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28 MUJERES VÍCTIMAS, 20 POLICÍAS IMPUTADOS La fiscalía pidió elevar a juicio la causa por torturas y abuso sexual en la comisaría de La Tablada

Por ldalbianco
25 febrero, 2021
523
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La Ayudantía fiscal de gravedad institucional de La Matanza requirió la elevación a juicio de la causa que investiga las torturas cometidas entre septiembre de 2019 y enero del 2020 contra 28 mujeres y trans detenidas en la comisaría 3ra de La Tablada. Hay 14 policías acusados de ser coautores y/o participes secundarios de los delitos de severidades, vejaciones y abuso sexual; otros seis funcionarios fueron imputados por encubrimiento. A pesar de reconocer la sistematicidad de estas prácticas y el daño infligido, la fiscalía no imputó por torturas como sí reclama la Comisión Provincial por la Memoria (CPM), que patrocina a 17 de las víctimas y fue aceptada como particular damnificado institucional en su calidad de Mecanismo Local de Prevención de la Tortura. La causa que tiene poco más de un año de instrucción se inició por una denuncia de la CPM tras realizar una inspección en la comisaria.

ANDAR en La Matanza

(Agencia Andar) El 21 de enero del año pasado, la Comisión Provincial por la Memoria (CPM) —en carácter de Mecanismo Local de Prevención de la Tortura— realizó una inspección sorpresiva en la comisaría 3ra de La Tablada en donde se constató no sólo las inhumanas condiciones materiales de detención sino que, a partir del testimonio de las mujeres y trans detenidas, se conocieron las graves violaciones a los derechos humanos que se perpetraba desde hacía meses y de manera sistemática en la dependencia policial. La defensoría general ante el tribunal de casación provincial había comunicado el hecho al organismo, en el que también habían intervenido defensores oficiales del departamento judicial La Matanza.

A un año y un mes de aquella denuncia, la Ayudantía fiscal de gravedad institucional —a cargo de Fernando López y Julia Panzoni— cerró la etapa de instrucción porque consideró que había pruebas para sostener la materialidad ilícita y la participación de los imputados, y pidió la elevación a juicio de la causa. Requerimiento que deberá resolver ahora la jueza de garantías Mari Castillo.

Catorce policías están acusados de ser coautores y/o participes secundarios de los delitos de severidades, vejaciones y abuso sexual contra, al menos, 28 mujeres. Otros seis funcionarios policiales fueron imputados por encubrimiento. Mientras que para otra oficial de policía, investigada por estos hechos, pidió el sobreseimiento porque se comprobó que no prestaba servicios en la dependencia.

“Para la CPM se trata de una causa muy importante por la gravedad del hecho, por la multiplicidad de víctimas, por el carácter sexual de los delitos que se investigan y también por la naturalización y ocultamiento de estas prácticas. Y, particularmente, porque esta causa expone el cruce entre dos temas de enorme trascendencia jurídica: la cuestión de género y la violencia institucional, en este caso policial”, valoraron desde el programa de Litigio Estratégico de la CPM.

Actualmente, la CPM patrocina a 17 de las mujeres víctimas y en septiembre pasado fue aceptada por la Cámara de apelación y garantías en lo penal de La Matanza como particular damnificado institucional en su carácter de Mecanismo Local de Prevención de la Tortura.

En la requisitoria de elevación a juicio, la fiscalía destacó la coherencia y veracidad de los testimonios de las víctimas, la declaración de los integrantes del Comité Contra la Tortura de la CPM que realizaron la inspección y, finalmente, valoró los informes presentados por el Centro de Asistencia a la Víctima del departamento judicial y por el programa de salud mental de la CPM. En los dos casos, las y los profesionales remarcaron que estos hechos de torturas y abuso sexual infligieron un grave daño físico y emocional, con consecuencias que persistían varios meses después al momento de las entrevistas. Según las conclusiones de los informes, las mujeres presentaban sentimientos de angustia, sumisión y humillación.

“Es importante haber llegado a esta instancia de la causa y a la espera del juicio, que será también el espacio para reponer algunas de las cuestiones que surgen de la instrucción: por un lado, la falta de perspectiva de género en el accionar policial y, por otro lado, volver a discutir la calificación del delito. Por realizarse en el encierro, de manera sistemática y durante un periodo de tiempo prolongado, por tratarse de prácticas generalizadas de varios policías y sobre la casi totalidad de las detenidas, y por el daño tanto físico como psíquico que produjeron, no tenemos dudas que se trata de delitos de torturas y que así deben ser juzgados”, agregó la directora de Litigio Estratégico Margarita Jarque.

Severidades que son torturas

La fiscalía reconoció que estas prácticas, ocurridas de manera sistemática entre septiembre de 2019 y enero del 2020, imponían un castigo moral y humillante por la condición de mujeres y trans de las víctimas y que los funcionarios y funcionarias policiales actuaron con poder de hecho y ejerciendo abuso funcional sobre las personas detenidas, que se encontraban en estado de indefensión.

De acuerdo a las pruebas de la investigación judicial, en su imputación, la fiscalía reconstruyó tres hechos o momentos en los que ocurrieron estas violaciones a los derechos humanos. El primero de ellos, y en donde se advierte una clara sistematicidad en la aplicación de torturas, ocurre entre el 22 de septiembre del año pasado y el 21 de enero: los y las policías Lionel Gómez, Valeria Suárez, Javier González, Ángel Reales, Lara de las Nieves Taramazzo y Silvia Solari ejercieron distintos hechos de violencia contra, al menos, 23 mujeres detenidas.

Además de atentar contra la integridad física de las mujeres, las sometían a sanciones y castigos abusivos: aislamiento extremos hasta de cuatro días, impedimento de comunicación con sus familias, retraso prolongado de la entrega de la comida, falta de atención médica, además de obligarlas a orinar en botellas plásticas y defecar en bolsas de nylon.

La instrucción judicial remarca, entre las mujeres víctimas, el ensañamiento particular de los policías con una de las víctimas por su condición de trans: en una oportunidad, el oficial Hernán Garzón la incitó a realizar actitudes indignas frente un detenido; en otra, la oficial Yanina Vargas la obligó a limpiar con su manos, y sin guantes, las heces, orinas y vómitos de otros dos jóvenes que estaban detenidos.

En el requerimiento de elevación a juicio, además de remarcar la perspectiva de género en el ejercicio de estas violencias, de destacar el enorme estado de vulnerabilidad que en se encontraban las víctimas, la fiscalía también reconoció que estas prácticas ocurrían en un contexto de graves condiciones materiales y sanitarias de detención que representan por sí misma la aplicación de tormentos.

Desde el 2016, la comisaría 3ra de La Tablada estaba incluida en las medidas cautelares de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos; sin embargo el Estado provincial nunca cumplió con lo dispuesto por el organismo internacional y la dependencia siguió alojando personas detenidas.

Un día después de la inspección realizada por el Comité Contra la Tortura de la CPM y tras la presentación de un habeas corpus, el juez de garantías Agustín Gossn constató las graves condiciones de detención: sobrepoblación, falta de agua para hidratarse o higienizarse, falta de ventilación y luz natural, poca cantidad de colchones y en mal estado, húmedos, sucios y llenos de chinches. En ese mismo momento, ordenó la clausura preventiva. López y Panzoni citan precisamente este fallo de Gossn en su escrito.

Los hechos de abuso sexual

En las entrevistas con la CPM, las mujeres detenidas en la comisaría 3ra de La Tablada reconocieron que los agravamientos se agudizaron desde la asunción del subcomisario Leonel Gómez, hasta llegar a los abusos sexuales perpetrados el 19 de diciembre de 2019 y el 5 de enero de 2020. Durante el primer hecho se alojaban 14 detenidas en el lugar, durante el segundo 15, y 4 de ellas estuvieron presentes en ambos.

Según la reconstrucción que realizó la fiscalía, el primero de esos hechos ocurrió entre las 17 y las 20 horas del pasado 19 de diciembre. En el marco de una requisa, las oficiales Maida Ruiz y Silvina Suárez —junto a Gómez, González, Reales y el oficial Cristian Aliaga— abusaron sexualmente a, al menos, a ocho detenidas: de a una a la vez, las hicieron pasar a una celda y las sometieron a vejaciones: las hicieron desnudarse, realizar infames posturas y luego las abusaron sexualmente.

El último de los hechos denunciados, ocurrió el 5 de enero durante una requisa policial masiva a cargo del Grupo de Apoyo Departamental (GAD). En esa oportunidad, la sargento Johana Romero del GAD junto al oficial de servicio en la dependencia policial Ariel Pasquale –y bajo supervisión del comisario Leandro Maidan— impusieron vejaciones a diez detenidas, a quienes encerraron en un baño de ínfimas dimensiones y las obligaron a desnudarse, hostigándolas y golpeándola con los palos para realicen variados ejercicios físicos hasta la extenuación. Al mismo tiempo que las insultaban con comentarios denigrantes, machistas y racistas.

Todo esto ocurría ante la mirada de los integrantes del GAD Franco Hinojosa, Gustavo Olivetti, Ángel Cardozo, Ezequiel Gallo, Federico Benítez y Alexander Jiménez, y de las policías Valeria Suárez y Silvia Solari.

Sobre estos hechos, la fiscalía remarcó la extensa jurisprudencia nacional e internacional que protege los derechos a la integridad personal y dignidad de las personas detenidas y, muy particularmente, de las mujeres. Los estándares fijados por la CIDH y por la Convención contra la tortura y otros tratos o penas crueles, inhumanos o degradantes de Naciones Unidas establecen que no puede haber personal masculino durante las requisas personales y estas no deben aplicarse de manera indiscriminada, no deben resultar vejatorias y deben ser realizadas por medios técnicos que eviten el contacto físico, es decir que los registros intrusivos vaginales y anales están prohibidos por ley.

Sin embargo, las requisas se realizaron sin respetar ninguno de estos principios. Durante la instrucción, no pudo comprobarse la necesidad ni razonabilidad de las órdenes de requisa. Y por otro lado, la fiscalía remarcó que en la dependencia existían medios técnicos para evitar los registros corporales invasivos y que, sin embargo, los y las funcionarias policiales no los utilizaron. Esta decisión devela la intencionalidad que verdaderamente persiguieron: abusar y humillar para torturar.

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