SIN INFORMES PRECISOS QUE JUSTIFIQUEN SU LIBERACIÓN Excarcelan a Carolina Guevara, la policía condenada por la Masacre de Pergamino que nunca cumplió la pena en la cárcel
Tomando en consideración el cumplimiento de la prisión domiciliaria y algunos informes y pericias judiciales que, para el equipo de Litigio Estratégico de la CPM, resultan abstractos y genéricos, el Tribunal Oral Criminal 1 de Pergamino resolvió el lunes 8 de noviembre otorgar la excarcelación a Carolina Guevara, efectivo policial de la Comisaría 1 que fuera condenada a 6 años de prisión en el juicio por la Masacre de Pergamino. “Esta decisión expresa la selectividad del sistema penal, que va siempre contra los más vulnerables. Si quedara firme esta decisión, Guevara habrá cumplido una condena de 6 años sin pasar más que algunas semanas en prisión”, afirman desde Litigio Estratégico, que patrocina a varias de las familias víctimas de la masacre.
ANDAR en la Justicia
(Agencia) El lunes 8 de noviembre, el Tribunal Oral Criminal 1 de Pergamino notificó a la CPM y al resto de las partes acerca del otorgamiento de la excarcelación para la efectivo policial Carolina Guevara, condenada a 6 años de prisión en el juicio por la Masacre de Pergamino y que hasta el momento cumplía la condena con régimen de prisión domiciliaria. Por tal motivo, le fue desconectada la pulsera electrónica.
“Para las familias de las víctimas y para esta CPM, la resolución que favorece a Guevara no contempla la perspectiva de derechos humanos que debe primar en estas cuestiones. Una vez más se expresa la selectividad del sistema penal que desconoce el carácter de funcionario público por parte de quien comete un delito de estas características y que, de acuerdo a los criterios de la Corte Suprema y la legislación internacional sobre derechos humanos, debieran contemplar un plus de reproche”, manifestaron desde el equipo de Litigio Estratégico.
Cabe destacar que, para el otorgamiento de la excarcelación, el TOC 1 de Pergamino había celebrado una audiencia el 15 de octubre pasado, de la que participó la CPM, familiares de las víctimas, la defensora de Guevara y el fiscal Mastorchio, además del presidente del Tribunal, Guillermo Burrone.
El pedido formulado por la defensa, y por el cual se realizó aquella audiencia, estuvo basado en los dos tercios de condena que marca la ley para el acceso a la excarcelación, aunque la condenada Guevara siempre gozó de la prisión domiciliaria y nunca se hizo por parte de la justicia ningún seguimiento más que el cumplimiento del encierro en su domicilio.
“El juez considera que cumplió con la domiciliaria, pero no hay constancias de proyectos de trabajo ni nada que justifique su liberación. Por otra parte, no se evidencia una toma de conciencia por parte de Guevara respecto a su comportamiento. Y hay que tener en cuenta que el mismo beneficio puede llegar a tocarles a otros dos condenados, próximos a cumplir los dos tercios de la condena”, agregan desde Litigio Estratégico.
“Por el contrario, los chicos que fueron víctimas en aquella masacre eran pibes que tenían un problema de base que era el consumo de estupefacientes o algún tipo de adicción, y no hubo un estado presente que los acompañara ni que considerara esa situación. Uno de ellos estaba alojado en la Comisaría con una cirugía sin cerrar, y aún así nadie consideró que eso ameritaba el otorgamiento de la prisión domiciliaria. Tampoco los sobrevivientes fueron beneficiados con algún instituto en forma de reparación, lo que refuerza la idea de la selectividad penal y que la cárcel es para jóvenes y pobres”, concluyen.