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FALLOS JUDICIALES CONTRA GRAVES VIOLACIONES DE DERECHOS HUMANOS Se agrava la crisis en las comisarías bonaerenses

Por Sebastian Pellegrino
7 abril, 2022
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En pocas horas de diferencia, entre el 31 de marzo y el 1 de abril, tres juzgados bonaerenses resolvieron favorablemente las acciones de habeas corpus colectivo presentadas por la Comisión Provincial por la Memoria (CPM) en su carácter de Mecanismo local de prevención de la tortura (MLPT). Las personas alojadas en la comisaría 1° de Magdalena; la 2° de Haedo (Morón) y la 2°de Berisso padecían en común graves violaciones de derechos humanos: hacinamiento  y aislamiento extremo, nula atención de la salud, falta de alimentación y condiciones inhumanas de detención.
ANDAR en las comisarías bonaerenses
(Agencia) Tal como lo viene denunciando judicial y públicamente la CPM -en su carácter de Mecanismo local de prevención de la tortura de la Provincia-, las comisarías continúan funcionando como depósito de personas detenidas, y sometidas a graves violaciones de derechos humanos.

A pesar de las múltiples y coincidentes prohibiciones y clausuras judiciales, los casos de hacinamiento y sobrepoblación persisten en la mayoría de las dependencias policiales. En este marco se presentaron tres habeas corpus colectivos ante tres juzgados distintos pero con una misma problemática denunciada: el agravamiento y el deterioro de las condiciones de detención que pueden sintetizarse en hacinamiento y aislamiento extremo, nula atención de la salud, falta de alimentación y condiciones inhumanas de detención.

En pocas horas esas acciones fueron admitidas y resueltas favorablemente por los y las magistrados intervinientes, lo que confirma la gravedad y la magnitud de la crisis por el encierro bajo custodia policial.

El pasado 31 de marzo la jueza interina del Juzgado de Garantías 4 de Morón, Laura Mariel Pinto, resolvió hacer lugar a la acción de la CPM a favor de las personas alojadas en la seccional 2° de Haedo, en Morón, luego de constatar que allí se encontraban detenidas 21 personas cuando la capacidad total fijada por la policía es de ocho. Entre las primeras medidas, la jueza prohibió preventivamente el ingreso de nuevos detenidos a esa comisaría, ordenó una evaluación del estado físico y de salud de las personas allí alojadas y dispuso una serie de pruebas y medidas urgentes.

El mismo 31 de marzo se realizó audiencia en la dependencia policial a los fines de constatar los extremos de la denuncia de la CPM. Estuvieron presentes el titular de la seccional 2° de Morón, subcomisario José María Gorosito, y otras autoridades policiales de la jefatura departamental. Se detectaron 22 personas alojadas en los dos calabozos cuando la capacidad es de ocho, y en cuanto al conjunto de condiciones de alojamiento (higiene, elementos de seguridad como matafuegos y agua, baños aptos y funcionales, estado de salud de los detenidos, planes de evacuación y correcto estado edilicio, entre otros puntos relevados) la magistrada lo consideró debidamente atendidos.

No obstante, manifestó en su resolución que “no puedo pasar por alto que en el caso se verifica el agravamiento de las condiciones de detención de todos los encartados con tamaña superación numérica en los cupos permitidos para el alojamientos de personas privadas de libertad en los calabozos de la seccional policial en cuestión, vislumbrando cuanto menos un notable hacinamiento que inevitablemente deteriora la salud física y psíquica de las distintas personas allí alojadas”.

“Por otra parte, resulta oportuno señalar que difícilmente el personal policial esté técnicamente preparado para el cuidado y supervisión de tal magnitud de detenidos bajo el correspondiente régimen legal carcelario, que lógicamente dio la razón de ser y la creación del SPB quienes son los idóneos en la materia, situación esta que me impone la obligación de arbitrar un mecanismo que contemple no sólo las finalidades del proceso sino que también atenúe los efectos negativos de las personas en encierro”, agregó. Así ordenó librar oficio al SPB para que se efectúen los traslados a unidades penitenciarias respecto a las personas en condiciones de ser alojadas allí.

Similar desarrollo tuvo otro habeas corpus colectivo resuelto el 1 de abril por parte del titular del Juzgado de Garantías 4 de La Plata, Juan Pablo Masi. La acción había sido interpuesta a favor de las personas alojadas en la comisaría 1° de Magdalena, sobre la cual el magistrado tomó en cuenta el informe pericial del perito arquitecto Gustavo Colombo.

De su registro se desprendió que la comisaría tiene una capacidad de alojamiento para siete personas y que en el momento de la inspección había ocho detenidas. Además destacó que los calabozos no tienen ventilación ni iluminación natural; que uno de los dos baños tenía el conducto cloacal tapado; y que el extinguidor situado al ingreso del sector de calabozos tenía la oblea de carga vencida.

Es por eso que el juez resolvió “por un lado, intimar al Ministerio de Seguridad Bonaerense para que, a la mayor brevedad posible, proceda a efectuar las modificaciones pertinentes a los fines de asegurar las correctas condiciones de detención de las personas allí alojadas y, por otro lado, poner en conocimiento de los respectivos jueces naturales las circunstancias expuestas”.

La tercera sentencia es también del 1 de abril y, como las anteriores, responde a un habeas corpus colectivo presentado por la CPM, en este caso ante el Juzgado en lo Correccional 3 de La Plata en favor de todas las personas alojadas en la comisaría 2° de Berisso.

Ante la falta de recepción de informes solicitados por la jueza Ana Belén Piccone a la dependencia policial, se presentó en la comisaría segunda de Berisso y se entrevistó con las autoridades, quienes le informaron que había 21 personas detenidas cuando la capacidad de alojamiento total es de 6 plazas. En sus considerandos señala que “la sobrepoblación es superior al 250 por ciento, lo que sumado a las demás condiciones de alojamiento implican un agravamiento ilegítimo de las condiciones de privación de la libertad, además de que en algunos casos las personas detenidas vienen cumpliendo cautelarmente lapsos de tiempo extensos”. También destaca la extensión temporal de la detención que cumplen tres detenidos en esa dependencia policial: más de 6 meses.

En virtud de todo ello la magistrada hizo lugar al habeas corpus y ordenó que en “el término de 24 horas se proceda al traslado de los detenidos a dependencias de la Dirección Provincial de Alcaidías Departamentales o a establecimientos carcelarios del Servicio Penitenciario Bonaerense”. Asimismo, dispuso la urgente atención médica de uno de los detenidos, quien manifestó encontrarse a la espera de una intervención quirúrgica y una dieta especial.

En todas las comisarías bonaerenses se registran graves violaciones de derechos humanos sin que el poder ejecutivo o del poder judicial implementen políticas tendientes a revertir esta situación. Debe señalarse que los cupos policiales no cumplen con los estándares internacionales de derechos humanos y solo cuentan camastros sin considerar ventilación, iluminación, espacios comunes, de atención sanitaria, actividades, etc. En 1.353 camastros se alojan 4.447 personas, lo que implica un 227 % de sobrepoblación. La mitad de las personas detenidas se alojan en calabozos no habilitados.

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