria, también requirieron que se coloque una placa en el frente que dé cuenta de los hechos ocurridos.
Mientras que en el marco de las políticas de reparación para las víctimas, las abogadas querellantes solicitaron que el tribunal ordene al Servicio Penitenciario Federal a pedir disculpas públicas a sobrevivientes y familiares de la masacre, que las víctimas accedan a las leyes reparatorias con que fueron alcanzadas las víctimas del terrorismo de Estado y sus nombres sean incorporados en el Monumento a las Víctimas del Terrorismo de Estado del Parque de la Memoria.
Por su parte la fiscalía solicitó que el exdirector del Instituto de Detención de Devoto, Juan Carlos Ruiz, y el exjefe de la División Seguridad Interna, Horacio Martín Galíndez, sean condenados a 25 años de prisión. En tanto, para el excelador de la División Seguridad Interna, Gregorio Bernardo Zerda, requirió la pena de 22 años de prisión. El MPF pidió que los imputados sean condenados en calidad de coautores por el delito de tormentos seguidos de muerte reiterado en 65 oportunidades y tormentos reiterados en 88 ocasiones

















