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Home›Memoria›ASESINATO POLICIAL DE ALEJANDRO RODRÍGUEZ CERNADAS Se cumplieron 38 años de un caso de gatillo fácil que recién en 2024 fue reconocido por la justicia bonaerense

ASESINATO POLICIAL DE ALEJANDRO RODRÍGUEZ CERNADAS Se cumplieron 38 años de un caso de gatillo fácil que recién en 2024 fue reconocido por la justicia bonaerense

Por Sebastian Pellegrino
14 junio, 2024
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El jueves 13 de junio de 1986 Alejandro Rodríguez Cernadas –un joven de 24 años que había ingresado a una casa de su padre en Lanús y sin ocupantes en ese momento- fue brutalmente asesinado de cuatro disparos por parte del policía bonaerense José Di Gulio. Pasaron casi 40 años y más de 20 presentaciones judiciales realizadas por la mujer de la víctima, Nancy Saavedra, hasta que finalmente ocurrió “lo que parecía imposible”, según describió: que se reconociera, a través de un juicio por la verdad realizado a instancias del Juzgado de Garantías 3 de Lomas de Zamora, que la muerte de Alejandro fue el resultado de un homicidio doloso y que su esclarecimiento fue obstruido por el accionar de los policías y la justicia. Desde el desarchivo de la causa la CPM acompañó a la familia en la búsqueda de justicia.

ANDAR en la Memoria

(Agencia) “El día de la lectura de la sentencia (a mediados de mayo pasado) ingresamos con el abogado Ciro Anicchiarico a la sala del juzgado y ocurrió algo que no me hubiera imaginado: el juez Gustavo Gaig se dirigió a mí y, en nombre del Poder Judicial, pidió perdón por tantos años de impunidad, de falta de justicia y de desidia de quienes debían esclarecer el asesinato de Alejandro. Fue un gesto con un alto grado de humanidad y de ética hasta el punto que me impactó profundamente”, afirmó a ANDAR Nancy Saavedra, la mujer de la víctima y la exclusiva responsable de mantener con vida la verdad sobre el asesinato de Rodríguez Cernadas.

Tras el pedido de perdón el magistrado informó, como conclusión del juicio por la verdad, que el caso se trató no de un cruce de disparos como pretendió instalar el imputado y todos quienes intervinieron en la investigación penal desde 1986 sino de un homicidio doloso provocado por el imputado.

“A los fines de lograr la impunidad en el hecho, el Oficial Di Giulio, con la participación de los funcionarios Pérez y Morales, colocaron cerca del cuerpo de la víctima un revólver calibre 22, en deficiente estado de conservación y funcionamiento, con cinco cartuchos percutados y tres vainas servidas en su interior. Que luego de ellos, acordaron un relato común sobre el episodio y en acuerdo con otros funcionarios, elaboraron en forma guionada las declaraciones de los testigos”, aclaró.

Sobre la investigación penal de aquel momento, el juez Gaig señaló que “el Poder Judicial de la provincia incumplió su obligación de investigar el homicidio y perseguir penalmente a su autor (…) así como su obligación de brindar protección legal sin discriminación a la esposa del señor Cernadas”, afectando también los derechos de los hijos.

Ahora, con una sentencia que confirma lo que ella buscó establecer durante cuatro décadas, Nancy Saavedra siente que “algo se fue de mí. No sé qué es pero algo se fue. No sé si es el peso por la responsabilidad de alcanzar la justicia, no solo por Alejandro sino también por aquella chica que andaba por tribunales dando vueltas durante tantos años”.

“Yo nunca me había reconocido como víctima, pero pasaban los años, las décadas y no disminuía el dolor hasta que finalmente pude reconocerme como víctima. A diferencia de Alejandro, a quien le arrebataron su vida, yo estaba derrumbada y de pie, con el inmenso dolor por padecer a un poder judicial que todos los días lo mataba a él y a mí”, agregó a ANDAR.

La mujer recuerda la primera vez que se presentó ante el despacho de Tristán Rodríguez, uno de los jueces penales de Lomas de Zamora que llevó adelante la causa durante los primeros años y que en dos ocasiones determinó el sobreseimiento del policía Di Gulio: “Recuerdo unos sillones verdes de cuero. Allí, mirándome a los ojos, me dijo que me quedara tranquila porque él iba a hacer justicia”.

Fue uno de los primeros pasos de un largo peregrinar por los despachos judiciales realizado por la compañera de Rodríguez Cernadas para que la muerte del joven (tenía 24 años cuando fue asesinado) no quedara impune.

De forma incansable, luchó contra la complicidad policial, el fraguado de evidencias, la desidia judicial y la inacción de un Estado que se negó sistemáticamente a esclarecer las causales de muerte de Alejandro. Tras decenas de presentaciones judiciales, recién a comienzos de 2023 y con el acompañamiento del abogado defensor de derechos humanos Ciro Anicchiarico logró el desarchivo de la causa a instancias del Juzgado de Garantías 3 de Lomas de Zamora y la posibilidad de desandar el juicio por la verdad.

Los puntos clave de la causa y el esclarecimiento

De forma habitual y periódica Alejandro Rodríguez Cernadas se dirigía a la casa de Lanús en cuestión, ya que era de propiedad de su padre que vivía en Neuquén. Aquella noche del 13 de junio se dirigió al inmueble y, como olvidó la llave de entrada, intentó acceder por un acceso lateral desde el patio.

De acuerdo a la versión policial, un vecino alertó sobre esta situación presumiendo que se trataría de alguien con intenciones de robar u ocupar la casa. Sin embargo, en el marco de este juicio por la verdad, el vecino declaró que él no llamó a la policía y que en esa época ni siquiera tenía teléfono. Esa declaración permitió desmontar la versión policial y conocer que los testimonios de vecinos incluidos en la investigación inicial habían sido guionados por los policías para justificar su presencia en el lugar.

Uno de los principales elementos de prueba que resultaron fundamentales para desmontar la versión policial fue la realización de una segunda pericia balística realizada por Eduardo Lucio Frigerio, un perito de parte presentado por Nancy Saavedra, en la que se evaluó la posición del policía respecto a la posición de la víctima, la trayectoria de las balas y las heridas, entre otros aspectos.

En tres hipótesis probables del hecho resultó indiscutible que la trayectoria de los proyectiles tuvo una dirección descendente, por lo que la víctima no pudo haber estado de pie al momento de recibir los disparos. Tampoco existen indicios respecto a que la víctima pudiera haber contado con un arma.

Además de la pericia de parte, el particular damnificado enfatizó desde el comienzo de la causa que la investigación del homicidio fue llevada a cabo por la misma fuerza policial a la que pertenecía el imputado: la Policía bonaerense.

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