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DENUNCIA PENAL DE LA COMISION POR LA MEMORIA Procesan por apología del crimen a la exconcejal de Chacabuco que celebró los vuelos de la muerte

Por ldalbianco
29 junio, 2023
1632
0

El titular del Juzgado Federal de Junín, Héctor Pedro Plou, consideró que Silvia Gorosito “tenía conocimiento de la publicación que efectuó, actuando con discernimiento y voluntad de expresarse sin crítica sobre un delito cometido, a lo que se aduna el carácter público del ámbito en el cual la efectuó, con la posibilidad de llegar a un número indeterminado de personas. A ello se le suma como agravante el carácter de funcionaria pública que revestía”, por lo que resolvió procesarla por el delito de apología del crimen, que prevé una pena de entre un mes a un año. Para la Comisión Provincial por la Memoria (CPM) la exconcejal -que presentó la renuncia a su cargo tras las reacciones públicas a su publicación- debe recibir una sanción ya que su publicación del pasado 24 de marzo en Facebook fue celebratoria de los vuelos de la muerte, un crimen de lesa humanidad.

ANDAR en la Justicia

(Agencia) De acuerdo al procesamiento dictado por el magistrado, la exconcejal Silvia Gorosito habría cometido el delito de apología del crimen al publicar -en su red social Facebook el pasado 24 de marzo- una imagen referente a los vuelos de la muerte en la que se observa un avión y dos cuerpos cayendo al vacío, además de la leyenda “Feliz día del Montonero”. La misma fecha pero del año anterior Gorosito ya había publicado una foto de la primera Junta Militar con la inscripción “gracias por todo”.

“Los elementos objetivos del tipo penal en cuestión se encuentran reunidos”, afirmó el juez federal Héctor Pedro Plou y explicó que “Gorosito tenía conocimiento de la publicación que efectuó, actuando con discernimiento y voluntad de expresarse sin crítica sobre un delito cometido, a lo que se aduna el carácter público del ámbito en el cual la efectuó, con la posibilidad de llegar a un número indeterminado de personas. A ello se le suma como agravante el carácter de funcionaria pública que revestía, ocupando una banca en el Honorable Concejo Deliberante de Chacabuco”.

Acerca del delito por el que dictó el procesamiento, señaló que constituye “una instigación indirecta que lesiona la tranquilidad pública por el temor que despierta como fuente de criminalidad el elogio público, el enaltecimiento de los hechos delictuosos o de la persona que cometió el hecho”.

“La apología del delito que se plasmó en esa publicación ha sido realizada ‘públicamente’ en el sentido que requiere el art. 213 del Código Penal, esto es, dirigida a un número indeterminado de personas. Facebook, como toda ‘red social’ en internet, es por definición un espacio virtual de interacción que  puede realizarse a través de mensajes individuales enviados a uno o varios usuarios seleccionados en particular o a través de publicaciones colectivas que cada usuario realiza en su página o muro”, agregó.

Con estos argumentos el juez Federal de Junín dictó el procesamiento de la exconcejal y le trabó un embargo por 200 mil pesos, que deberá acreditar en los 15 días siguientes.

En su defensa, Silvia Gorosito había argumentado durante la declaración indagatoria bajo esta misma causa, que tras compartir aquella imagen se había arrepentido “al instante” y que, a pesar de que la sacó, ya había sido compartida en la red generando primero repercusión en los diarios de la ciudad de Chacabuco y luego en los medios de alcance nacional.

Lejos de aceptar la pretendida ingenuidad de la mujer imputada, el juez evaluó que “tuvo conocimiento de la publicación que efectuó, actuando con discernimiento y voluntad de expresarse sin crítica sobre un delito cometido”, y que lleva como agravante el haber ocupado –en aquel momento- una banca en el Concejo Deliberante de Chacabuco.

Tal como lo manifestó esta CPM al momento de presentar la denuncia formal ante la justicia federal, se trató claramente de una publicación celebratoria de los vuelos de la muerte, algo que va más allá del negacionismo, porque reivindica el accionar de la dictadura, sobre el cual ya ha sido probado y no hay lugar a dudas, de que se trató de un crimen de lesa humanidad.

La sanción judicial por tales manifestaciones pone límites en los discursos públicos que deben ajustarse a los marcos normativos de la democracia y los derechos humanos.

Cabe recordar que, en su momento, la publicación de Silvia Gorosito fue repudiada también por la Comisión de Memoria y Justicia de Chacabuco y de un amplio espectro de organismos de derechos humanos y organizaciones sociales y políticas, incluso de su propio espacio político. En ese marco, la CPM había presentado una nota al Concejo Deliberante del Municipio requiriendo su apartamiento. A raíz de esta reacción pública, Silvia Gorosito terminó presentando la renuncia a su cargo.

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