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Torturas y abuso sexual en la comisaría de La Tablada: la Cámara aceptó a la CPM como particular damnificado institucional  

Por ldalbianco
29 septiembre, 2020
1890
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La sala II de la Cámara de apelación y garantías en lo penal de La Matanza aceptó un recurso de la Comisión Provincial por la Memoria (CPM) y ordenó que sea aceptada en calidad de Mecanismo Local de Prevención de la Tortura como particular damnificado institucional en la causa que investiga las torturas y abuso sexual contra mujeres detenidas en la comisaría 3ª de La Tablada. La investigación penal se inició en su momento por una denuncia realizada por la CPM, que ya se encuentra patrocinando a muchas de las víctimas; actualmente, hay nueve funcionarios policiales con prisión preventiva. La jueza de garantías había desestimado la presentación como particular damnificado institucional desconociendo las facultades que derivan de la Ley 26.827 y aduciendo que los hechos no representan tal gravedad institucional que amerite la intervención del organismo en la investigación penal.

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(Agencia) La causa tiene 23 agentes policiales imputados por los delitos de vejaciones y severidades contra, al menos, 28 mujeres y trans detenidas; nueve de ellos están con prisión preventiva. Los hechos ocurrieron entre el 22 de septiembre de 2019 y el 21 de enero de este año, fueron denunciados por la Comisión Provincial por la Memoria (CPM) luego de realizar una inspección sorpresiva; por su sistematicidad y el dolor infligido, se trata de actos de tortura aunque la justicia, por ahora, se niega a tipificarlos de esa manera.

Desde el principio de la causa, la CPM patrocina a todas las víctimas; sin embargo, recién ahora, fue aceptada como particular damnificado institucional en calidad de Mecanismo Local de Prevención de la Tortura de la provincia de Buenos Aires. Así lo dispuso la sala II de la Cámara de apelación y garantías en lo penal de La Matanza luego de que, en primera instancia, la jueza de garantías Mary Castillo lo negara.

La CPM había apelado la decisión de la titular del Juzgado de Garantías N 1 de La Matanza por entender que se trató de un fallo arbitrario, que minimizaba la gravedad institucional de los hechos que se investigan y que desconocía las facultades que le otorga la ley 26.827 de creación del Sistema nacional de prevención de la tortura y otros tratos crueles, inhumanos y degradantes.

Peor aún, en la decisión de revocar la presentación de la CPM, la jueza de garantías Mary Castillo realiza un extraño análisis que resulta una acusación falsa y despreciable contra el organismo: mediante una interpretación doctrinaria, la jueza dice que aceptar a las víctimas es riesgoso porque buscan venganza como pasa en los delitos de orden económico y equipara la posición del particular damnificado institucional con la víctima. Es decir, la búsqueda de protección de los derechos humanos y la sanción a los responsables de su violación, para ella tiene un fin de venganza. Una postura que agravia y desconoce la extensa trayectoria de la CPM y su reconocimiento nacional e internacional, que supuestamente también ella dice reconocer.

En términos procesales, e igual de grave, al intentar minimizar la gravedad institucional de la causa, la jueza de garantías desconoció la sistematicidad de estas torturas y señaló que se trataron de hechos “aislados y no repetitivos”. Cabe recordar no sólo que las torturas, como se dijo, ocurrieron de manera continua entre septiembre de 2019 y enero de 2020 sino además que la misma jueza reconoció esa sistematicidad al momento de dictar la prisión preventiva de los funcionarios policiales.

En otra interpretación reñida con la realidad, la titular del Juzgado de Garantías Nº 1 de La Matanza también pretendió restarle gravedad a estas violaciones a los derechos humanos al considerar que los “hechos delictivos no identifican a la fuerza policial como institución”; es decir, hechos aislados cometidos por personas que, ocasionalmente, son funcionarios policiales.

Y agregó: “Hoy día la profesionalización del personal policial tiende al respeto por los Derechos Humanos como un objetivo del trabajo y no un límite puesto que resulta ser un agente promotor de los valores democráticos habiendo abandonado por completo su función histórica como brazo represivo del Estado”. Otra interpretación que, llamativamente, desconoce las graves denuncias de violencia policial; incluso, una de las más recientes y próximas —porque la misma jueza interviene—: el asesinato de Lucas Verón en La Matanza el pasado 10 de julio.

La reciente decisión de la sala II de la Cámara de apelación y garantías en lo penal de La Matanza, en respuesta a la apelación presentada por la CPM, revocó lo resuelto por la jueza Mary Castillo y aceptó al organismo como Particular Damnificado Institucional (PDI).

Al momento de fundamentar su resolución, la Cámara señaló tres cuestiones que justifican la intervención de la CPM: la gravedad institucional de los hechos, “el reconocido compromiso de la observancia y defensa de los derechos humanos asumido por ese organismo público” y, finalmente, la facultad que la Ley 26.827 le otorga para litigar en la justicia en calidad de Mecanismo Local de Prevención de la tortura.

En ese marco, es importante destacar que el fallo de la Cámara repuso, sin lugar a dudas, que los hechos investigados revisten de gravedad institucional. Para ello, citó la investigación judicial — a cargo de Julia Panzoni y Fernando López de la fiscalía de gravedad institucional— que reconstruyó las graves violaciones a los derechos humanos sufridas por las mujeres detenidas en la comisaría 3ª de La Tablada entre septiembre de 2019 imponían un castigo moral y humillante por la condición de mujeres y trans de las víctimas y que los funcionarios y funcionarias policiales actuaron con poder de hecho y ejerciendo abuso funcional sobre las personas detenidas.

Cabe recordar que los hechos que se investigan incluyen: violencia física, abuso sexual, vejaciones, hostigamiento, amenazas y el sometimiento a sanciones y castigos abusivos como aislamiento extremos hasta de cuatro días, impedimento de comunicación con sus familias, retraso prolongado de la entrega de la comida, falta de atención médica, además de obligarlas a orinar en botellas plásticas y defecar en bolsas de nylon.

Mientras continúa la instrucción judicial, la CPM volvió a reclamar que se considere la perspectiva de género en todos los estadios procesales y, fundamentalmente, exigiendo que los hechos sean investigados y condenados como torturas, como lo amerita la jurisprudencia nacional e internacional.

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