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Home›CPM›La justicia platense vulnera derechos esenciales  

La justicia platense vulnera derechos esenciales  

Por Sole Vampa
23 octubre, 2020
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La fiscal de La Plata Betina Lacky, con el aval del titular del Juzgado de Garantías N° 3 Pablo Raele, obligó a personas detenidas a realizar su declaración indagatoria de manera virtual desde las comisarías y con la presencia de personal policial. Estos actos de enorme gravedad institucional, que vulneran derechos medulares de nuestro orden constitucional, fueron cuestionados por el Defensor General de La Plata Omar Ozafrain y Eliseo Graziano y Mariela Porcel, defensores oficiales. La medida impide no sólo el derecho de defensa sino que afecta una salvaguarda esencial para las personas detenidas, la de mantener comunicación privada con su defensor sin presencia de policías. En un contexto de crecimiento de los casos de torturas y de intervenciones policiales que restringen de manera arbitraria e ilegal la libertad, la medida genera condiciones de posibilidad para convalidar graves violaciones de derechos humanos. La CPM acompañó las acciones realizadas por la Defensa Pública de La Plata para revertir esta situación y realizará presentaciones al Procurador General, la Cámara de Apelaciones y Garantías platense y la Suprema Corte provincial.

 ANDAR en La Plata

(CPM) La titular de la fiscalía nº 2 de La Plata Betina Lacky –con el aval del juez de garantías Pablo Raele– decidió tomar todas las declaraciones indagatorias a las personas detenidas en comisarías por vía exclusivamente telemática; una decisión adoptada sin acuerdo de las partes y violando los derechos y garantías procesales que consagra la Constitución Nacional y los tratados internacionales. Ante el crecimiento de las torturas y privaciones arbitrarias e ilegales de la libertad producidas por agentes de la Policía, es indispensable el rápido acceso de las personas detenidas a una entrevista privada con su defensor y a declarar presencialmente frente al fiscal interviniente. Los organismos internacionales ponen especial énfasis en esta salvaguarda esencial para prevenir las torturas sistemáticas de las policías en los primeros momentos de su detención.

Este incremento de la violencia estatal se expresa también en el crecimiento de la letalidad policial que pasó de 56 casos entre enero y septiembre de 2019 a 88 casos en el mismo período de 2020. Frente a estos indicadores debemos fortalecer las garantías previstas en nuestro ordenamiento jurídico y no debilitarlas.

Según los fundamentos de la fiscal, la decisión se justifica en razones sanitarias por la pandemia y asegura que la metodología se ampara en resoluciones de la Procuración General. Un argumento endeble y falso: la misma resolución 293-20 aclara que las partes deben prestar su conformidad para la celebración por videollamada de la audiencia o entrevista. Según lo expresado por la Defensoría General de La Plata, no hubo tal acuerdo, sino una imposición del Ministerio Público Fiscal, avalada por el juez de Garantías.

Frente a  esta grave situación, la defensoría oficial presentó acciones de habeas corpus ante la Cámara de Apelaciones y denunció que la medida viola el derecho a defensa de la persona detenida, a ser asistida, mantener comunicación privada y confidencial con su defensor y a declarar sin presiones. La acción fue derivada al juez Raele quien la rechazó.

En su planteo, los defensores aseguran que la imposición de esta medida restringe gravemente el ejercicio de su función, porque se vulnera la confidencialidad que debe existir en la entrevista previa a la audiencia: no hay forma de garantizar la privacidad y confidencialidad mientras la persona se encuentra alojada en una dependencia policial bajo custodia e intimidación de quienes lo detuvieron. En la práctica, las comisarías no tienen lugares adecuados para mantener entrevistas confidenciales y se encuentran sobrepobladas y con índices record de hacinamiento: 5.500 personas se alojan en 1.200 plazas. El número más alto de los últimos 15 años.

La falta de confidencialidad y privacidad denunciada por los defensores oficiales ya fue corroborada en la propia práctica: hubo casos en que llamaron telefónicamente o por videollamada a sus defendidos y los policías estaban detrás; en un caso, incluso, era la misma policía la que sostenía el teléfono celular desde el cual hablaba la mujer detenida. En otros casos la comunicación se cortaba por no haber buena conectividad, en otros ni siquiera se pudieron conectar o tuvieron que trasladar a las personas detenidas a otra dependencia buscando señal. “A todas luces se advierte que nuestro trabajo se ve severamente menoscabado y las garantías de los imputados gravemente vulneradas”, afirman en la acción presentada.

Más grave aún, la decisión de obligarlos a declarar frente a los policías y alojados en una dependencia policial deja a las personas detenidas en una situación de completa indefensión y, ante la amenaza concreta, de sufrir apremios y torturas.

En este contexto, el ejercicio de la defensa penal es, sin lugar a dudas, impracticable. Llama la atención cómo la fiscal y el juez que permitieron esto pasaron por alto o desestimaron los riesgos procesales que un hecho así acarrea. Y llama aún más la atención porque son esos mismos funcionarios los que tienen la obligación de velar por el cumplimiento de los derechos y garantías de los imputados.

La decisión adoptada por la Fiscal y el juez de turno se contraponen con el temperamento adoptado por otros magistrados que utilizan los ámbitos que fueron acondicionados, y puestos a disposición por la Cámara y la Defensoría general, para la realización de las audiencias presenciales. Por este motivo, no habría motivos sanitarios ni jurídicos para sostener una restricción tan grave a la garantía de defensa en juicio y al debido proceso. En definitiva, no hay razones jurídicas ni sanitarias para sostener esta postura irrazonable e inconstitucional adoptada por Lacky y el juez de garantías Pablo Raele. Los funcionarios parecen excusarse en motivos sanitarios simplemente para no cumplir con sus funciones.

La Comisión Provincial por la Memoria (CPM) acompaña las presentaciones realizadas por defensores oficiales del departamento judicial de La Plata y llama a las máximas autoridades judiciales a revertir esta grave situación: la pandemia nunca puede ser una excusa para vulnerar derechos y garantías constitucionales.

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