VIOLENCIA ESTATAL EN LA CIUDAD BALNEARIA Patrulla Municipal de Mar del Plata: La Asociación Pensamiento Penal se presentó como amicus curiae

La Asociación Pensamiento Penal (APP) se presentó como “amicus curiae” o “amiga del tribunal” para sumar aportes técnico jurídicos muy importantes al habeas corpus colectivo presentado contra la violencia estatal desplegada por los funcionarios de la patrulla municipal de General Pueyrredón. La acción iniciada por la Comisión Provincial por la Memoria -en su caracter de Mecanismo Local de Prevención de la Tortura-, en favor de las personas que trabajan en la vía pública o se encuentran en situación de calle y que son víctimas de estas violencias, tramita ante el Juzgado de Garantías 4 de Mar del Plata. Hace algunas semanas se habían presentado en el mismo sentido la Asamblea Permanente por los Derechos Humanos (APDH) y su regional Mar del Plata, la Central de Trabajadores y Trabajadoras de la Argentina (CTA) regional Mar y Sierras, y la Central de Trabajadores y Trabajadoras de la Argentina Autónoma (CTA-A). En enero de este año la CPM ya había presentado una denuncia penal ante la fiscalía 12 por estos hechos, al considerarlos delitos de acción pública.
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(Agencia) “Nos presentamos con el objetivo de aportar una perspectiva especializada que permita advertir los riesgos jurídicos, institucionales y en materia de derechos humanos que supone la delegación, formal o informal, de funciones de seguridad pública en órganos municipales sin el marco normativo y los controles propios de las fuerzas legalmente constituidas”, afirma la APP que, entre sus múltiples tipos de intervenciones, lleva adelante un observatorio para la promoción de una justicia respetuosa de los derechos humanos, la legalidad y el debido proceso.
“Esta situación, lejos de ser una cuestión administrativa, afecta principios estructurales del sistema penal y de la organización del poder coercitivo estatal, como el principio de legalidad, el monopolio estatal del uso de la fuerza, y la rendición de cuentas”, enfatiza.
En ese sentido, y aportando la experiencia de la APP en todo el país, consideran que el apartamiento de aquellos principios deviene en investigaciones defectuosas, detenciones arbitrarias y afectaciones graves al derecho de defensa, muchas veces con consecuencias irreversibles.
Remarca que en relación con la distribución de competencias en materia de seguridad no hay delegación provincial de facultades a favor de los municipios, de modo tal que ni la elaboración integral propia de políticas públicas locales en materia de seguridad ni —en particular— a la conformación de una fuerza de seguridad propia, forman parte del denominado “poder de policía municipal”.
“Los cuerpos municipales son órganos administrativos de proximidad, creados para atender funciones no coercitivas en el territorio. El hecho de invertirlos con facultades de aprehensión y uso de armas (aunque se trate de armas menos letales) implica una mutación sustancial de su naturaleza y funciones. No se trata de un problema técnico o de formación, sino de un problema jurídico-político de legitimidad: no son fuerzas de seguridad legalmente reconocidas ni están sometidas a los controles específicos que el marco jurídico interno e internacional impone a quienes ejercen funciones coercitivas”, destaca la Asociación Pensamiento Penal.
Y concluye: “Promover que este tipo de cuerpos tenga facultades coercitivas, por sí mismos, no solo vulnera la legalidad nacional e internacional, sino que debilita estructuralmente la institucionalidad democrática al fragmentar el uso del poder coercitivo del Estado en agentes sin responsabilidad ni control adecuados”.
El monitoreo de la CPM
En su carácter de Mecanismo Local de Prevención de la Tortura la CPM viene monitoreando el despliegue de políticas represivas implementadas por el poder ejecutivo local en Mar del Plata, desde un posicionamiento estatal que describen como “violento, expulsivo y discriminatorio” y que estigmatiza a determinados sectores vulnerables vinculándolos con el delito.
En ese marco, elaboró un minucioso informe sobre la violencia desplegada por las patrullas municipales en la ciudad balnearia y allí afirma que “el intendente Guillermo Montenegro se arrogó la facultad de otorgar a funcionarios municipales funciones policiales como la posibilidad de privar de la libertad, realizar cacheos y secuestrar pertenencias. Incluso habilitó la adquisición y la disposición a un cuerpo especial de armas menos letales cuyo uso está vedado para el personal municipal”.
“La política desplegada por el municipio y sostenida públicamente por el Intendente se asienta en discursos de odio que promueven e incitan a la hostilidad hacia determinados grupos especialmente vulnerables”, describe el informe. Y destaca la gravedad de que el propio mandatario local hubiera difundido, defendido y promovido el accionar de los agentes municipales haciendo apología de los delitos y utilizando definiciones discriminatorias y estigmatizantes”.