LAS GRAVES CONDICIONES DE DETENCIÓN PRODUCEN MUERTE Murió un joven por el incendio en el centro de recepción Pablo Nogués
Alex falleció luego de tres meses de agonía en un hospital, producto de las lesiones que le provocó la inhalación de humo tóxico durante un incendio en su celda del centro de recepción Pablo Nogués de Malvinas Argentinas. La madrugada del incendio, los operadores no asistieron a los jóvenes a pesar de los gritos desesperados de auxilio de todo el pabellón y recién abrieron la celda casi dos horas después de que el fuego fuera sofocado por bomberos. Posteriormente los fiscales no mostraron ninguna perspectiva de derechos humanos ni sentido humanitario, revictimizando al joven y su familia. En su carácter de Mecanismo Local de Prevención de la Tortura, la CPM se entrevistó con los jóvenes en las horas posteriores al hecho y se presentó como particular damnificado institucional en la causa por la muerte de Alex.
ANDAR en el encierro
(CPM) Las graves condiciones de detención, las torturas y el extremo régimen de vida en los centros cerrados para jóvenes producen muertes, la última es la de Alex. El joven murió el pasado 17 de octubre, luego de tres meses de hospitalización por las graves lesiones que le provocó la exposición al fuego y al humo tóxico durante un incendio en la celda del centro de recepción Pablo Nogués de Malvinas Argentinas.
En la madrugada del 15 de julio, luego de una noche de reiterados reclamos no atendidos por el régimen de vida y las malas condiciones de detención, se inició un fuego que se propagó rápidamente en la celda, alcanzó los colchones, que aparentemente tendrían tratamiento ignifugo, y se produjo una gran cantidad de humo; a pesar de los desesperados gritos de auxilio de Alex y su compañero de celda, y de los jóvenes encerrados en el mismo pabellón, los operadores del centro demoraron la asistencia.
Al día siguiente de los hechos, la Comisión Provincial por la Memoria (CPM), en su carácter de Mecanismo Local de Prevención de la Tortura, se constituyó en el centro y se entrevistó con los jóvenes. Según relataron, el fuego comenzó alrededor de las 2 de la madrugada y los bomberos sofocaron el incendio cerca de las 3 AM. El compañero de celda comenzó a gritar para que ingresaran a socorrer a Alex, que respiraba con dificultad; sin embargo, los operadores del centro no ingresaban al pasillo porque decían que había elementos cortopunzantes. Alex fue sacado inconsciente de su celda alrededor de las 5 de la mañana, casi tres horas después de que se iniciara el incendio.
El humo tóxico se propagó por todo el pabellón y afectó al resto de los jóvenes que sólo fueron vistos por un enfermero del centro de recepción en la mañana del día siguiente. Cuando el equipo de la CPM se presentó constató que los jóvenes estaban muy afectados, tosían y manifestaban que aún tenían mucosidad de color negro. Además de padecer angustia por no haber sido notificados del estado de salud de Alex. Recién a partir de un habeas corpus colectivo presentado por la CPM ante el Juzgado de Garantías del Joven N° 2 de San Martín, los jóvenes recibieron asistencia médica.
Alex estuvo hospitalizado en terapia intensiva en el hospital del trauma y emergencias Dr. Abete, luego fue trasladado al sanatorio AMTA y estuvo los últimos días en el sanatorio Franchin. Durante los tres meses que estuvo internado, Alex no recobró la facultad del habla y, por momentos, permaneció inconsciente; a pesar de su estado de salud, el personal policial obstaculizó el vínculo con los padres y llegó a tenerlo esposado a la cama, motivo que originó otro habeas corpus de la CPM. Recién el 13 de octubre, cuatro días antes de su muerte, cuando el personal médico determinó que no había actividad cerebral, se ordenó el retiro de la custodia policial.
Durante su internación, la defensa oficial del joven pidió la libertad condicional o, subsidiariamente, el arresto domiciliario para el momento en que tenga el alta médica. Sin embargo, el fiscal Marcelo Tonelli solicitó se rechace la libertad y se traslade a Alex a la Unidad Penal 22 de Olmos, pese a los informes médicos desfavorables que daban cuenta de su gravísimo estado. La jueza a cargo concedió la prisión domiciliaria y el fiscal insistió en su postura, apelando la decisión con el aval del fiscal adjunto departamental, Marcelo J. M. Brocca. Afortunadamente, la sala I de la Cámara de Apelación y Garantías en lo Penal departamental lo rechazó.
Tras su muerte, en un acto de revictimización, la titular del Juzgado de responsabilidad penal juvenil Nº 1 de San Martín con sede en San Miguel, Elizabeth Ordoñez, dejó en manos de la familia la manipulación del cuerpo sin advertir la necesidad de realizar la autopsia correspondiente.
La CPM realizó la denuncia penal ante la Ayudantía Fiscal de Investigación de Delitos Acaecidos en Unidades Carcelarias, dependiente de la UFI 1 de San Martín, e hizo distintas gestiones con las fiscalías intervinientes para evitar la cremación y garantizar las medidas de prueba necesarias.
La muerte de Alex es la consecuencia de condiciones de encierro que violan los derechos humanos. Desde hace años la CPM viene denunciando el régimen de vida que padecen los jóvenes dentro de este dispositivo: aislamiento extremo que alcanza las 20 horas diarias de encierro en la celda, falta de acceso a internet para sus celulares, condiciones edilicias deplorables y escasez de insumos para higiene personal. Se suman además otras vulneraciones de derechos como malos tratos por parte del personal y requisas vejatorias a sus familiares. Además, no existe en el Centro de Recepción un espacio que permita a los jóvenes allí detenidos ser contenidos y escuchados.
Es la acumulación y persistencia de estas condiciones lo que lleva a los jóvenes a realizar reclamos desesperados para frenar la vulneración de sus derechos más elementales. Frente a la falta de escucha y atención, estos reclamos muchas veces derivan en autolesiones y atentados contra su propia vida. En este Centro se produjeron dos suicidios en los últimos años: Lucas Soraire en 2020 y Tobías Luján en 2021. Además son habituales los intentos de suicidio.
Desde la CPM se han denunciado estas vulneraciones a derechos humanos y se encuentra en trámite un hábeas corpus colectivo ante el Juzgado de Garantías del joven Nº 1 de San Martín, a cargo de la Dra. María Eugenia Arbeletche. En ese proceso que lleva varios años se ha ordenado la clausura de un pabellón, la implementación de un plan de reformas edilicias, la mejora del régimen de vida y la configuración de un mecanismo de participación, entre otras cuestiones. Sin embargo, el accionar de las distintas gestiones de autoridades del Centro y del OPNyA no resolvieron estas situaciones, poniendo en riesgo la integridad física de los jóvenes una y otra vez, costando incluso la vida de algunos de ellos.