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TRES NUEVAS CONDENAS A REPRESORES DEL CIRCUITO ZÁRATE CAMPANA “Esta sentencia apunta a evitar la partición de las causas”

Por Rocío Suárez
30 agosto, 2013
479
0

ANDAR en Zárate-Campana

(Agencia) Pablo Llonto, uno de los abogados querellantes del primer juicio por delitos de lesa humanidad llevado a cabo por el Tribunal Oral Federal -TOF- 1 de San Martín*, realiza, en diálogo con ANDAR, una evaluación de las condenas dispuestas el pasado 29 de agosto para los represores Santiago Omar Riveros, exjefe de Institutos Militares y principal gestor de los secuestros en Campo de Mayo, Fernando Meneghini, excomisario de Escobar, y Servando Ortega, exprefecto de la región Zárate Campana.

Llonto: "La condena a Riveros nos dejó conformes, pero en los casos de Ortega y Meneghini nos quedó un sabor amargo. Vamos a apelar". FOTO: Portal Enlace Crítico, de Zárate y Campana

Llonto: “La condena a Riveros nos dejó conformes, pero en los casos de Ortega y Meneghini nos quedó un sabor amargo. Vamos a apelar”. FOTO: Portal Enlace Crítico, de Zárate y Campana

“En principio, estamos conformes con que se los haya condenado a los tres porque es un avance más en el juzgamiento de los responsables de una gran masacre. Riveros, Meneghini y Ortega se suman a los más de 400 represores condenados en todo el país y, además, el juicio dejó muchos indicios y testimonios con información importante para la investigación de otros delitos y actores de la represión”, afirma Llonto.

El abogado y periodista también señala la importancia de muchos documentos hallados en los archivos de la ex DIPBA (Dirección de Inteligencia de la Policía de la Provincia de Buenos Aires), sistematizados actualmente en la Comisión Provincial por la Memoria, que fueron incorporados a la causa del circuito Zárate Campana como elementos probatorios.

De todos modos, las penas dispuestas por el TOF 1 de San Martín no conformaron las expectativas de los querellantes, especialmente las destinadas a Meneghini y Ortega. El primero, que estaba acusado por privaciones ilegitimas de la libertad y tormentos contra un grupo de personas que habían sido alojadas en condiciones inhumanas en un camión estacionado en la comisaría de Escobar, fue condenado a 6 años de prisión, mientras que la fiscalía había pedido 14 años y las querellas 25.

[pullquote]”Es una de las sentencias que mejor refleja el tema de decirles a los jueces de instrucción que las causas no pueden iniciarse de manera fragmentada, con pocos acusados y víctimas en cada proceso, porque así no se van a terminar nunca los juicios”[/pullquote]

No sólo la condena fue menor a los requerimientos, sino que los jueces decidieron dejarlo en libertad luego del juicio porque Meneghini ya había estado 6 años con prisión domiciliaria por una condena anterior. Pablo Llonto destaca que “habrá que evaluar los fundamentos del fallo, que serán presentados a fines de septiembre, porque no entendemos los cómputos realizados para las penas de Meneghini y Ortega. Suponemos que los magistrados habrán considerado sus roles desde un lugar de responsabilidad secundario, lo que funcionaría como atenuantes. De ser así, estudiaremos las apelaciones correspondientes”.

En el caso de Ortega, también las víctimas y las querellas quedaron inconformes: fue condenado a 9 años, cuando la fiscalía había pedido 14 años y las querellas 25. Pero en lo relativo a la orden dada por el TOF a los juzgados de Instrucción, expresada en el veredicto y relativa a la necesidad de investigar otros delitos que fueron narrados durante el juicio, Llonto y los demás querellantes se mostraron optimistas por la posibilidad de concluir con la fragmentación de las causas.

[pullquote]”Con archivos de la ex DIPBA se demostró que, antes del Golpe, ya había reuniones entre policías y militares como preparación para la represión, algo que la defensa de Riveros negó durante todo el juicio”[/pullquote]

-¿Cuál fue la primera reacción de las querellas durante la lectura del veredicto?, preguntó ANDAR  a Pablo Llonto

-Las condenas, a pesar de los cómputos, hacen un poco más de justicia para las víctimas y para la sociedad en general. Al comienzo nos entusiasmamos porque escuchamos que Santiago Riveros, exgeneral del Ejército y dueño de la vida y la muerte en la zona norte de la Provincia y especialmente en Campo de Mayo, estaba siendo condenado a 25 años con revocatoria de la prisión domiciliaria de la que gozó hasta hace algunos días. Riveros tiene 90 años y es uno de los pocos casos en el mundo de represores presos con esa edad. Sin embargo, cuando escuchamos las condenas a Ortega y Meneghini nos quedó un sabor amargo y, por supuesto, vamos a estudiar los fundamentos del fallo y apelar en las instancias que corresponda.

A la derecha de la imagen, Santiago Omar Riveros, exjefe de Institutos Militares y principal gestor de los secuestros en Campo de Mayo. FOTO: TELAM

A la derecha de la imagen, Santiago Omar Riveros, exjefe de Institutos Militares y principal gestor de los secuestros en Campo de Mayo. FOTO: TELAM

-¿Por qué las condenas a Ortega y Meneghini fueron menores a las solicitadas por las querellas y la fiscalía?

-Suponemos, aunque habrá que leer los fundamentos del veredicto, que en el cado de Meneghini los jueces habrán considerado su rol como comisario de Escobar desde un lugar de responsabilidad secundario, lo que operaría como atenuante. En el caso de Ortega, el prefecto de Zárate, se lo colocó como co-autor de los delitos por los que se lo imputó y de ahí que se abre un margen amplio de discrecionalidad para ir entre el mínimo y el máximo de la pena posible. Creo que los fundamentos del fallo van a girar en torno a atribuirle a los condenados un rol no tan principal en la comisión de los delitos investigados.

-En el veredicto se insta a los juzgados de instrucción a investigar una serie de delitos que se conocieron por las audiencias y testimonios realizados en el juicio a Riveros, Ortega y Meneghini ¿Por qué es importante esa orden de los magistrados del TOF de San Martín?

-En ese sentido, la sentencia es atractiva porque apunta a evitar la partición de las causas. Tiene la característica notoria de adelantar a los juzgados de instrucción que van a tener que investigar una gran cantidad de posibles delitos, los cuales fueron surgiendo durante el propio el juicio. En el veredicto prácticamente no les alcanzaron a los jueces las letras del abecedario para incluir todas las situaciones que se deben investigar. Es una de las sentencias que mejor refleja el tema de decirles a los jueces de instrucción que las causas no pueden iniciarse de manera fragmentada, con pocos acusados y víctimas en cada proceso, porque así no se van a terminar nunca los juicios.

-El veredicto del TOF 1, en lo relativo a esa necesidad de avanzar con investigaciones más amplias ¿Implica una orden de cumplimiento obligatorio?

-El tema de la fragmentación se viene discutiendo en la Justicia y desde los organismos de Derechos Humanos desde hace mucho tiempo. Diría que desde 2006, con los primeros juicios a represores, pero que esto avance o no dependerá exclusivamente de la voluntad de los juzgados de instrucción. Hoy el principal desafío pasa por preguntarse cómo evitar la fragmentación de las causas.

El exprefecto Servando Ortega fue condenado a 9 años, cuando la fiscalía había solicitado 14 y las querellas 25. FOTO: INFOJUS

El exprefecto Servando Ortega fue condenado a 9 años, cuando la fiscalía había solicitado 14 y las querellas 25. FOTO: INFOJUS

 

A modo de ejemplo, Llonto explica que, sobre la represión en Campo de Mayo, tramitan actualmente 25 elevaciones a juicio, además de los procesos que están en etapa de instrucción. El abogado afirma que “no se están juzgando delitos cometidos ayer o hace tres años, sino hace 37 años. Tomar conciencia de eso, cuando cada mes o semana que pasa hay una víctima o un represor fallecido, es importante”.

 

-En el veredicto dado a conocer el jueves por parte del TOF 1 se señalan las condenas y resta todavía la difusión de los fundamentos. Entre los elementos probatorios, ¿Hubo documentos utilizados por los jueces que hayan sido hallados en los archivos de la ex DIPBA?

-Ya veremos qué documentos y materiales de la ex DIPBA se incorporaron como pruebas, pero creemos que han sido muchos y muy importantes. Por ejemplo, en el caso de uno de los secuestros realizados por personal de la comisaría de Escobar, de la cual el comisario era Meneghini, las principales evidencias fueron aportadas por la Comisión Provincial por la Memoria en base a la búsqueda en los archivos de la Dirección de Inteligencia. Por otra parte, en cuanto al rol de la Prefectura y específicamente de Ortega, ocurre lo mismo. Con esos archivos se demostró que, antes del Golpe, ya había reuniones entre policías y militares como preparación para la represión, algo que la defensa de Riveros negó durante todo el juicio.

[pullquote]”Uno no puede creer a veces que tengamos que decir ‘el centro clandestino Tiro Federal de Campana’, que era un club; una mansión privada de Zárate, una casona que todavía está en pié; es decir, se utilizó lo primero que tenían a mano para detener y torturar”[/pullquote]

-¿Cuáles fueron las características de la represión en zona norte de la Provincia, una de las más castigadas?

-En el circuito Zárate Campana, la represión tuvo tres características: la primera es la actuación conjunta de muchas fuerzas al mismo tiempo. Se ven en acción a la Marina, a la Prefectura, al Ejército, a la Policía Bonaerense y a la Federal actuando en dos territorios, en algunos casos con bastante autonomía porque, por ejemplo, la Marina llevó a cabo la represión con sus propios centros clandestinos sin rendir cuentas al Ejército. La segunda característica es la enorme cantidad de centros clandestinos y cómo fueron capaces de utilizar cualquier lugar para llevar encapuchados, vendados y torturarlos y matarlos. Uno no puede creer a veces que tengamos que decir ‘el centro clandestino Tiro Federal de Campana’, que era un club; ‘el centro clandestino fábrica de tolueno’,  que era una fábrica de elementos químicos de fabricaciones militares; una mansión privada de Zárate, una casona que todavía está en pié; es decir, se utilizó lo primero que tenían a mano para detener y torturar.

Llonto: "Las condenas, a pesar de los cómputos, hacen un poco más de justicia para las víctimas y para la sociedad en general". FOTO: Portal Enlace Crítico, de Zárate y Campana

Llonto: “Las condenas, a pesar de los cómputos, hacen un poco más de justicia para las víctimas y para la sociedad en general”. FOTO: Portal Enlace Crítico, de Zárate y Campana

-Incluso se secuestró y se detuvo a personas en un buque militar…

-Sí, el barco Murature estuvo anclado en el Río Paraná y se lo usó como centro clandestino de detención. Hasta ese momento, el único antecedente en la región había sido el de los 33 Orientales, embarcación en la que habían estado secuestrados y detenidos entre el 24 y 25 de marzo de 1976 los integrantes del gabinete de Isabelita y figuras del peronismo.

-¿Y la tercera característica de la represión en Zárate Campana?

-La tercera es la feroz represión a los sectores obreros. Zárate Campana era una región con alta concentración de trabajadores, con fábricas dedicadas a la actividad del plástico, petróleo, papel, y allí los partidos y organizaciones de izquierda habían construido una importante base militante y obrera y la reacción de chacales de los aparatos policiales y militares apuntaron a destruir toda esa organización. Esa es una marca muy característica de las víctimas de Zárate Campana. Finalmente, hay que mencionar la circulación y traslados de los detenidos. Hay tres o cuatro víctimas que llegaron a pasar por 11 centros clandestinos, algo que tiene que ver con la cantidad de fuerzas que intervinieron en la represión. Cada fuerza interrogaba a las víctimas con sus propios procedimientos de violencia y tortura, algo que hemos podido deducir de los testimonios de las víctimas.

 

*Ver publicación en otros portales acerca del juicio

 

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