Audiencia en Casación por la muerte del soldado Mauro Ramírez: la querella insiste con el pedido de indagatoria para dos militares

El jueves 14 de agosto se llevó a cabo una audiencia ante la Sala 1 de la Cámara Nacional de Casación Penal integrada por los jueces Alejandro Slokar, Mariano Borinsky y Daniel Petrone, con el objeto de dar tratamiento al pedido de la querella –representada por el defensor oficial federal de Bahía Blanca, Gabriel Jarque- para que finalmente la justicia cite a brindar declaración indagatoria a los dos militares que cambiaron la guardia con el joven chaqueño aquella mañana del 26 de junio de 2003 en el denominado Puesto 2 del Destacamento de Monte 30 del Ejército Argentino ubicado en la localidad de Apóstoles, provincia de Misiones. La CPM, en su carácter de Mecanismo Local de Prevención de la Tortura, se presentó como amicus curiae y acompaña a la familia de Ramírez e insiste con la necesidad de una investigación penal eficaz, exhaustiva, fundada y que considere el valioso cúmulo probatorio que desmiente la versión del suicidio.
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(Agencia) La audiencia ante la Sala 1 de la Cámara Nacional de Casación Penal Integrada por los jueces Alejandro Slokar, Mariano Borinsky y Daniel Petrone, es un engranaje más de innumerables instancias procesales en busca del mismo objetivo: fundamentar el pedido de citación a declaración indagatoria para dos militares y visibilizar el cúmulo de pruebas que obran en la causa, que derriban la hipótesis del suicidio y refuerzan la versión de un homicidio.
En ese marco, el defensor oficial federal de Bahía Blanca, Gabriel Jarque –en representación de la querella de la familia de Ramírez- expuso ante el máximo tribunal penal del país la grave violación a los derechos humanos que implica el caso, en consideración a los principios del derecho a la verdad, la tutela judicial efectiva, las garantías del debido proceso y plazo razonable, la aplicación de la ley nacional de víctimas 27.372, y la necesidad de una investigación judicial exhaustiva, completa y eficaz.
De la audiencia –realizada de forma presencial en la sala “Malvinas Argentinas” de Comodoro Py- participaron, además de la CPM como veedora en su carácter de Mecanismo Local de Prevención de la Tortura, la madre de la víctima, Susana Pintos; Eugenia Vázquez y Pablo Barcat Climis, en representación del Programa Nacional de lucha contra la impunidad del Ministerio de Justicia de la Nación (PRONALCI); y Allan Iud, secretario Ejecutivo del Comité Nacional para la Prevención de la Tortura (CNPT) en Argentina.
También asistieron Patricia Diel, madre de Pablo Torrilla, cuyo homicidio se produjo mientras revistaba en el Escuadrón de Gendarmería Nacional de Posadas y Juan Córdoba, padre de Pablo, que en 2023 fue asesinado por el Ejercito en Zapala, Neuquén.
Pasaron 22 años desde la que la familia de Mauro Ramírez recibió la demoledora noticia sobre su muerte –bajo la versión de un suicidio-, y aún continúa la lucha incansable y constante por lograr que sean llamados a declaración indagatoria los dos militares Eduardo Jeremías Brevel y Ovidio Francisco Almeida, que compartieron el cambio de guardia en el puesto de control aquella mañana del 26 de junio de 2003.
Se trata de una causa penal que ha sufrido innumerables maniobras dilatorias y distractivas. En varias ocasiones la investigación fuera pasada al archivo. Inicialmente José Antonio Reyes, juez provincial de Apóstoles, Misiones, decidió en menos de tres meses que se había tratado de un suicidio.
Más tarde y gracias a la lucha de su madre Susana Pintos, la causa pasó al Juzgado Federal de Posadas, competencia que tuvo que ser ratificada por la Corte Suprema de Justicia de la Nación por la resistencia de Reyes. Pero lo que parecía un avance significativo volvió a convertirse en una interminable cadena de demoras y obstáculos.
La querella volvió a apelar y el 1 de noviembre del año pasado la Cámara Federal de Apelaciones de Posadas emitió un pronunciamiento que exclusivamente se enfocó en el aspecto formal –afirmando la discrecionalidad que tiene el juez para decidir sobre el tema-, y no atendiendo el fondo de la cuestión: los 22 años de falta de acceso a la justicia y a la verdad histórica.
La cuestión fundamental a determinar no es “si existen pruebas de la participación de Brevel y Almeida en los hechos”, sino si las pruebas disponibles permiten sospechar de la participación de ellos en la muerte. En ese sentido, son múltiples los elementos que habilitan a presumir que los militares referidos tuvieron directa intervención en los hechos.
Entre las evidencias que respaldan la versión de la parte acusadora se destaca el proyecto de vida que compartía Mauro con su novia –con quien se iba a casar a fines de 2003-, una vivienda alquilada en la que conviviría con su pareja, sus expectativas de ascenso en Apóstoles, entre otros aspectos personales.
Asimismo, los peritos médicos Prueger y Ramírez concluyeron que no se trató de un suicidio sino de un accidente provocado por una de las dos personas que se encontraban al momento del cambio de guardia. Respecto al fusil que provocó su muerte, determinaron que no podría haber sido manipulado por la misma víctima teniendo en cuenta el largo del arma y otras características determinadas por el peritaje. Por último, el pedido de llamado a indagatoria también advierten sobre las contradicciones expuestas en las declaraciones de Brevel y Almeida.