REPERCUSIONES SOBRE EL JUICIO CONOCIDO COMO LA HUERTA Torremare: “Fue un grosero error del tribunal no encuadrar los delitos padecidos por trabajadores de fábricas como crímenes de lesa humanidad”

A fines de octubre se realizó la última jornada del juicio en el que se ventilaron los crímenes de lesa humanidad cometidos en 14 centros clandestinos de detención en la zona centro de la provincia de Buenos Aires. Fueron casi cuatro años de audiencias, centenares de testimonios y 191 casos de víctimas de delitos como tormentos, secuestros ilegales y homicidios, entre otros. El abogado querellante por la APDH y miembro de la CPM, Guillermo Torremare, valoró que el veredicto haya sido leído en Tandil, tal como lo reclamaron insistentemente los organismos, sobrevivientes y familiares de víctimas. La referente de derechos humanos de Tandil, Petra Marzocca, aseguró a ANDAR que una segunda etapa en torno a esta causa será lograr que Casación revierta la gran cantidad de absoluciones otorgadas.
ANDAR en la Justicia
(Agencia) La causa que acaba de ser juzgada es el resultado de varias investigaciones penales que, con los años, se fueron acumulando en un mismo expediente con el objeto de resolver en un mismo debate los múltiples crímenes de lesa humanidad cometidos en 14 centros clandestinos de detención ubicados en Tandil, Azul, Olavarría y Las Flores.
Entre ellos, el CCD La Huerta –nombre con el que se conoció popularmente a la causa- estaba ubicado en la ruta nacional 226, a quince minutos de la ciudad de Tandil, y operaba bajo el control del Primer Cuerpo del Ejército dentro de la subzona 12.
Luego de 104 jornadas de producción de prueba –solo unas pocas fueron llevadas a en alguna de las ciudades mencionadas y fuera de Mar del Plata, al contrario de lo que reclamaban desde antes del juicio los organismos y sobrevivientes-, el viernes 24 de octubre se dio lectura al veredicto a instancias del Tribunal Oral Federal 1 con asiento en la ciudad balnearia y con la integración de los magistrados Nicolás Toselli, Fernando Machado Pelloni y Sabrina Namer.
Se dictaron ocho condenas, cuatro de ellas a prisión perpetua contra Héctor Martínez Salgado, Román Valdecantos, Osvaldo Héctor Repetto y Alejandro Duret, las cuales eran esperadas por las distintas querellas en el juicio. Sin embargo, lo que nadie preveía era que se otorgaran 27 absoluciones, que serán apeladas ante el Tribunal Federal de Casación.
“Ha sido un juicio muy largo, con más de tres años de debate oral y con muy pocas jornadas en las ciudades donde se cometieron los hechos: dos en Tandil y una en Azul, y el resto en Mar del Plata donde tiene asiento el TOF 1. Aun así, pudimos lograr que la lectura del veredicto se realizara en el Aula Magna de la Universidad Nacional del Centro (UNICEN) de Tandil con la presencia de sobrevivientes, familiares de víctimas, organismos de derechos humanos de la Provincia y la región”, afirmó a ANDAR el abogado de la querella de la Asamblea Permanente por los Derechos Humanos (APDH), Guillermo Torremare.
“En esa ciudad fue donde se cometieron la mayor cantidad de delitos y donde funcionaron la mayor parte de los 14 CCD investigados. Sobre la parte resolutiva, y aclaramos que aún tenemos que conocer los fundamentos del fallo que se darán a conocer a mediados de diciembre, creemos que evidentemente los jueces han valorado y apreciado la prueba de una forma muy distinta a la nuestra. Por ejemplo, hay un caso de una de las condenas cuya pena fue establecida en 6 años de prisión para el delito de violación de una víctima mientras ésta permanecía privada ilegalmente de su libertad. Es decir, una pena desproporcionadamente baja”, amplió.
Por su parte, Petra Marzocca -una de las referentes de la organización Memoria por la Vida en Democracia de Tandil y cuyos hermanos y cuñada fueron desaparecidos durante la última dictadura- afirmó a ANDAR que “fue mucho el trabajo de décadas en la búsqueda de pruebas con las que dar precisión y detalles a hechos que ocurrieron hace casi 50 años. Y las dificultades del paso del tiempo quedaron expresadas en el debate oral, con largas discusiones con las defensas acerca del valor de los testimonios”.
Con respecto a las 27 absoluciones dictadas por el tribunal, Marzocca evaluó: “Nunca pensamos que pudieran llegar a tantas y fue muy impactante escucharlo, sobre todo para las víctimas sobrevivientes. Nos plantea una cuestión muy compleja en cuanto a cómo la vamos a abordar ante el Tribunal de Casación. Entendemos que este juicio contó con jueces sin experiencia previa en juicios de lesa humanidad, y eso tal vez puede haber influido en su consideración de los hechos y la valoración de la prueba”.
Cabe aclarar que a cuatro de los que resultaron absueltos no se les había formulado acusación durante el juicio, por lo que la absolución para ellos estaba descontada, pero hay otros imputados –como el civil Julio Méndez, uno de los dueños del predio donde funcionó el centro clandestino de detención la Quinta de los Méndez- que también resultaron beneficiados a pesar de que todo el bloque acusador consideraba probadas las responsabilidades de cada uno.
Asimismo, 16 de los imputados originales que tenía la causa fueron, por el paso del tiempo, apartados de la investigación por problemas de salud o por fallecimiento, lo que evidencia el creciente y preocupante escenario de la impunidad biológica respecto a quienes cometieron delitos imprescriptibles en el marco del terrorismo de estado.
Una de las principales críticas que los organismos de derechos humanos y querellas realizaron al fallo tiene que ver con que los casos de víctimas de trabajadores de fábricas de la zona (Loma Negra, Avellaneda y otras) no fueron considerados en el marco del plan general del terrorismo de estado en la zona centro de la provincia de Buenos Aires sino como delitos cometidos por fuera de ese contexto, lo que implica la prescripción de la acción penal y la imposibilidad de juzgarlos hoy.
En este sentido, Torremare indicó: “En el juicio se ventilaron casos de trabajadores de fábricas grandes de la zona que habían sido perseguidos, señalados y entregados por las propias patronales ante la delegación regional del Ministerio de Trabajo de la época, intervenido por el Ejército. En este sentido, hay que destacar el valor documental de fichas y registros de la ex Dirección de Inteligencia de la Policía de la Provincia de Buenos Aires (DIPPBA) que fueron aportados por la CPM para este juicio y que muestran que la inteligencia ilegal y persecución de los trabajadores fue anterior a sus secuestros y que no se trataron de casos de delitos comunes, por fuera del plan sistemático del terrorismo de estado”.
Se trata de un grupo de 15 trabajadores que además de padecer los tormentos, la tortura, la privación ilegal de la libertad y otros delitos, padecieron luego el destierro de sus ciudades y pueblos porque no conseguían trabajo. Sobre este grupo de víctimas abordadas en el juicio, entonces, también resultaron absueltos los imputados.
Petra Marzocca agregó, respecto a los trabajadores cuyos casos integraron esta causa, que desde la Mesa del juicio La Huerta -que integran organismos, referentes de derechos humanos, víctimas y sobrevivientes de Tandil- se contactaron con ellos al poco tiempo de iniciada la investigación penal y les propusieron integrar sus casos con el resto con el objeto de evitar el fraccionamiento de las causas y mostrar la interrelación y la sistematicidad de los crímenes de lesa humanidad cometidos en la zona centro de la provincia.
“En los primeros encuentros nos contaron que las patronales los perseguían y marcaban por reclamos tan básicos como elementos de protección de las manos y pies. Por eso, cuando escuchamos las absoluciones realmente nos sorprendió e indignó muchísimo, pero esperaremos a tener los fundamentos y encontrarnos las querellas para evaluar cómo seguimos ante Casación Federal”, concluyó Marzocca.
                                                
















