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Home›CPM›LA CPM SE PRESENTÓ COMO AMICUS CURIAE Jorgelina Domínguez condenada por denunciar a los asesinos de Julián Antillanca

LA CPM SE PRESENTÓ COMO AMICUS CURIAE Jorgelina Domínguez condenada por denunciar a los asesinos de Julián Antillanca

Por ldalbianco
27 septiembre, 2018
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En apoyo de la comisión contra la impunidad de Chubut, la Comisión Provincial por la Memoria (CPM) se presentó como amicus curia ante el Tribunal de Casación Penal de esa provincia en la causa que terminó con la arbitraria condena de Jorgelina Domínguez. Sin pruebas científicas ni testigos que la incriminen, Jorgelina fue acusada de asesinar a otra joven. Para la CPM, se trata de una causa armada en represalia por su testimonio clave para condenar a tres agentes de la policía de Chubut por la muerte de Julián Antillanca en 2010.

ANDAR en Chubut

(Agencia Andar) En julio pasado el Tribunal Penal de Trelew condenó a Jorgelina Domínguez por el asesinato de Candela González, una joven de 14 años, ocurrido durante la tarde del 30 de abril de 2017 en la plaza del barrio Luz y Fuerza de esa ciudad. Desde el primer momento, la Comisión contra la impunidad de Chubut sostuvo que la condena fue arbitraria y que se trató de una represalia policial su declaración en el juicio por la muerte de Julián Antillanca.

“La causa por la que condenaron a Jorgelina como responsable de un homicidio fue armada por la Policía desde el comienzo, como revancha contra esta joven cuyo testimonio fue determinante para que, por primera vez en Chubut, tres agentes fueran condenados por golpizas y posterior muerte de sus víctimas. Es el precio que deberá pagar esta joven por haber sido la testigo principal que permitió esclarecer el crimen de mi hijo”, había señalado en una entrevista con ANDAR César Antillanca, padre de Julián y referente de la Comisión contra la impunidad de esa provincia.

Durante el juicio oral y público contra Jorgelina nunca se comprobó, por pericias científicas, que Jorgelina hubiera sostenido ni gatillado un arma: la prueba del termomicrotest no encontró restos de pólvora en las manos y uñas tampoco sobre la ropa que llevaba puesta la joven aquella tarde. El único elemento incriminatorio que el tribunal consideró fueron las primeras actuaciones oficiales que la policía de Chubut realizó en el lugar del hecho, sin control de fiscalía ni garantías de custodia de la prueba.

Ante las graves irregularidades que ya advirtió el defensor oficial de Jorgelina y que denunció la Comisión contra la impunidad de Chubut, la Comisión Provincial por la Memoria (CPM) se presentó como amicus curiae ante el Tribunal de Casación Penal de esa provincia y solicitó que se tomen en cuenta estos argumentos para resolver el recurso de apelación presentado por la defensa.

En su presentación, la CPM considera que hubo una arbitraria valoración de la prueba en el juicio y que, sobre la base de la  instrucción a cargo de la policía de Chubut, se instaló una hipótesis única de investigación tendiente a condenar a Jorgelina.

Con el resultado negativo del termomicrotest, el fallo del Tribunal Penal de Trelew se sostuvo fundamentalmente en el testimonio de una única testigo que indicó a Jorgelina Domínguez como autora del homicidio de la menor, mientras que los jueces desestimaron la declaración de varios testigos que se presentaron en el juicio y declararon que la autora del crimen sería otra.

El tribunal desestimó también un audio incorporado durante la investigación donde GF, una adolescente de 14 años, reconocería su autoría. A pesar de que el defensor de Jorgelina solicitó poder interrogarla por el sistema de cámara Gesell, la cuestión nunca se resolvió y la chica no se presentó.

Irregularidades en la instrucción, hipótesis única de investigación, falta de pruebas científicas y arbitraria valoración de los testimonios durante el juicio. El juicio contra Jorgelina parece tener todos los vicios de una causa armada como represalia policial. Jorgelina fue testigo en el juicio por la muerte de Julián Antillanca; su declaración fue fundamental para determinar la responsabilidad de los policías imputados.

Julián apareció muerto en el barrio UPCN luego de haber salido a bailar con sus amigos. En un primer momento se dijo que el chico tenía un coma alcohólico que lo llevó a la muerte, pero la autopsia y la investigación judicial determinaron que falleció producto de un fuerte golpe en la nuca provocado con un objeto contundente. La investigación apuntó directamente a la actuación policial, ya que esa misma noche la policía intervino en una golpiza sin sentido de otros jóvenes. Durante el segundo juicio —tras un primer fallo absolutorio que fue revocado por el Supremo Tribunal de Justicia de Chubut—, Jorgelina declaró haber visto cómo un grupo de policías abandonaba el cuerpo sin vida de Julián. Gracias a ese testimonio, por primera vez condenaron a agentes policiales de esa provincia.

En el amicus curiae, la CPM señala que tiene “una larga experiencia en relación a instrucciones penales que llevadas adelante por personal policial en función judicial suelen funcionar como venganzas o represalias hacia determinadas personas por cuestiones ajenas al hecho que se investiga. A veces, porque se trata de intereses de los mismos agentes, y otras simplemente porque se activa aquello que hemos dado en denominar espíritu de cuerpo como característica central de las fuerzas de seguridad, donde se estructura armado y fraguado de causas. Es decir acomodar hechos, pruebas y responsabilidades según se decida y no acorde a los hechos sucedidos”. Entre el juicio Antillanca y esta condena arbitraria contra Jorgelina parece haber una clara relación.

“En el marco de posibles operaciones policiales tendientes a desvirtuar los hechos y las responsabilidades reales mediante diversas argucias policiales y judiciales, es trascendental que el Estado procure y asegure el acceso irrestricto a la justicia, la tutela judicial efectiva y la reconstrucción verídica de los eventos acontecidos”, cierra la presentación de la CPM.

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