ANTE LA COMISIÓN INTERAMERICANA DE DERECHOS HUMANOS Pedido de medida cautelar por falta de atención a la salud

Se trata de una persona detenida en la Unidad Penitenciaria 19 del Servicio Penitenciario Bonaerense ubicada en Saavedra. Con movilidad reducida y cáncer de próstata, entre otros padecimientos, su salud se ha deteriorado gravemente y aún no ha podido acceder a los estudios para dar con un diagnóstico y tratamiento adecuado. Agotadas las instancias judiciales y administrativas en la provincia de Buenos Aires sin respuestas adecuadas, la Comisión Provincial por la Memoria, en su calidad de Mecanismo Local de Prevención de la Tortura, solicito a la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) el dictado de una medida cautelar de protección.
ANDAR en la Provincia
(Agencia Andar) Hugo Osvaldo Sáez Montenegro tiene 76 años y está postrado cumpliendo su condena en la UP 19 de Saavedra; no accede siquiera a un diagnóstico y atención médica adecuada que le permitan tratar el cáncer de próstata que padece ni a una asistencia frente a sus dificultades de movilidad que se agravan día a día.
Durante los últimos 4 años ha sufrido el deterioro de su salud debido a la negligencia del Sistema de Salud y del Servicio Penitenciario Bonaerense y a la ineficacia de los organismos judiciales intervinientes (TOC N°3 -integrado por los jueces Eduardo D’Empaire y Julián Saldías y el Juzgado de Ejecución N°1 a cargo de Claudio Brun, ambos de Bahía Blanca) para garantizar un derecho básico. Ahora la CPM solicita a la Corte Interamericana que “requiera al Estado de Argentina que lleve adelante los tratamientos requeridos en un hospital extramuros, contemplando la constante obstaculización para acceder a la atención médica adecuada que sufre el Sr. Sáez Montenegro un contexto que favorece el deterioro de su salud, dando lugar a un riesgo eventual de amputación de su pierna izquierda lo que le generaría una discapacidad permanente por la negligencia del SPB”.
Sáez se encuentra en silla de ruedas y ya lleva dos operaciones de rodilla pero debería someterse a una nueva intervención, de acuerdo a los especialistas. Está postrado porque depende de una asistencia que no tiene. En el pabellón, además, las camas se ubican formando un pasillo muy angosto por el que la silla de ruedas no pasa. Sólo se levanta para compartir el almuerzo y la cena con sus compañeros, que son quienes lo ayudan a levantarse para actividades básicas como el aseo personal y quienes adaptan como pueden el espacio para que pueda trasladarse en la silla. No realiza ningún tipo de actividad ni sale al patio.
La CPM sigue el caso e interviene desde julio del 2022; la intención es que se le provea una atención médica adecuada interseccional que tenga en cuenta su edad y su discapacidad. Durante dos años la CPM ha presentado informes y solicitudes de intervención a las autoridades judiciales, aun cuando la justicia ordenaba medidas no se hacían efectivas. El organismo contabiliza en este caso numerosas entrevistas con la víctima y sus familiares, 10 presentaciones ante los juzgados a su cargo, 22 informes y un habeas corpus ante el Tribunal en lo Criminal N° 2, Tribunal en lo Criminal N° 3, el Juzgado de Ejecución Penal N° 1, El Juzgado de Ejecución Penal N° 2, todos del departamento Judicial Bahía Blanca.
Los resultados a lo sumo fueron parciales. Cuando los médicos especialistas lo solicitaron, los estudios resultaban incompletos o se perdían turnos que conseguía la familia, y no tiene al día de hoy un diagnóstico completo de sus padecimientos, agravados por las condiciones de detención en una celda común sin ninguna adaptación ni asistencia frente a las dificultades motrices, una asistencia de la que depende por completo. Incluso la medicación que utiliza es provista mensualmente por uno de sus hijos y no por el SPB, y r Sáez refiere un dolor constante a pesar de tener indicado un analgésico de forma diaria que sólo logra apaciguar parcialmente el malestar.
Previo a ser alojado en la UP 19 de Ezeiza, Sáez estaba recibiendo tratamiento en el hospital de Pigüé, pero esa atención se discontinuo durante el encierro, cuyas condiciones inhumanas han deteriorado su condición general de salud. El acceso al sector de Sanidad intramuros suele ser restringido y tampoco le otorga la atención médica necesaria. El traslado hacia Sanidad lo realizan utilizando la única silla de ruedas que hay en el pabellón, la que comparte con otros detenidos que la requieren.
En síntesis, Sáez presenta padecimientos que requieren una atención constante en hospitales extramuros, atención que no garantiza el SPB, aun con las solicitudes del poder judicial. De acuerdo a lo relevado por la CPM a través de su constante monitoreo en cárceles, ninguna unidad penitenciaria de la Provincia cuenta hoy con espacios de internación adecuados a las reglas sanitarias mínimas. Esto tiene consecuencias concretas, tal como publicó en su último informe anual el organismo: entre 2008 y 2024 las muertes producidas por problemas de salud en el encierro representaron el 73,6% y por mes murieron 9 personas por cuestiones de salud.
Como señalan esos datos la deficiente atención a la salud en el encierro es generalizada, situación constatada incluso por la CIDH, que ya hizo lugar a dos casos similiares presentados por la CPM: hace pocas semena dictó una medida cautelar en favor de Mariano Oteiza, detenido en la unidad penal 9 con riesgo de amputación de una pierna. Anteriormente había tomado idéntica resolucion en el caso de Juan Zárate Rolón, una persona que sufrió un acv y, como consecuencia de ello, la pérdida de motrocidad y episodios recurrentes de convulsiónes y epilepsias.

















