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POR PRIMERA VEZ DECLARÓ EN JUICIO UN HIJO DE GENOCIDA “La declaración de Pablo Verna fue una bisagra histórica en juicios de lesa humanidad”

Por Sebastian Pellegrino
15 julio, 2019
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La fiscal federal Gabriela Sosti, que representa al Ministerio Público en el debate oral y público conocido como “Contraofensiva Montonera”, dialogó con ANDAR acerca del valor -no sólo jurídico sino también pedagógico y como aporte a la reconstrucción de la memoria- de la reciente declaración testimonial de Pablo Verna, hijo del médico Julio Verna que anestesiaba a las víctimas de los Vuelos de la Muerte, ejecutados bajo la órbita de Campo de Mayo. El sistema jurídico prohíbe la declaración de testigos sobre familiares directos imputados en una causa, pero en este caso el Tribunal consideró que, al no estar su padre imputado en Contraofensiva, Pablo podía declarar.

ANDAR en San Martín

(Agencia) El 2 de julio, a instancias del Tribunal Oral Federal 4 con sede en San Martín, brindó declaración testimonial Pablo Verna, uno de los impulsores de Historias Desobedientes, espacio integrado por familiares de genocidas que en 2017 se organizaron desde una posición ética en repudio de los crímenes de lesa humanidad de los cuales sus autores nunca se arrepintieron y que, en muchos casos, permanecen impunes.

Pablo es hijo de Julio Alejandro Verna, un médico con grado de Capitán retirado del Ejército que, durante la última dictadura, participó de sesiones de tortura e interrogatorios en los centros clandestinos La Escuelita y El Campito, en Campo de Mayo, y fue uno de los responsables de anestesiar a las víctimas de los Vuelos de la Muerte.

Estas participaciones criminales del genocida fueron minuciosamente descriptas – en base a los propios relatos que Julio brindaba a sus hijos y esposa desde el momento de los hechos y durante años posteriores- frente a los magistrados del TOF 4 por parte de Pablo, el primer hijo de un genocida cuyo testimonio pudo ser escuchado en un juicio oral y público.

“La declaración de Pablo Verna fue una bisagra histórica en juicios de lesa humanidad”, afirmó a ANDAR Gabriela Sosti, y explicó que se trata de una novedad absoluta que respeta el compromiso asumido por el Estado en materia de derechos humanos consagrados internacionalmente.

Cabe aclarar que la decisión del TOF 4 de San Martín, que permitió la declaración testimonial de Pablo Verna, fue precedida de un intenso intercambio de posturas entre las partes con notoria y profunda argumentación desde las partes acusadoras en el juicio. En efecto, los abogados defensores en este juicio exigieron el rechazo al testimonio de Pablo en virtud de lo dispuesto por el artículo 242 del Código Penal que protege el vínculo familiar.

Sin embargo, en el turno de la acusación, el abogado querellante Pablo Llonto manifestó: “Esta decisión va a contemplar dos cosas: el interés de una familia, que fue la razón sobre la que existe el artículo 242. El otro interés es el de la humanidad”.

“Sobre estos dos valores nosotros venimos a decir acá que estamos a favor de que declare Verna, porque viene a declarar como integrante de la humanidad. Porque los hechos que se están relatando aquí, es como 9 imputados, entre los cuáles no está el padre de Verna, violaron de la manera más grosera los derechos humanos para el mundo, no para la Argentina nada más. Por eso la valoración que tienen que hacer ustedes no será nacional, será internacional”, completó.

Por su parte, la representante del Ministerio Público Fiscal Gabriela Sosti enfatizó en “cuál es el sentido de familia que se pretende proteger al prohibir la declaración de un integrante de ese núcleo que se ha roto”, al tiempo que enfatizó en la necesidad de que el Estado argentino, a través de su servicio de Justicia, pueda remover los obstáculos procesales que impiden una correcta interpretación del sentido de la ley.

Intercambiadas las posturas entre las partes, el TOF 4 de San Martín concluyó por dos votos contra uno y después de un cuarto intermedio de 40 minutos, que al no estar Julio Verna imputado en el presente juicio, su hijo Pablo podría declarar aunque circunscribiendo su relato al período comprendido entre 1979 y 1981 –correspondiente a los hechos que se ventilan en el debate-.

Frente a esa petición, Sosti reclamó al tribunal que la limitación exigida impediría una correcta contextualización y descripción por parte del testigo, ya que sus recuerdos se inscriben en una historia familiar en el que las confesiones de su padre se realizaron de manera continua, y no particularizada.

“El Tribunal no pudo negar nuestra petición y, finalmente, Pablo habló de todo. En realidad, se trató de una situación muy intrincada, limítrofe, que se decidió en base a una formalidad procesal en la que se interpretó la condición de ‘imputado’ del familiar, extremo que no se verifica en esta causa. Pero no se tomaron en cuenta nuestros argumentos de fondo que tienen que ver con el carácter especial de crímenes de lesa humanidad los que aquí se investigan. De todas manera, la situación se resolvió de buena manera”, afirmó Sosti.

A partir del testimonio de Pablo se abre una cuestión a resolver en el futuro, cuando finalice el juicio y se tenga que resolver si ese relato puede servir para la otra causa penal en la que Julio Verna sí está imputado, e incluso para nuevas denuncias penales que puedan surgir a partir de esta declaración.

Para la fiscal, de todas formas, lo importante es la trascendencia de que la justicia haya tomado esta decisión, frente a una verdad de un ciudadano “que en toda su vida escuchó la versión de su padre y los crímenes por él cometidos. Como muchos otros hijos, cargó con ese peso durante muchísimos años al igual que el resto de su familia que, por el paso del tiempo, naturalizó esos relatos. En el caso de pablo, cuando fue construyendo su universo ético, moral, político, comenzó a cuestionar todo eso. Es lo que hay del otro lado del espejo: estos hijos no pueden soportar ser hijos de quienes son”.

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